Anula TEPJF resultados de la eleccin del PRD en Chiapas

Se ordenó al Consejo General y a la Junta General Ejecutiva del INE que lleven a cabo los actos necesarios para que se modifiquen los cómputos totales de las elecciones

Redacción
[dropcap]L[/dropcap]a Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anuló los resultados en ciertas casillas de la elección de consejeros nacionales, estatales y congresistas nacionales del Partido de la Revolución Democrática (PRD), correspondientes al Distrito Electoral 08 en Tultitlán, Estado de México, y al 05 en Chiapas.
En el primer caso, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se determinó la modificación de los resultados ya que en la casilla 5597 Básica la votación fue recibida por una persona que no es militante del instituto político, ni tampoco estaba autorizada para fungir como escrutadora, por lo cual puso entredicho el cumplimiento de los principios de certeza y legalidad del sufragio.
En el segundo caso, se respaldó el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar, en el que se determinó la nulidad de la votación recibida en las casillas 1158 básica y 1158 contigua 1, de Zinacantán, Chiapas, ya que se permitió votar a personas del municipio que no se encontraban en las listas nominales correspondientes.
Por lo anterior, se ordenó al Consejo General y a la Junta General Ejecutiva del INE que lleven a cabo los actos necesarios para que se modifiquen los cómputos totales de las elecciones.
También se revocó la determinación de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE de sustituir a Ramona Mar González, como consejera delegacional en el Distrito Federal del emblema Foro Nuevo Sol del PRD.
Así mismo, se confirmaron los resultados del cómputo de la elección del Consejo Nacional del PRD en Oaxaca.
Durante la sesión pública el Pleno resolvió 27 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de reconsideración que hacen un total de 28 medios de impugnación.

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