En caso de fallas, compañias telefnicas te deberan bonificar

Cada vez que el servicio de telefonía o internet de tu proveedor falle, este no deberá esperar que denuncies, automáticamente tendrán que remunerarte, de acuerdo a la NOM-184-SCFI-2018

Lucero Natarén / Aquínoticias

Con la reforma de telecomunicaciones, también era necesaria una reforma en la protección de los derechos de los usuarios. Es por eso que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) actualizó la NOM-184-SCFI-2018 que obliga a los proveedores de telefonía a bonificar a sus usuarios en caso de fallas en el servicio.
Ahora con la publicación de la Norma 184, podrás hacer valer tus derechos en: Telefonía móvil, internet, telefonía fija, televisión de paga y equipo terminal. Esta norma entró en vigor el 4 de septiembre de 2019.
Exactamente, la nueva NOM-184-SCFI-2018 señala:
En caso de que el Servicio de Telecomunicaciones no se preste o proporcione en la forma y términos convenidos o implícitos en la publicidad, por causas imputables al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones, este debe compensar al Consumidor la parte proporcional del precio del Servicio de Telecomunicaciones que se dejó de prestar, y como bonificación, al menos el 20 por ciento del monto del periodo de afectación en la prestación del Servicio de Telecomunicaciones contratado.
Además, con cada afectación en sus servicios, los operadores en México deberán compensar a sus usuarios, asegura Ricardo Sheffield Padilla, titular de la Profeco.
Sheffield señala que la renovada NOM debería ser una manera de que las empresas se vean forzadas a dar un mejor servicio. Por lo que las empresas no deberán esperar a recibir hashtags en contra para saber que tuvieron una caída de servicio. «En forma automática deberán bonificar a los usuarios por la caída del servicio».

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