Hablemos de consejeros electorales y su funcin

Estos órganos desconcentrados son los responsables de vigilar el cumplimiento de las leyes y códigos electorales; intervenir en la preparación y desarrollo de la cabecera distrital o municipal que reside; registrar junto al Consejo General a los candidatos a diputados de mayoría relativa y miembros de los ayuntamientos y muchas cosas más

Elizabeth Marina / Portavoz

[dropcap]D[/dropcap]urante el proceso electoral, los órganos desconcentrados —también conocidos como Consejos Distritales y Municipales electorales— son entes que aportan a la aplicación de procedimientos de participación ciudadana y en elecciones de órganos auxiliares municipales.
Estos son, por así decirlo, los responsables de vigilar el cumplimiento de las leyes y códigos electorales; intervenir en la preparación y desarrollo de las elecciones de la cabecera distrital o municipal; registrar, junto al Consejo General, a los candidatos a diputados de mayoría relativa y miembros de los ayuntamientos.
De acuerdo con el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), entre sus principales atribuciones están: informar al Consejo General los resultados del proceso electoral; en caso de ser delegados o delegadas, convocar, evaluar y capacitar a quienes integrarán las mesas directivas de casillas; registrar los nombramientos de los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes; calificar las elecciones de los diputados de mayoría relativa y miembros de los ayuntamientos.
Y aunque el papel de un consejero electoral no es un trabajo de tiempo completo, sí se requiere una participación activa y comprometida.

¿Cómo se eligen y cuáles son los requisitos?

Los consejos distritales residen en cabeceras y municipios; se conforman por un presidente, cuatro consejeros electorales propietarios y tres suplentes comunes, con voz y voto, así como un secretario sólo con voz.
Estos, se integran —a más tardar—el 30 de noviembre del año anterior a la elección y se instalan en los 15 días posteriores a su elección.
Los requisitos para todo el que aspire ser un consejero electoral son los siguientes:
• Ser ciudadano chiapaneco en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
• Ser mayor de edad.
• Haber residido por lo menos los últimos tres años en el municipio o distrito para el que fue nombrado.
• No haber sido postulado por ningún partido político a ningún puesto de elección popular durante los tres años anteriores al día de su designación.
• Tampoco haber desempeñado cargo alguno en los comités de algún instituto político.
Asimismo, es importante que los aspirantes no sean ministro de algún culto religioso, no ser ni haberse desempeñado como servidor público estatal o municipal en los últimos tres años; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

Atribuciones de los secretarios técnicos

Los secretarios técnicos de los consejos distritales y municipales también tienen obligaciones y, de acuerdo con el IEPC, deben auxiliar a los consejos; preparar la orden del día de las sesiones; llevar el archivo del consejo distrital y municipal, según corresponda; controlar y supervisar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros de los consejos; enviar a la dirección ejecutiva de Organización Electoral del Instituto, la documentación relativa y la de los respectivos procesos electorales.

Chiapas amplía plazo para su integración

El Consejo General del IEPC, a efecto realizar la integración de los consejos municipales y distritales en el estado, aprobó mediante acuerdo IEPC/CG-A/047/2017 un segundo período de registro de aspirantes el cual inició el 4 y concluye el 15 de octubre de 2017.
Asimismo, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) modificó los plazos para la aplicación de la evaluación de conocimientos al 28 de octubre de 2017 y el periodo de entrevistas del 12 al 23 de noviembre de 2017.
Las fechas de la convocatoria para el pre-registro en línea, en la página www.iepc-chiapas.org.mx, del 4 al 13 de octubre de 2017. Agregó que el registro se realizará, del 4 al 15 de octubre de 2017, en horarios de atención en las 11 sedes, de 9:00 a 15:00 y 18:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo.
La ubicación de las sedes estarán en Tuxtla Gutiérrez: avenida Bugambilias número 245, fraccionamiento Primavera, (21ª Sur, entre 1ra y 2ª Poniente), Código Postal 29066. San Cristóbal de Las Casas: avenida Belisario Domínguez número 24-A, entre calle Doctor Navarro y Ejército Nacional, colonia Centro, Código Postal 29200. Tapachula: Hotel Cervantino. 1ª calle Oriente número 6, entre Avenida Central Norte y 1ª Norte. Villaflores: 1ª Oriente Sur número 7, entre Avenida Central y 1ª Sur, colonia Centro.
Para Comitán de Domínguez, Palenque, Yajalón, Mapastepec, Bochil, Motozintla y Pichucalco, el proceso será en la Casa de La Cultura de cada municipio.
En esta convocatoria se adicionaron los municipios Capitán Luis Ángel Vidal y Rincón Chamula San Pedro.

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