Leyes educativas, ¿una guerra legislativa que inicia?

Se prevé que este miércoles se apruebe los dictámenes de las tres leyes secundarias de la reforma educativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, las cuales tienen puntos polémicos como la injerencia de la SNTE y CNTE y las plazas directas a normalistas, esto último contraviniendo la constitución, ¿la oposición lo aceptará?

Aquínoticias Staff

Se prevé que este miércoles la Comisión de Educación discuta y apruebe los dictámenes de las tres leyes secundarias de la reforma educativa del presidente Andrés Manuel López Obrador. Entre las propuestas está la realización de mesas «tripartitas» en cada estado con la SEP, las autoridades educativas estatales y la representación sindical para la asignación de plazas.
Las «representaciones sindicales» también estarán incluidas para decidir los ascensos e incluso los cambios de centros de trabajo de los empleados de la educación, esto como una «garantía en el respeto de los derechos de los trabajadores», según establece la propuesta de Ley para el Sistema de Carrera de las Maestras y Maestros.
Esto significa que la legislación estaría incluyendo en las decisiones de materia laboral al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), que tiene la representación sindical reconocida por la Secretaría del Trabajo, y también de la CNTE, el ala disidente del sindicato, que tiene sus propios bastiones de representación.
En la misma legislación también se prevé que los egresados de las normales tengan una plaza docente al egresar de manera automática, propuesta en la que está de acuerdo el presidente Andrés Manuel López Obrador, según dijo el jueves pasado.
Sin embargo, esto último sería «anticonstitucional» y podría generar «controversias constitucionales», porque contraviene el artículo Tercero, reformado en mayo pasado, asegura Alma Maldonado, investigadora del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN (Cinvestav).
El Artículo Tercero establece que «la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos».
Por lo tanto, dice Maldonado, establecer en la Ley que los egresados de una institución tendrían una plaza al egresar significaría «darles prioridad» y, por lo tanto, contraviene con el criterio de «igualdad de condiciones» para todos los aspirantes a un puesto docente.
Además, se incluye un programa de incentivos económicos para los maestros llamado Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica, es decir, aunque los maestros no tengan un ascenso de puesto, sí podrían incrementar su salario, como ocurría con el Programa de Carrera Magisterial.

¿Qué es la Reforma educativa?

El presidente Andrés Manuel López Obrador tuvo como una promesa de campaña la abrogación de la reforma educativa del presidente Enrique Peña Nieto, que obligaba a que los maestros realizaran exámenes para el ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo. Quienes no aprobaban los exámenes eran removidos del aula y, aunque no perdían la plaza, eran reasignados a actividades administrativas.
Esto, según el argumento de Peña Nieto, acabaría con la venta y herencia de plazas docentes. Aunque la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), que agrupa a la disidencia magisterial, insistió en que la reforma era laboral y atentaba contra sus derechos.
También se sancionaba que los maestros faltaran a sus centros de trabajo sin justificación, esto como respuesta a las movilizaciones de profesores que mantenían paros por largos periodos de tiempo y dejaban sin clase a los alumnos.
El pasado 12 de diciembre, el presidente envió la propuesta para la derogación de la Reforma Educativa al Congreso. Primero la aprobó la Cámara de Diputados y luego el Senado el pasado 9 de mayo. Esto derivó en la modificación al Artículo Tercero en la Constitución, pero quedaron pendientes las tres leyes secundarias.
Se trata de la Ley General de Educación, que contiene las nuevas disposiciones en la materia acorde a la reforma al Artículo Tercero; la Ley de Mejora Continua de la Educación, por la que se creará el organismo llamado Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, que reemplazaría al Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE); y la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, que definirá el nuevo esquema de ingreso al servicio docente, es decir, la asignación de plazas.
Por esta última ha habido movilizaciones por parte de la CNTE, porque asegura que sus demandas no son tomadas en cuenta, pues lo que busca es participar en la asignación de plazas. La semana pasada, incluso, cercó San Lázaro e impidió la entrada y salida de personas del recinto como protesta. También ha mantenido reuniones con el presidente López Obrador, pese a que la autoridad encargada de aprobar las reformas es el Legislativo.
El martes fueron repartidos los proyectos de dictamen a los integrantes de la Comisión de Educación, para ser discutidos este miércoles. Éstos son algunos de los aspectos más relevantes:
– Para la asignación de plazas, el artículo 39 propone que la SEP celebre un proceso público en el que ponga a disposición de las autoridades educativas de las entidades federativas, y las representaciones sindicales, los resultados de la valoración de los «elementos multifactoriales», en una mesa tripartita en cada uno de los Estados y la Ciudad de México, respetando los derechos de los trabajadores.
– Los elementos «multifactoriales» para otorgar una plaza sustituyen al examen de conocimientos por un «un sistema que permita apreciar los conocimientos y aptitudes necesarios del aspirante». También la formación docente pedagógica; la acreditación de estudios mínimos de licenciatura; el promedio general de carrera; los cursos extracurriculares con reconocimiento de validez oficial; los programas de movilidad académica; el dominio de una lengua distinta o la experiencia docente.
– Con objeto de fortalecer a las instituciones públicas de formación docente, el artículo 40 establece que los egresados de las escuelas normales públicas del país, de la Universidad Pedagógica Nacional y de los Centros de Actualización del Magisterio, tendrán prioridad para la admisión al servicio público educativo.
– Para la promoción o ascenso, el artículo 42 propone que será a través de «procesos anuales de selección», considerando una serie de criterios que también serían entregados a la mesa «tripartita» en cada estado con representación de la SEP, autoridades educativas de la entidad y la representación sindical.
– En el artículo 54 se establece que el personal que tenga asignado un nivel del Programa de Carrera Magisterial y/o del Programa de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica, podrá participar en el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
– Se elimina el artículo de la legislación anterior correspondiente a «la oferta de formación, capacitación y actualización» y que mandataba «centrarse en la mejora continua de las maestra y maestros para fortalecer el aprendizaje de los niños, jóvenes y adolescentes».
– Se establece que el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación será un conjunto estructurado y coordinado de actores, instituciones y procesos para la mejora continua de la educación con el objetivo de garantizar la excelencia y equidad en los servicios educativos.
– Los principios del Sistema son el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, como centro de la acción del Estado, la mejora continua de la educación, el reconocimiento de las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo y de la transformación social.
– Se crea la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, como un organismo público descentralizado, no sectorizado, cuyas atribuciones serán realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional. También determinar indicadores de resultados de la mejora continua de la educación; establecer los criterios que deben cumplir las instancias evaluadoras para los procesos valorativos, cualitativos y formativos de la mejora continua de la educación, y emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio.

Con información de Animal Político

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *