«Los 8 pasos para tener presidente electo» / Pedro Becerra Toledo

La jornada electoral ha concluido, pero no así el «proceso electoral». La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la única autoridad jurisdiccional competente para calificar la legalidad de la elección presidencial y declarar al presidente electo. Es decir, realizará el cómputo total de votos.
Además, de que se verificará el cumplimiento de las formalidades establecidas por la Constitución como los requisitos de elegibilidad y la observancia de principios constitucionales.
Al desechar todas la impugnaciones, en su mayoría interpuestas por el Partido Encuentro Social, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está en posición de realizar la declaratoria de validez de la elección y entregarle su constancia de presidente electo al licenciado Andrés Manuel López Obrador.
Aún cuando la Sala Superior tenía como fecha límite el 6 de septiembre para emitir la declaración final de validez de la elección y la de Presidente Electo, pudo hacerlo antes ya que el análisis del expediente lo permitió, por lo que se ha convocado a sesión del Pleno el día miércoles 8 de agosto a las 10 de la mañana.
Finalmente, de acuerdo a la legislación aplicable, esta determinación se comunicará a la Cámara de Diputados para que, en su caso, publique el Bando Solemne que notificará a la nación que tenemos Presidente electo.
La declaratoria del TEPJF es la formalización jurídica de los resultados en las urnas; es decir la confirmación jurídica final de los resultados del primero de julio.
Para llegar a ello se cumplieron 8 pasos fundamentales:

1.- Recibe las impugnaciones presentadas por los partidos políticos o coaliciones sobre la elección.

2.-Recibe los expedientes de Cómputo provenientes de los 300 distritos electorales.

3.- Resuelve de forma definitiva e inatacable las impugnaciones.

4.-Realiza el cómputo final de la elección.

5.- Verifica que el proceso se haya llevado con apego a la ley y a los principios constitucionales.

6.- Emite la declaración de validez de Presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos.

7.- Entrega la constancia de Presidente Electo al candidato que obtuvo el mayor número votos y cumple con los requisitos de elegibilidad.

8.- Informa a la Cámara de Diputados para que publique el bando solemne y notifique a la Nación ¡que tiene presidente electo!

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