Personas con discapacidad sufren discriminacin electoral

La poca representación en el padrón electoral muestra el preocupante grado de marginación existente en el sector

Cosme Vázquez /ASICh

[dropcap]L[/dropcap]as personas mayores de 18 años que tiene algún tipo de discapacidad son alrededor de 150 mil en Chiapas, sin embargo, solamente 11 mil 104 están inscritas en el padrón electoral, lo cual es muestra «clarísima y preocupante» del grado de marginación existente en este sector, sostuvo Rosemberg Román, de la Fundación Soy Incluyente.
Dijo que la mayor parte no cuenta con esta identificación oficial ya sea porque no la tramitan o porque parte de la cultura de la discapacidad es la anulación de las personas en los pueblos, donde no son vistos como un sujeto de derechos ni de participación. «De entrada lo que le dicen a estas personas es para qué quieres la credencial si tu voto no sirve».
Ante esta realidad, consideró urgente que tanto el INE como el IEPC estimulen la participación de las personas con discapacidad; que generen estrategias que permitan incluir a este sector de la población en la vida democrática.
Dijo que en virtud de la necesidad de involucrar y lograr la participación plena en la vida pública y democrática de las personas con discapacidad, así como reducir y evitar la flagrante violación de sus derechos vigentes, es conveniente que los organismos electorales tomen en cuenta y ejerzan las siguientes recomendaciones:
1.-Facilitar la comunicación institucional dirigida a personas con discapacidad con lenguaje accesible e incluyente de forma permanente en los procesos electorales, a través de Contenido con traductor en Lengua de Señas Mexicano (LSM), así como comunicados y sitios web en versión sólo texto.
2.- incrementar y fortalecer la capacitación de los funcionarios de casilla para la correcta atención de las personas con discapacidad.
3.- Brindar cursos y talleres de sensibilización y acercamiento de los escenarios y derechos de las personas con discapacidad a funcionarios permanentes del INE y de los OPLES.
4.- Establecer como una prioridad y con carácter obligatoria, la accesibilidad plena de los lugares, centros, edificios en que se instalen las casillas electorales para todo tipo de persona con discapacidad.
5.- Establecer en todas las casillas por lo menos una mampara a altura adecuada y menor para su utilización por parte de personas usuarias de sillas de ruedas y de «talla baja».
6.- Fortalecer e incrementar la participación de personas con discapacidad como funcionarios de casillas.
7.- Armonizar la legislación y normativa electoral vigente con las diversas disposiciones en materia de derechos para las personas con discapacidad existentes en el ámbito nacional e internacional para la realización de eventos, acciones y actividades del INE, siempre bajo el principio de inclusión o perspectiva incluyente.
8.- Ajustar los procedimientos para la obtención de la Credencial para Votar evitando el uso de la «X» en las personas no firmantes, así también, eliminar o ajustar el uso de las huellas digitales para personas imposibilitadas o que presentan amputaciones en ambas manos.
9.- Promover y estimular la participación de las personas con discapacidad de la entidad y el país en el quehacer político y a través de mecanismos como la discriminación positiva o las acciones afirmativas, con el firme propósito de mejorar su incidencia en la toma de decisiones que coadyuven a su desarrollo social, a través de cargos de elección popular y vía plurinominal.
10.- El Instituto Nacional Electoral deberá establecer como obligatoria e irrenunciable la accesibilidad de los edificios e infraestructura física utilizados para su operación, así también, los edificios e instalaciones de los órganos electorales estatales y municipales. Esto en concordancia de las diversas leyes federales y tratados internacionales que refieren los derechos de las personas con discapacidad.
Entre otros aspectos deberán incluir instalaciones e infraestructura física accesible para personas con discapacidad motriz; baños para personas con discapacidad; señaléticas en Braille y LSM impreso al interior de los edificios; personal capacitado para atender a usuarios y personas con discapacidad auditiva a través de LSM.
11.- Crear, implementar o mejorar los mecanismos de vinculación institucional que permitan el mejoramiento y la puesta en práctica de recomendaciones realizadas al INE y las OPLES en aras de mejorar la participación e inclusión plena de las personas con discapacidades en la vida democrática y electoral.

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