Aplazamiento al pago de PTU es un respiro para empresarios

El pago del PTU se debe realizar a más tardar el 30 de mayo, sin embargo, la contingencia generada por el COVID-19 obligó a retrasar el pago de impuestos de las personas físicas

Ana Liz Leyte / Aquínoticias

La prórroga brindada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) a personas físicas para hacer el pago a los trabajadores del reparto de utilidades es una «bocanada de aire fresco», así lo calificaron economistas chiapanecos.

La nueva fecha brindada por el SAT para el pago de la Participación de los Trabajadores en las Empresas (PTU) a las personas físicas, es el 30 de agosto del presente año, con ello, se les brinda tiempo para poder reactivar operaciones y contar con los recursos económicos para cumplir con esta responsabilidad.

El plazo del pago de la PTU está directamente relacionado con los plazos para la presentación de las declaraciones anuales de las personas morales y personas físicas, y dada la prórroga que se les dio a estas últimas, podría ocasionar que los patrones paguen este derecho hasta el 30 de agosto del presente año.

El PTU o reparto de utilidades, es un derecho de los trabajadores contenido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 123 y como tal, debe ser pagado a más tardar el 30 de mayo del año siguiente por aquella persona física o moral que obtuvo ganancias, donde corresponde el 10 por ciento de la utilidad al grupo total de trabajadores.

«Pero la contingencia generada por el COVID-19 obligó a retrasar el pago de impuestos de las personas físicas, hecho que trasladó para el mes de agosto el pago de la PTU, situación que brinda aire fresco a los empresarios que tributan bajo es régimen», explicó el docente y economistas René Cruz Montalvo.

De no hacer este pago, los patrones se podrían ver afectados por revisiones y multas por parte de las autoridades laborales o por parte del SAT para revisar la correcta determinación de las utilidades de la empresa y con ellas el PTU.

 

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