Deberan empresas otorgar condiciones a empleados que hacen «home office» en Chiapas y el resto del pais

Entró en vigor NOM 037 en donde empleadores deben proporcionar condiciones que faciliten trabajo desde casa, pero también condiciones seguras a quienes siguen en oficinas

Ana Liz Leyte / Aquínoticias

La Norma Oficial Mexicana (NOM) 037, es una regla que empresas deben cumplir y adaptar a las condiciones actuales, esto luego de que la pandemia del COVID-19 obligó a cambiar las dinámicas de trabajo y se adaptaran a la modalidad de teletrabajo, pero también establece reglas para los empleados que continúan sus jornadas laborales dentro de los centros de trabajo.

Con esta Norma se establece que la empresa empleadora tendrá que crear una política interna de home office, es decir, el conjunto de reglas e instrucciones sobre cómo las personas teletrabajadoras deben desempeñar sus actividades remotas, sin embargo, el personal que continúe laborando de esta manera lo realizará únicamente si presenta enfermedades que pongan en riesgo su salud (personas con comorbilidades).

«El trabajador debe ser monitoreado en sus sistemas de cómputo porque al estar en casa, puede pasar 8 horas, pero no le da seguridad al patrón que dedicó esas horas a trabajar, entonces se deben establecer mecanismos para monitorear que el trabajador desempeñe su actividad», explicó Carlos Daniel Conde Ramírez, abogado litigante.

Asimismo, quienes asisten a sus centros de trabajo, tendrán que ser dotados de insumos necesarios para su adecuado desempeño, así como una silla ergonómica para su comodidad, el mantenimiento de los equipos de trabajo y proporcionar capacitación, al menos, una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud que los colaboradores deben tener y mantener en su lugar de trabajo.

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