Erick Ocaña podria ser ratificado por el IEPC

La Suprema Corte de Justicia precisó que sólo dicho instituto es el facultado para nombrar al titular de la Unidad Técnica de Fiscalización

Redacción
[dropcap]L[/dropcap]a Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una parte del quinto transitorio de la reforma a la Constitución de Chiapas, en el cual el Congreso desapareció el órgano autónomo Comisión de Fiscalización Electoral, creado en 2005.
Las funciones de dicha comisión fueron asignadas a la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, pero el Congreso ordenó que al frente de dicha Unidad debía permanecer el titular de la Comisión, Erick Alejandro Ocaña Espinosa.
El máximo tribunal del país invalidó el nombramiento por parte del Congreso, ya que el propio Instituto es el que, según la Constitución federal, tiene facultades para designar a sus funcionarios. Ahora será el propio IEPC quien ratifique o remueva.
Otro punto que fue anulado fue la facultad de la UTF para no estar sujeta, durante sus investigaciones, al secreto bancario, fiscal o fiduciario, ya que solo el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene este tipo de facultades.
«Conforme a la Constitución y la legislación general, el Consejo General de INE es el único facultado para ello, aun en caso de que la función de fiscalización sea delegada a los organismos locales», afirmó la Corte.

(Con información de Reforma)

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