La Suprema Corte validó el Fondo de Pensiones para el Bienestar y mantuvo el traslado de recursos de determinadas cuentas inactivas. La decisión afecta sobre todo a trabajadores de mayor edad y a sus beneficiarios; aquí explicamos cuándo puede moverse el dinero, quién conserva la propiedad y cómo puede recuperarse
AquíNoticias Staff
El Fondo de Pensiones para el Bienestar seguirá operando. La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el mecanismo creado en 2024 y rechazó que el traslado de recursos de determinadas cuentas individuales inactivas pueda considerarse, por sí mismo, una confiscación o expropiación.
La pregunta que importa para cualquier trabajador es más sencilla: si el dinero sale de mi Afore y llega al Fondo, ¿deja de ser mío?
La respuesta es no.
Los recursos pueden cambiar de administrador, pero continúan perteneciendo al trabajador o a sus beneficiarios. Además, pueden reclamarse aunque hayan transcurrido años desde su transferencia. Esa posibilidad ya está prevista en las reglas del Fondo y el IMSS mantiene mecanismos específicos para solicitar la devolución.
Ese fue uno de los puntos centrales de la controversia que llegó a la Corte: hasta dónde puede intervenir el Estado en el manejo del ahorro para el retiro sin afectar el derecho de propiedad de quien lo acumuló.
¿Entonces pueden sacar dinero de una Afore?
Sí, pero no de cualquier cuenta ni de cualquier trabajador.
El esquema contempla la transferencia de determinados recursos de cuentas inactivas cuando la persona cumple 70 años si cotizó al IMSS y 75 años en el caso del ISSSTE, conforme a las condiciones previstas por la legislación. El IMSS explica que se trata de trabajadores cuyas cuentas se encuentran inactivas; no es un traslado general de los ahorros de quienes continúan cotizando normalmente.
Eso significa que cumplir 70 años no provoca automáticamente que todos los ahorros de una persona activa sean enviados al Fondo.
La diferencia fundamental es la inactividad de la cuenta y el cumplimiento de los supuestos legales.
¿Qué ocurre cuando el dinero ya fue transferido?
No desaparece.
El trabajador puede recuperarlo y, en caso de fallecimiento, también pueden hacerlo las personas beneficiarias que tengan derecho sobre esos recursos.
El IMSS establece actualmente dos caminos. Cuando la persona inicia su trámite de pensión, el sistema identifica los recursos que hayan sido transferidos al Fondo y gestiona su devolución. Si únicamente quiere recuperar ese dinero sin tramitar una pensión, puede solicitarlo en una Subdelegación del IMSS o en una Unidad de Medicina Familiar que cuente con ventanilla de Prestaciones Económicas.
La devolución incluye el capital y los rendimientos correspondientes, de acuerdo con el procedimiento publicado por el Instituto.
En otras palabras: el ahorro puede haber cambiado de lugar, pero su titular mantiene el derecho a levantar la mano y pedirlo.
Y esto ya está ocurriendo
La posibilidad de recuperación no permanece únicamente escrita en la ley.
Hasta el cierre de 2025, el Fondo había devuelto 4 mil 458 millones de pesos procedentes de cuentas inactivas cuyos titulares o beneficiarios reclamaron posteriormente el dinero, de acuerdo con información derivada de sus reportes financieros.
El dato ayuda a entender la dimensión práctica del mecanismo: una parte de los recursos transferidos ha regresado a las cuentas de quienes posteriormente acreditaron su derecho sobre ellos.
Entonces, ¿para qué se creó el Fondo?
El Fondo tiene otro propósito además de recibir recursos de cuentas inactivas.
Fue diseñado para complementar determinadas pensiones de personas sujetas a los sistemas de cuentas individuales, principalmente trabajadores que comenzaron a cotizar bajo la Ley del Seguro Social de 1997 y personas inscritas en el régimen correspondiente del ISSSTE.
La lógica es cubrir parte de la diferencia entre la pensión calculada con el ahorro acumulado y el salario que la persona recibía antes de jubilarse, hasta un límite establecido cada año.
Para 2026, ese límite es de 17 mil 885.85 pesos mensuales en el esquema del IMSS. Eso no significa que todos los beneficiarios reciban automáticamente esa cantidad: el complemento depende del salario previo, de la pensión obtenida y del cumplimiento de los requisitos.
Entre julio de 2024 y mayo de 2026, el IMSS reportó 7 mil 224 personas beneficiadas con complementos del Fondo. Según el propio Instituto, esas personas recibieron en promedio 4 mil 820 pesos mensuales adicionales sobre la pensión que les habría correspondido sin el mecanismo.
No todo el dinero del Fondo sale de las Afores
Este punto también importa.
Las cuentas inactivas constituyen una fuente de financiamiento, pero el Fondo fue diseñado para recibir recursos de diferentes orígenes establecidos por la reforma.
Jurídicamente funciona como un fideicomiso público constituido por la Secretaría de Hacienda, en el que el Banco de México actúa como fiduciario, es decir, como la institución encargada de administrar los recursos bajo las reglas correspondientes.
Dicho de manera sencilla: el dinero no se deposita en una cuenta corriente del Gobierno para gastarlo libremente.
Tiene un destino y reglas específicas vinculadas con el sistema de pensiones.
¿A quién beneficia y a quién debe poner atento?
Hay dos grupos distintos.
Por un lado están quienes pueden recibir un complemento a su pensión porque reúnen las condiciones previstas en el Fondo.
Por otro están las personas de mayor edad cuyos recursos permanecen en cuentas inactivas y sin reclamar. Para ellas y sus familias, el mensaje práctico es diferente: conviene saber dónde está su Afore, revisar el estado de la cuenta y conocer quiénes aparecen como beneficiarios.
La transferencia no borra ese dinero, pero localizarlo y reclamarlo requiere que el trabajador o sus familiares conozcan que existe.
Lo que realmente cambia con el fallo
La decisión de la Corte no crea el Fondo. El mecanismo existe desde 2024 y ya paga complementos y devuelve recursos reclamados.
Lo que hace la resolución es despejar una controversia que lo acompañaba desde su nacimiento: si trasladar los recursos equivalía a apropiarse de ellos.
La Corte mantuvo el esquema bajo una distinción decisiva.
El Estado puede modificar la forma en que determinados recursos inactivos son administrados conforme a la ley, pero eso no convierte al Estado en propietario del ahorro de los trabajadores.
Para millones de personas que todavía están cotizando, nada ocurre automáticamente con su Afore por esta sentencia.
Para quienes tienen cuentas inactivas en los supuestos contemplados por la ley, la información más importante cabe en una frase:
el dinero puede ser transferido; el derecho a reclamarlo permanece.








