El presidente del Poder Judicial de Chiapas llamó a colocar los derechos de niñas, niños y adolescentes en el centro del cumplimiento alimentario y explicó que la reforma aprobada busca fortalecer la coordinación institucional para hacerlo efectivo
AquíNoticias Staff
La pensión alimenticia no depende de la voluntad de quien tiene la obligación de proporcionarla. Es un derecho exigible de niñas, niños y adolescentes y su cumplimiento incide directamente en condiciones básicas para su desarrollo.
Ese fue el planteamiento central del magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, Juan Carlos Moreno Guillén, durante su participación en la Jornada Nacional de Capacitación de Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Con la ponencia “Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias: finalidad, alcances y responsabilidades institucionales”, Moreno Guillén explicó el contexto y los efectos de la reforma integral que presentó ante el Congreso de Chiapas y que posteriormente fue aprobada para fortalecer la protección de las infancias y adolescencias.
La pensión protege mucho más que la comida
Uno de los puntos relevantes de su intervención fue precisar qué está en juego cuando una obligación alimentaria no se cumple.
Moreno Guillén señaló que el derecho comprende condiciones fundamentales como vivienda, salud, educación, vestido y alimentación.
Vista desde esa perspectiva, la pensión deja de entenderse únicamente como una transferencia económica entre personas adultas.
El centro del asunto son las necesidades de quienes dependen de esos recursos para ejercer derechos básicos.
Por eso, el magistrado planteó que la justicia debe abordar estos casos desde el interés superior de niñas, niños y adolescentes, y no exclusivamente desde la relación o el conflicto existente entre quienes tienen responsabilidades familiares.
Del registro al cumplimiento
La reforma busca avanzar de un esquema registral con alcances limitados hacia un sistema donde distintas instituciones puedan intervenir coordinadamente para favorecer el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Moreno Guillén explicó que la inscripción de personas deudoras alimentarias morosas podrá vincularse con mecanismos de protección patrimonial, expedición de constancias y anotaciones registrales relacionadas con la participación en cargos de elección popular y de servicio público.
El magistrado enfatizó que el propósito de estas medidas no es estigmatizar, sino conseguir que una obligación esencial sea efectivamente cumplida.
Ahí está también el punto que deberá medirse con el tiempo.
La relevancia de un registro no dependerá únicamente de cuántas personas aparezcan inscritas, sino de cuántas obligaciones logren regularizarse y cuántas niñas, niños y adolescentes reciban efectivamente los recursos que les corresponden.
La coordinación institucional será decisiva
Durante la jornada también participó Mónica Gabriela de la Luz Eslava, subdirectora de Información y Políticas de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Desde la experiencia de administración del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, destacó la importancia de que autoridades judiciales estatales y distintas instituciones trabajen coordinadamente, siempre bajo el principio del interés superior de la niñez.
La operación del sistema exigirá precisamente eso: que la información pueda actualizarse, consultarse y utilizarse institucionalmente para que el registro tenga efectos concretos.
Una reforma puede ampliar facultades y consecuencias jurídicas.
El resultado dependerá de su ejecución.
Una justicia que mire primero a niñas, niños y adolescentes
Moreno Guillén situó la reforma dentro de una concepción más amplia de justicia con perspectiva de infancia y adolescencia.
El objetivo, según expuso, es disminuir el incumplimiento de obligaciones alimentarias y mejorar las condiciones de las familias cuyos derechos básicos dependen de esos recursos.
La discusión jurídica cambia cuando la pregunta deja de ser únicamente qué consecuencia enfrentará una persona deudora y pasa a ser qué necesita el Estado para garantizar que una niña, un niño o un adolescente reciba aquello a lo que tiene derecho.
Ese cambio de perspectiva es relevante.
El registro, las constancias y las restricciones son instrumentos.
El derecho que buscan proteger está fuera del expediente.
La prueba estará en los resultados
La reforma ya fue aprobada y el marco institucional se está ampliando.
La siguiente etapa será comprobar su funcionamiento.
Si las nuevas herramientas consiguen reducir el incumplimiento, recuperar obligaciones pendientes y fortalecer la coordinación entre autoridades, el cambio podrá medirse en algo más importante que estadísticas administrativas.
Podrá medirse en niñas, niños y adolescentes con mayores posibilidades de ejercer derechos relacionados con alimentación, vivienda, educación, salud y vestido.
Porque, como planteó Moreno Guillén, la pensión alimenticia no constituye una concesión.
Es una obligación vinculada directamente con derechos exigibles.
En la jornada participaron también Sofía Espinoza Abarca; la procuradora federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, Fabiola María Salas Ambriz; la directora general del Sistema DIF Chiapas, Ana Isabel Granda González, además de autoridades de los tres órdenes de gobierno, especialistas e integrantes del Poder Judicial.
Moreno Guillén participó posteriormente en la ceremonia de clausura de la Jornada Nacional de Capacitación.








