Matar en defensa propia deberia ser un derecho: Ciudadanos

Muchas personas consideran que la autoridad ha fallado al castigar a quienes encaran a la delincuencia, por lo que es necesario la SCJN legitime este acto en todo el país

Lucero Natarén / Aquínoticias

Tanto en la entidad como en el país se han registrado casos en los que personas han matado o herido a sus agresores en «defensa propia», pero, las autoridades han fallado al hacerlos pagar con cárcel y/o multas por crímenes que la ciudadanía considera deberían ser tomados como «hacer justicia por propia mano».

En agosto pasado, en Tonalá, Chiapas, se registró el caso de un maestro que descubrió a un par de individuos que ingresaron a robar a su vivienda, y al verse descubiertos por el dueño, los agresores lo atacaron a golpes, por lo que el maestro tomó un arma y disparó para defenderse.

Uno de los asaltantes falleció y el otro se dio a la fuga, pero no terminó ahí, aun cuando el maestro tuvo que ser hospitalizado por las lesiones que sufrió, no contaba que las autoridades lo resguardarían en el hospital para después llevarlo a la cárcel.

Ante esta situación, la ciudadanía se solidarizó y mediante redes sociales y una marcha en el municipio, pidieron a las autoridades que no lo ingresaran a la cárcel, pues «el agraviado fue él, y sólo buscaba defenderse».

Las autoridades tomaron la decisión de no efectuar ninguna orden de aprehensión en su contra. Pero, no en todos los casos se han logrado que personas que actúan en legítima defensa salgan librados de no ir a la cárcel. Ante esto, consideran necesario que se avalen nuevas leyes que establezcan actuar en defensa propia sin que sean acusados.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó este martes los preceptos que establecen que las personas pueden llegar a lesionar o matar a su agresor en legítima defensa, pero, únicamente en tres estados: Veracruz, Baja California y Nuevo León.

«La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, validó la porción normativa lesión o incluso la privación de la vida, del artículo 25, fracción III, segundo párrafo, del Código Penal de Veracruz, al considerar que no genera inseguridad jurídica ni permite a las personas hacerse justicia por propia mano», informó en un comunicado.

Sin embargo, la SCJN advirtió que, aunque este precepto establezca una presunción de legítima defensa en ciertos casos, esto no debe interpretarse en el sentido de que las personas puedan hacer uso de la fuerza indiscriminadamente, ni que se pueda excluir la responsabilidad cuando el daño producido al agresor haya resultado innecesario o excesivo.
Con esos mismos argumentos, el Pleno de la Corte también validó el artículo 23, Apartado B, fracción II, párrafo segundo, del Código Penal para el Estado de Baja California y artículo 17, fracción III, párrafo último del Código Penal para el Estado de Nuevo León.

En estos casos la carga de la prueba recaerá sobre el Ministerio Público, quien tendrá que probar si se actuó con dolo o de lo contrario dejar en libertad a quien hizo uso de este derecho.

Los demás estados continúan en espera que este precepto pueda avalarse en todo el país, lo consideran necesario por el aumento acelerado de la violencia e inseguridad que viven.

Aunque en Chiapas, la gente prefiere generar justicia por su propia mano, golpeando y amenazando a quien sorprenden en flagrancia. «Estamos cansados de tanta injusticia, no queda de otra que hacerlo, no podemos esperar hasta que policía la llegue», expresó un tuxtleco.

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