Mujeres en el poder: el debate detrás de la paridad

Por Edna Montoya

El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las normas sobre la obligatoriedad de la alternancia de género aprobadas en Durango y San Luis Potosí.

¿Qué quiere decir esto?

Que no es constitucional obligar a ningún estado o municipio a que se le imponga que sea hombre o mujer quien gobierne.

San Luis Potosí aprobó las normas de obligatoriedad de género en diciembre de 2025; Durango lo hizo en abril de 2026; Chiapas lo hizo en días pasados y el día de ayer difundieron la lista de municipios que deberán tener candidatas y aquellos que son libres en la alternancia de género.

Hay un problema cuando se interpreta que la perspectiva de género consiste en que haya mujeres en todos lados. La perspectiva de género es observar cómo se relacionan los géneros en los ámbitos políticos, sociales, económicos y religiosos.

Perspectiva de género no es imponer mujeres gobernando en municipios. Es generar políticas públicas que garanticen que nosotras tengamos seguridad y empoderamiento; es decir, que una mujer llegue a un cargo sin necesidad de ser hija, esposa, comadre o ahijada de alguien con poder, porque sigue influyendo el antecedente del apadrinamiento.

Y cuando hablo de seguridad me refiero también a salvaguardar la integridad de las mujeres para gobernar en cualquier nivel, porque hay lugares donde persisten condiciones de machismo y misoginia, donde todavía no pueden creer que una mujer los gobierne y eso puede ponerlas en riesgo.

Entonces, lograr que las mujeres decidamos gobernar es mucho más profundo que decirles a los municipios: este trienio te gobierna una mujer y el siguiente, un hombre.

Porque algo no cuadra: o excluimos a los hombres o excluimos a las mujeres.

Y para mí, como ciudadana, eso no suena lógico. Y para la Suprema Corte de Justicia parece que tampoco.

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