Mujeres en reclusin, entre la desigualdad y criminalizacin

Los penales son diseñados para hombres, por ello, la presencia de las mujeres en las cárceles mixtas es considerada como secundaria al igual que las demandas o las de sus hijas e hijos, si es el caso

Aline Espinosa Gutiérrez / Cimac Noticias 

Ciudad de México. Las mujeres que se encuentran en prisión preventiva o con sentencias definidas deben enfrentar diversas violaciones a sus Derechos Humanos, desde no contar con espacios seguros para ellas hasta sufrir abusos por el personal de los penales, lo que se agrava en los mixtos ya que se da mayor prioridad a las necesidades de los hombres.

Esta fue una de las reflexiones, de la visitadora adjunta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Faviola Elenka Tapia Mendoza, quien explicó que históricamente los penales son diseñados para hombres, por ello, la presencia de las mujeres en las cárceles mixtas es considerada como secundaria al igual que las demandas o las de sus hijas e hijos, si es el caso. Ellas no cuentan con servicios adecuados de salud, educativos, lúdicos ni alimenticios.

En un evento virtual titulado «Derechos Humanos de las mujeres en reclusión: las desigualdades desde el encierro», organizado por la Federación Mexicana de Universitarias, la visitadora dijo que los espacios de salud, recreativos, y demás, se ubican del lado de los hombres, por lo que se destina más tiempo y más disponibilidad de traslado a ellos que a las mujeres.

«Las internas se ubican en un área separada de la población masculina, muchas veces sólo por una reja o un alambrado, como una división simbólica. El artículo 18 Constitucional establece como derecho eje para la reinserción que las y los internos gocen de capitación de trabajo, educación y salud, pero para ellas sólo se adaptan lugares, algunos sin las condiciones mínimas, y se limita sus opciones de desarrollo a actividades como coser», agregó la también abogada.

De acuerdo con datos citados por la especialista existen 217 mil 969 personas en reclusión hasta febrero de 2021, de las cuales 12 mil 253 son mujeres. Al no cumplir con su «rol de buenas madres» cargan con un «reproche social» y son más criminalizadas y enfrentan en promedio un tiempo de sentencia mayor (23 años) que la de los hombres (5 años) sin importar el delito.

«La situación de las mujeres en prisión las hace más vulnerables por el doble abandono: primero, por su familia como una forma de reprocharle, en su condición de mujer, haber infringido la ley y haber sido etiquetada como delincuente, sin importar si el delito lo cometió por el bien de su familia. Segundo, por la institución penitenciaria, al no concederle condiciones para su encierro ni oportunidades para su reinserción social cuando salgan», detalló.

En los penales mixtos, aclaró, es más común que se niegue la posibilidad de que ellas continúen con sus estudios. Este gasto implicaría 71 pesos por cada examen que ellas hagan, sin embargo, esta cantidad es considerada como excesiva al no destinarse dinero para ello. Estas mujeres corren el riesgo de regresar a sus contextos violentos, de sumisión o a trabajos mal pagados por no tener estudios ni un desarrollo en sus habilidades o conocimientos.

Para las embarazadas o con hijos, detalló, la situación puede ser peor, pues no cuentan con servicios de gestación, interrupción del embarazo en caso de violación o por las causales que la ley de Estado permita, o de parto, porque no hay médicos especialistas ni medicamentos para ello, ni tampoco zonas de juego o comida especial para las y los niños.

En 27 estados de México, dijo, se permite que las mujeres y sus hijos permanezcan con ellas hasta los 3 años de edad. Actualmente en 60 centros de reclusión donde se alberga a madres con sus hijos no poseen ninguno de los servicios antes mencionados. Estas irregularidades, agregó, desembocan más violencias en contra de los derechos de las mujeres y de la niñez.

Según Tapia Mendoza, a 2019 existían 362 hijos e hijas de internas, de los cuales 43.4 por ciento tenían un año de edad y 41.3 por ciento tenían entre 2 y 3 años de edad. «La Ley Nacional de Ejecución Penal permite que los menores puedan estar más tiempo con ellas, cuando ella es la única que lo puede cuidar o cuando el menor tenga alguna necesidad específica», dijo.

Ante este contexto, resaltó que un servicio indispensable para las mujeres es la atención psicológica, ya que muchas de ellas vivían en situaciones de violencia o fueron víctimas de tortura y de abuso sexual en el proceso de detención o dentro del mismo penal. Por tales razones, es necesario que existan más cárceles que sean exclusivas para mujeres con el fin de que sean diseñadas con base en las necesidades de ellas.

Datos de la especialista revelan que de los 288 centros que conforman el sistema penitenciario sólo hay 1 un centro a nivel federal exclusivo para mujeres y 18 a nivel estatal son mixtos, éstos albergan 54 por ciento de la población de mujeres en reclusión.

En su opinión, las y los jueces deben trabajar más en sentencias con perspectiva de género que consideren si las mujeres fueron obligadas por sus parejas a cometer el delito, como sucede mucho en el tráfico de drogas, donde ellas son empleadas para transportar drogas.

Además, exigió que las mujeres sean enviadas a los centros de reclusión cercanos a su hogar con el fin de facilitar su acercamiento a su familia, priorizar condiciones de igualdad y de seguridad para ellas y sus hijos. «La prisión preventiva oficiosa lejos de encarcelar a los «más peligrosos» está optando por el encierro de mujeres, resintiendo una vez más la políticas criminales del Estado carentes de perspectiva de género», finalizó.

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Un comentario

  1. Perdón, pero no es exacto esto. Hay normatividad en sistemas penitenciarios que estrictamente hablan de separación de categorías y locales destinados a los reclusos. En ninguna de estas se estipula o marca su dicho.
    Artículos 8 y 9 de las Reglas Minimas para el Tratamiento de los Reclusos.

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