Pablo Salazar podria ser acusado, de nuevo, por la muerte de 24 bebes en Comitan

La SCJN determinó que a los padres de los bebés fallecidos se les violaron sus derechos como víctimas al no haber sido notificados oportunamente del no ejercicio de la acción penal en favor del ex gobernador

Redacción
[dropcap]L[/dropcap]a Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que el ex gobernador de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía, pueda ser nuevamente acusado por la muerte de 24 bebés ocurrida hace más de diez años en un hospital de esa entidad.
La Primera Sala de la Corte determinó que a los padres de los bebés fallecidos se les violaron sus derechos como víctimas al no haber sido notificados oportunamente por el agente del Ministerio Público del fuero común del no ejercicio de la acción penal en favor del ex gobernador y de quien fuera su secretario de salud, Angel René Estrada Arévalo.
De acuerdo con el proyecto elaborado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y que fue votado por la unanimidad de los integrantes de la sala, en agosto del 2011, el Ministerio Público ejercitó acción penal por el delito de homicidio culposo en contra de Salazar Mendiguchía y Estrada Arévalo porque no se brindó la atención médica que requerían los menores diagnosticados con edema pulmonar.
No obstante, al estudiar el expediente, la Corte detectó que «después de 11 años de investigaciones y mientras el asunto se encontraba en trámite en el Poder Judicial federal, el Ministerio Público local se había desistido de la acción penal en contra del ex gobernador y el secretario de salud».
Lo anterior, provocó que un juez del fuero común con sede en Chiapas haya dictado sentencia absolutoria por estos hechos, los cuales se registraron a finales del 2002 y principios del 2003 dentro del Hospital General K, de Comitán de Domínguez.
En su fallo, los ministros consideraron que las víctimas debieron de haber sido enteradas de la determinación a la que arribó el agente del Ministerio Público local respecto al desistimiento de la acción penal y de la sentencia absolutoria, a efecto de «poder defender sus derechos mediante la interposición de algún recurso o juicio de amparo».
Por esa razón, la sentencia de la Primera Sala ordenó al juez de amparo que notifique a las víctimas del desistimiento del ministerio público y de la sentencia, informándoles también su derecho a impugnar dichas resoluciones a fin de que «una vez hecho lo anterior, dicte la sentencia que en derecho proceda, respecto del juicio de amparo que se relaciona con la muerte de los bebés.
Después de 12 años de registrado el fallecimiento de los menores, se sabe que el hospital general de Comitán sí contaba con recursos públicos para su equipamiento por un monto de 35 millones de pesos, además de la donación de un particular, con el mismo propósito, por cerca de 4 millones de pesos.
(Con información de Excélsior)

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