Pierde CFE litigio por cancelacin de Chicoasen II

Representó una pérdida económica para el Estado mexicano de más de 200 millones de dólares

Ana Liz Leyte / Aquínoticias

Los perjuicios generados al proyecto Chicoasén II por la delegación estatal de la Confederación de Trabajadores de México en Chiapas (CTM), con ejidatarios del municipio de Chicoasén, representó una pérdida económica para el Estado mexicano de más de 200 millones de dólares, por cancelarse definitivamente la obra de la CFE.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) perdió ante la Corte de Arbitraje Internacional de Londres el juicio que iniciaron las empresas: Caabsa, Omega, Dycusa y Sinohydro, contratadas por la paraestatal para la construcción de la hidroeléctrica Chicoasén II en el estado de Chiapas.

Dicha obra que fuera bloqueada al inicio del segundo semestre de 2017 y posteriormente cancelada (marzo 2018) por conflictos entre grupos ejidales y sindicales de la CTM en Chiapas, representa una pérdida de 260 millones de dólares para el Estado, donde el proyecto tuvo una inversión bajo el esquema de Obra Pública Financiada (OPF).

En el año 2015, la empresa Caabsa, de Luis y Mauricio Amodío; Omega, de Jorge Melgarejo; y la empresa china Sinohydro, ganaron la licitación pública para arrancar la obra de la central eléctrica con una inversión de 386.4 millones de dólares, pero que únicamente contó con un avance de 23 por ciento por la interrupción de grupos locales.

Por su parte, Luis Bravo Navarro, coordinador de Comunicación Corporativa de la CFE, mencionó que el juicio arbitral fue promovido en contra de la paraestatal en el mes de octubre del 2016, litigio que fue heredada de la administración de Enrique Peña Nieto, donde se decidió encomendar la atención de dicho procedimiento a una firma externa de abogados.

El resultado adverso, expuso que se basó –esencialmente– en el argumento de que, a juicio del tribunal arbitral, la CFE no garantizó el acceso al sitio de la obra, cual fue tomada por grupos políticos de la zona. «Lo que evidentemente de ninguna manera constituía una obligación a cargo de esta Empresa Productiva del Estado».

Ante el resolutivo a favor de las empresas, adelantó que la Comisión evalúa la resolución con el fin de llevar a cabo su impugnación ante la jurisdicción nacional, con base en los recursos procesales previstos para estos casos en el Código de Comercio.

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