Poder Judicial precisa que Lorenzo “N” escapó bajo custodia de la Guardia Estatal Procesal

El detenido esperaba su audiencia inicial en San Cristóbal de Las Casas cuando pidió acudir al baño y logró escapar durante el traslado. El Poder Judicial sostiene que en ese momento estaba bajo resguardo de una corporación de la Secretaría de Seguridad del Pueblo

AquíNoticias Staff

Lorenzo “N”, detenido mediante una orden de aprehensión, logró escapar la mañana del domingo 16 de agosto mientras era trasladado al baño antes de comparecer a su audiencia inicial en San Cristóbal de Las Casas, informó este lunes el Poder Judicial del Estado de Chiapas.

La institución precisó que el hombre no se encontraba bajo custodia del Juzgado de Control al momento de escapar, sino de elementos de la Guardia Estatal Procesal, corporación adscrita a la Secretaría de Seguridad del Pueblo.

Según la cronología difundida por el Poder Judicial, Lorenzo “N” fue puesto a disposición de la autoridad judicial el sábado 15 de agosto y su audiencia inicial quedó programada para el día siguiente.

Mientras esperaba la diligencia, permaneció en un área de seguridad situada en el extremo del túnel proveniente del CERSS No. 5 que conecta con el Juzgado de Control.

El Poder Judicial sostiene que la operación y control de ese espacio, así como la vigilancia de las personas detenidas que permanecen ahí, corresponden a la Guardia Estatal Procesal.

Pidió acudir al baño

De acuerdo con el informe de la administración del Juzgado citado en el comunicado, durante la mañana del domingo Lorenzo “N” pidió ir al baño.

Un elemento de la Guardia Estatal Procesal encargado de custodiarlo comenzó el traslado y durante ese movimiento el detenido logró escapar.

Ese momento es el centro de la precisión difundida por el Poder Judicial.

La institución señala que los hechos no ocurrieron dentro del Juzgado de Control, sino mientras Lorenzo “N” estaba bajo resguardo de la corporación encargada de su custodia, desde el área de seguridad situada al final del túnel proveniente del centro penitenciario.

La discusión está en quién tenía la custodia

Para sostener esa delimitación de funciones, el Poder Judicial citó los artículos 3, fracción IV, y 7 de la Ley que Establece las Bases de Operación de la Secretaría de Seguridad del Pueblo del Estado de Chiapas.

Según el comunicado, esas disposiciones establecen la adscripción de la Guardia Estatal Procesal y sus funciones relacionadas con seguridad, custodia y traslado.

También hizo referencia al Protocolo Nacional de Actuación de Seguridad en Salas, que atribuye a las instituciones de seguridad pública responsables de la custodia la obligación de garantizar la seguridad de las personas imputadas privadas de la libertad durante su permanencia en un Centro de Justicia, incluida su estancia en áreas de seguridad antes de una audiencia.

La aclaración del Poder Judicial delimita así qué institución tenía la custodia material de Lorenzo “N” cuando ocurrió el escape, aunque el propio comunicado no establece responsabilidades individuales ni informa cómo consiguió abandonar el lugar.

Tampoco precisa qué ocurrió inmediatamente después, si existe algún procedimiento abierto contra los elementos encargados de la vigilancia o cuál es la situación actual de Lorenzo “N”.

El Poder Judicial informó que colaborará con las autoridades competentes para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades que correspondan.

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