¿Propaganda oficial, simulada o precampañas electorales?
Raúl Bonifaz

A los ciudadanos, les gustan las y los políticos y servidores públicos, discretos y cuidadosos, se dice, que hoy día, en democracia, «la popularidad ya no se puede comprar».

Los legisladores, se han ocupado de regular la utilización de recursos públicos en propaganda oficial, simulada o precampañas electorales, sin lograr grandes resultados; se supone que hay vigilancia que garantiza a los ciudadanos que nadie utiliza en sus actividades ordinarias, recursos indebidos o toma ventajas que afectan la igualdad de oportunidades y la equidad en un proceso democrático o en futuras contiendas políticas.

¿Es urgente o no, la necesidad de reformar o especializar la materia de fiscalización, vigilancia y control de recursos públicos para dotar a las autoridades electorales de herramientas legales que coadyuven a terminar con la propaganda electoral «simulada»?. ¿qué actitud deben tomar los partidos políticos, cuando se detalle la probable existencia de uso de recursos públicos en la promoción personal de uno de sus militantes?.

Los actos de proselitismo (entendido como actividad para ganar adeptos para su causa) fuera de precampañas o campañas electorales, requiere de una revisión de fondo, ¡No! se trata de limitar la libertad de expresión, se busca despejar dudas de la percepción ciudadana sobre un probable mal uso de recursos públicos, con publicidad simulada.

«La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales en el ámbito estatal o municipal, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos preventivos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público» (legislación local electoral).

El tema no es ajeno a los partidos políticos, entre ellos, han querido demandar, por cierto sin éxito, a los políticos que promueven su imaginen en publicidad exterior aprovechando que aparecen en la portada de publicaciones periodísticas o revistas de sociales.

Se han dado casos de denuncias ciudadanas en contra de diputados en algunos estados de la República y en la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, por posibles excesos en la promoción con motivo de sus informes de labores, solicitando explicar la procedencia de los recursos, el precio total y un informe de las empresas a las que se contrató la propaganda. Las autoridades argumentaron que el tema no era de su competencia y no paso nada.

El poder de visibilidad que dan los medios o anuncios espectaculares disfrazados en las ciudades, le permite a un servidor público o a un político, una mayor posibilidad de ser conocido, promovido y, en su caso, apoyado por la población.

Hay la percepción ciudadana, de que los medios han dejado de ser sólo instrumentos de la información para convertirse en verdaderos emisores y formadores de mensajes políticos claramente orientados para favorecer o perjudicar a alguien. El derecho a la información se distorsiona para convertirse en el derecho a la promoción política.

Por un lado, la sociedad pide respeto a los principios democráticos, entre cuyos elementos destaca el respeto absoluto a la legalidad; reclamando que la propaganda institucional, no sea utilizada como instrumento publicitario para un servidor público, y de los partidos políticos nacionales reclama garantizar que la conducta de sus militantes, simpatizantes e incluso terceros que actúen en el ámbito de sus actividades, también lo hagan dentro de la legalidad.

Por otro lado, observamos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha analizado el tema a partir de los derechos políticos de los funcionarios, de tal manera que resulta polémico determinar cuándo la presencia política de un alto funcionario en una campaña, aunque sea fuera del horario de trabajo, produce inequidad en los comicios. Pero esta línea argumentativa de la equidad ha tenido una mayor precisión en el tema de las precampañas, en los cuales el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha tenido la oportunidad desde hace tiempo de formular una doctrina que permita describir en qué momento una propaganda simulada o encubierta resulta un acto anticipado de campaña que afecta la equidad.

Pues bien, ahora el tema se traslada al fraude a la ley en la propaganda institucional, en específico a la cuestión de la propaganda mediática del trabajo legislativo, que puede constituir un fraude al modelo de comunicación política en México.

Concluyó en la coincidencia de que los ciudadanos, cada vez son más inmunes a los mensajes oficiales o los grandes espectaculares impresos, y está sociedad cada día se vuelve más crítica y exigente. Hay pruebas de que, en los países democráticos, el discurso oficial, por más que lo impulsen los organismos del Estado, ya no se puede imponer arbitrariamente en la conciencia de los individuos soberanos.

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