La modificación al Código Civil permite a personas adultas obtener una nueva acta de nacimiento mediante un trámite administrativo; no regula cirugías, tratamientos hormonales, escuelas ni procedimientos para menores de edad
AquíNoticias Staff
La reforma en materia de identidad de género aprobada en Chiapas volvió al debate público después de que grupos religiosos marcharon en Tuxtla Gutiérrez para exigir su abrogación y relacionaron el cambio legal con tratamientos médicos e identidades de género en menores de edad. Sin embargo, esos asuntos no forman parte de la modificación realizada al Código Civil estatal.
El Congreso de Chiapas aprobó el 30 de junio una reforma para reconocer jurídicamente la identidad de género de las personas. El Decreto 270 fue publicado el 1 de julio en el Periódico Oficial del Estado como parte del Código Civil vigente. No se trata, por tanto, de una ley independiente, sino de disposiciones incorporadas a la legislación civil.
¿Qué permite la reforma?
Las personas mayores de edad pueden solicitar ante el Registro Civil una nueva acta de nacimiento que corresponda con el nombre y la identidad de género con los que se reconocen.
El procedimiento es administrativo. Esto significa que la persona interesada ya no necesita promover un juicio para obtener la adecuación de sus datos registrales. Tampoco debe presentar diagnósticos médicos o psicológicos, acreditar tratamientos hormonales ni haberse sometido a alguna intervención quirúrgica.
La eliminación de esos requisitos no equivale a autorizar procedimientos médicos. Significa que ninguna cirugía, tratamiento o dictamen puede establecerse como condición para que el Estado reconozca la identidad de una persona adulta en sus documentos.
Una vez concluido el trámite, el acta de nacimiento original queda bajo reserva para proteger la privacidad de la persona. La nueva acta puede utilizarse para realizar las adecuaciones correspondientes en otros documentos oficiales.
Las obligaciones anteriores permanecen
El cambio de nombre e identidad jurídica no elimina responsabilidades adquiridas previamente.
Los contratos, propiedades, deudas, obligaciones fiscales, derechos hereditarios, relaciones familiares y demás consecuencias jurídicas conservan su validez. La reserva del acta original protege la información personal, pero no permite evadir responsabilidades frente a otras personas o instituciones.
¿La reforma incluye a menores de edad?
El procedimiento aprobado está dirigido a personas mayores de edad. En consecuencia, la reforma no abre una vía administrativa para que niñas, niños o adolescentes soliciten por sí mismos una nueva acta de nacimiento por identidad de género.
Tampoco modifica la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la legislación educativa o la Ley de Salud. Las referencias a bloqueadores de pubertad, tratamientos hormonales, operaciones o contenidos escolares no describen lo establecido en el Decreto 270.
¿Por qué se habla de cirugías y tratamientos?
Durante las movilizaciones realizadas contra la reforma, representantes religiosos y la diputada de Morena María Isabel Rodríguez Jiménez plantearon que las disposiciones podrían afectar a menores de edad y relacionaron el reconocimiento de identidad con tratamientos médicos.
La legisladora participó en la marcha del 25 de julio y sostuvo que las políticas de identidad de género podían derivar en el uso de hormonas o bloqueadores de pubertad en menores. Los manifestantes pidieron al gobierno estatal abrir un diálogo y rechazaron una eventual legislación sobre infancias trans.
Esos planteamientos expresan la posición política y religiosa de sus participantes, pero no corresponden al contenido específico de la reforma civil aprobada: el decreto establece un trámite documental para personas adultas y no autoriza intervenciones médicas.
Una reforma electoral distinta
El Congreso también aprobó, durante la sesión del 30 de junio, modificaciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Chiapas para incorporar acciones afirmativas en favor de la población LGBTIQ+.
Aunque ambas reformas fueron votadas el mismo día, regulan materias diferentes. Una modifica el Código Civil para reconocer la identidad de género en documentos; la otra establece medidas de participación y representación política.
Antes de la aprobación, el Congreso realizó consultas con personas de la diversidad sexual, activistas, colectivos y organizaciones en Tuxtla Gutiérrez, Tapachula y Comitán. El objetivo declarado fue recoger propuestas para el reconocimiento de la identidad y la representación política de esa población.
La controversia continúa en el espacio público. Su discusión, sin embargo, requiere distinguir entre lo que efectivamente establece el decreto y los escenarios políticos, médicos o educativos que sus opositores atribuyen a la reforma.








