Reformas a Ley de ISR ponen en riesgo a OSC que trabajan en defensa de DH

Las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, las comunidades indígenas u otros grupos de la población, podrían recibir menos ingresos o incluso cerrar sus puertas de no cumplir con las nuevas disposiciones

Anayeli García Martínez / Cimac Noticias

Ciudad de México.- Como parte del paquete económico para 2021 el Congreso aprobó una reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para implementar sanciones más severas a las organizaciones autorizadas para recibir donativos que no cumplan con su objetivo social, lo que pone en riesgo la defensa de los Derechos Humanos.

En septiembre, la Secretaría de Hacienda propuso una serie de reformas al ISR y en octubre se aprobaron los cambios, los cuales entrarán en vigor en enero de 2021. Entre los principales efectos de las modificaciones están que las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, las comunidades indígenas u otros grupos de la población, podrían recibir menos ingresos o incluso cerrar sus puertas de no cumplir con las nuevas disposiciones.

Al respecto, la directora de Operaciones de Fondo Semillas, que financia grupos y organizaciones de mujeres, Gabriela Toledo, explicó en entrevista con Cimacnoticias, que las medidas tomadas por el gobierno federal son excesivas y castigan por igual a todas las donatarias, en donde hay desde escuelas, clubes, sindicatos y organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, hasta agrupaciones feministas.

¿Qué se aprobó en la Ley del ISR?

De acuerdo con el Grupo Fiscal, integrado por Alternativas y Capacidades, Centro de Enlace y Desarrollo para OSC, Coeo Consultores,Dakshina, Fortalece Legal, Fundación AppleSeed México y Fondo Semillas, entre los cambios preocupantes están las modificaciones a los artículos 80 y 82 de la Ley del ISR.

El artículo 80 decía que la organización donataria podía recibir recursos por actividades que no estaban relacionados  con su objeto social, pero en caso de que estos rebasaran 10 por ciento de sus ingresos deberían pagar un impuesto de 30 por ciento por el excedente.
Los gastos no relacionados al objeto social pueden ser recibir la renta de un inmueble, dinero por la venta de artesanías, fabricación de algún producto o venta de consultorías, entre otras.

El cambio aprobado por el Congreso agrega al artículo 80 que en caso de que los ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron creadas rebasen 50 por ciento de los ingresos, las organizaciones perderán la autorización de donatarias.

En este caso las agrupaciones tendrán un año para renovar la autorización para recibir donativos. Si en ese tiempo no obtienen la renovación del permiso, que otorga el Servicio de Adminitración Tributaria (SAT), deberán entregar todo su patrimonio a otra donataria autorizada.

Por ejemplo, explicó la experta, si la autoridad fiscal no renueva la autorización de donataria a una organización que tenía un inmueble, un auto y una cuenta bancaria, todos estos bienes deben ser entregados a otra organización donataria, sin importar si el patrimonio se obtuvo o no de donaciones.

«Si la autoridad quisiera sancionar, si ya identificaron a las organizaciones fachadas, (con permisos de de notarias) para hacer otro tipo de transacciones, no tendríamos que pagar todas por las que están haciendo mal su trabajo», señaló Toledo.

Apenas este 12 de noviembre, en la conferencia del presidente Andrés Manuel López Obrador, la jefa del Sistema de Administración Tributario (SAT), Raquel Buenrostro Sánchez, reiteró que se han detectado donatarias que tienen hasta 50 por ciento en gastos administrativos y lo gastan tres personas: el director, el administrador y un jurídico.

También, señaló que al revisar los gastos de las donatarias, muchas de las empresas a las que contratan para dar servicios «aparentemente para una buena labor» son empresas factureras, es decir, empresas que emiten facturas sin entregar ningún producto o servicio.

El Reporte de Donatarias Autorizadas 2019 del SAT, encontró que las organizaciones autorizadas para recibir donativos recibieron 200 mil 259 millones de pesos. De esta cantidad un 10 por ciento está vinculado al objeto social, 23 por ciento por donativos, y 66 por ciento por ingresos no relacionados con el objeto social.

El Grupo Fiscal argumentó que las organizaciones civiles no cuentan con los donativos suficientes para autosustentarse y se ven obligadas a realizar actividades no relacionadas con su objeto social para obtener ingresos, pero eso no significa que todas realicen actividades simuladas.

SAT también va contra socios y directivos

Además de revocar las autorizaciones para recibir donativos, que en opinión de Gabriela Toledo ya es una sanción severa, en el artículo 82 de la Ley del ISR se agregó que otra causal para revocar este permiso serán los antecedentes de los socios de la agrupación.

Es decir, si una agrupación tiene un consejero, que puede ser representante legal, socio, asociado o integrante del Consejo Directivo, que estuvo en una organización cuya autorización fue revocada, será motivo para quitarle el permiso de donataria a la nueva organización donde participa, sin importar si el consejo hizo algo o no.

Esta medida no considera, señaló Toledo, que en el ámbito de la sociedad civil es muy común que se llame a personas expertas en temas de Derechos Humanos y con experiencia en el área a ser consejeros o integrantes honorarios de más de una agrupación.

A decir de Gabriela Toledo, la intención de la reforma de sancionar a los corruptos es buena, pero el mecanismo que se planteó afectaría a las organizaciones defensoras de los Derechos Humanos y viola el derecho de asociación porque estos colectivos no podrían buscar, recibir y utilizar recursos  financieros.

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