SAT debera dar a conocer empresas a las que condon creditos fiscales

La condonación de créditos fiscales se traduce en un gasto público cuya publicidad se hace necesaria, determinó el IFAI

Agencias

[dropcap]E[/dropcap]l Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar conocer los nombres de las empresas a las que condonó créditos fiscales por deudas y atrasos en el pago de impuestos entre mayo de 2007 y mayo de 2013.
De igual forma, deberá informar a qué entidades federativas, municipios, delegaciones del Distrito Federal y organismos descentralizados y autónomos se les condonó el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2013 y 2014.
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) informó en un comunicado que un particular solicitó esa información y el SAT la reservó con el argumento de que se trata de datos de contribuyentes, protegidos por el secreto fiscal.
En el análisis del caso el instituto hizo una ponderación de derechos y una interpretación armónica entre el Artículo 6 de la Constitución, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Transparencia y las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Como resultado, determinó que el interés público por conocer la manera en que el SAT ejerce sus atribuciones para la condonación de créditos fiscales es mayor al interés de proteger los datos fiscales de quienes fueron favorecidos con esa acción.
«Se advirtió que existe interés público en conocer el nombre de aquellos contribuyentes a quienes se les condonaron créditos, así como el monto objeto de la condonación y la fecha exacta de la misma.
«Lo anterior, en virtud de que la condonación de créditos fiscales se traduce en un gasto público cuya publicidad se hace necesaria al ubicarse en los objetivos de la Ley Federal de Transparencia, por lo que dar a conocer la información solicitada permitiría una efectiva rendición de cuentas en el manejo de recursos públicos», subrayó.
Los comisionados del IFAI votaron a favor del proyecto de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos para revocar la respuesta del sujeto obligado e instruir al SAT a entregar la información solicitada por el particular.

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