Senado aprueba reforma para reglamentar Alerta de Violencia de Genero

No se podrá levantar una alerta en tanto no haya un avance sostenido para evitar la violencia en contra de las mujeres

Anayeli García Martínez / Cimac Noticias 

Ciudad de México.- El Senado aprobó reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reglamentar y agilizar la activación de la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, un mecanismo de emergencia que desde 2015 ha sido declarada en 22 de las 32 entidades del país y que ha sido activada dos veces en el Estado de México, Veracruz y Guerrero.

La reforma aprobada  establece que entre la admisión de una solicitud de alerta y la declaratoria no pueden exceder 45 días; la creación de un comité de selección que designe a un comité de expertas, encargado de definir la procedencia o no de la alerta; la obligación de notificar la declaratoria a los poderes Legislativo y Judicial de cada entidad; y supuestos para levantarla.

Las senadoras de Morena, Martha Lucía Mícher Camarena y Ana Lilia Rivera Rivera, coincidieron en que estos cambios legislativos son pertinentes en el contexto de la actual emergencia sanitaria, toda vez que la situación de confinamiento ha detonado en el incremento de la violencia contra mujeres y niñas en sus hogares desde el año 2020 hasta la fecha.

Al respecto, la senadora del PRI, Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, aseguró que de acuerdo con la Secretaría de Gobernación, 50 municipios del país concentran 52 por ciento de los casos de feminicidio. Esta situación, sumada al confinamiento por la pandemia por COVID-19, provocó que en el año 2021 la violencia intrafamiliar creciera en 21 por ciento respecto al 2020 y que la violencia contra niñas y niños creciera 32 por ciento.

La reforma también dice que para levantar una alerta se deberá acreditar fehacientemente el cumplimento de las medidas implementadas, a través de la incorporación de acciones en las políticas públicas o en la legislación, y de la disminución sostenida de la violencia identificada en la declaratoria.

Además, en el dictamen, que fue enviado a la Cámara de Diputados para su aval, se expone que se atendieron las recomendaciones hechas por el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como las opiniones de expertas de la academia y organizaciones sociales especializadas, quienes presentaron sus observaciones en diversas reuniones de trabajo realizadas desde 2019.

Una vez que la reforma entre en vigor este mecanismo se definirá como «el conjunto de acciones gubernamentales coordinadas, integrales, de emergencia y temporales realizadas entre las autoridades de los tres órdenes y niveles de gobierno, para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado».

También indicará «así como para eliminar el agravio comparado, resultado de las desigualdades producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que impiden el reconocimiento o ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas, a fin de garantizar su pleno acceso al derecho a una vida libre de violencia».

El documento establece que las alertas han tenido un impacto favorable en la visibilización de la violencia contra las mujeres y ha contribuido a articular acciones aisladas; por eso se establece la posibilidad de que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres  (Conavim) pueda iniciar un procedimiento de alerta y se incorporaron las facultades de este órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación en materia de Alerta de Violencia de Género.

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