Teech certifica renuncia de integrante del Ayuntamiento de Bochil

En respuesta de la solicitud de la ciudadana Nadia Esmeralda Fregoso se avaló su dimisión voluntaria con fecha 15 de febrero de 2019, pese a que el proceso de remoción durara ocho meses en el Congreso del Estado

Lucero Natarén / Aquínoticias

El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (Teech) informó que resolvió el asunto identificado con el numeral TEECH/JD/037/2019, en el que analizaron la naturaleza jurídica de la renuncia al cargo de elección popular. En estos casos -aprobar la remoción y nombrar a un/una sustituto(a)- los procesos son generalmente largos.
Uno de los asuntos más recientes se dio el 15 de febrero de 2019, donde la ciudadana Nadia Esmeralda Fregoso, síndico del ayuntamiento de Bochil, renunció a su cargo. Dicho proceso duró aproximadamente ocho meses para hacerse efectivo en el Congreso del Estado.
El Teech aseveró que para hacer válida la dimisión de un integrante del Ayuntamiento, primero se debe demostrar la renuncia, por ejemplo, en esta caso, la presentación de la solicitud fue el 15 de febrero, el 20 de febrero hubo sesión de cabildo para clasificación de su petición y el 13 de mayo se efectuó la solicitud del Ayuntamiento al Congreso del Estado para su aprobación.
El 5 de junio hubo recepción de la solicitud, el 10 de junio se realizó el requerimiento al ayuntamiento, el 19 de julio se dio el cumplimiento del ayuntamiento y por último, el 10 de octubre, el Pleno de la Sexagésima Séptima Legislatura aprobó la remoción presentada por la ciudadana.
En el lapso de ocho meses que duró el proceso, no existe certidumbre de quién ocupó el cargo y cómo se ejercieron las funciones mientras que el Congreso del Estado aprobaba la renuncia.
Ante esto, la demandante se inconformó mediante juicio ciudadano, debido a la determinación del Congreso del Estado de aprobar a partir del 10 de octubre su renuncia y sustitución. Por esa razón, solicitó que su renuncia fuese aceptada a partir del 15 de febrero, es decir, desde el momento en que ella presentó su escrito para separarse del cargo.
Ante la situación, el Tribunal Electoral decidió aceptar su renuncia al cargo de manera voluntaria, aparte de avalarlo desde el 15 de febrero porque presentó su escrito de renuncia, y, además, dejó de realizar sus funciones y percibir su sueldo. Aunque las autoridades decidieran apelar por algún motivo la renuncia, esta quedó manifiesta «de forma libre, unilateral y espontánea».

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *