Recursos para Independientes, derechos y obligaciones

Así como poseen el derecho a recurso público, también deben informar y explicar de manera transparente los montos, uso y destino del dinero que utilizan para sus actividades

Portavoz Staff

[dropcap]A[/dropcap]l igual que los partidos políticos, los candidatos independientes tienen derecho a recibir financiamiento público para cubrir sus actividades y gastos de campaña. El monto que les corresponde es distribuido con base en una norma.
De acuerdo con el portal del Instituto Nacional Electoral (INE), la regla establece que la cantidad que se le asigna a un partido de nuevo registro es el monto que será repartido entre todos los candidatos inscritos en su conjunto.
En tanto, así como poseen derechos, también tienen obligaciones, como la rendición de cuentas, la cual deben cumplir mediante el proceso de fiscalización del INE.

Infografía

Así se distribuye el financiamiento

Un tercio se distribuye entre los que aspiran al cargo de Presidente de República.
El segundo tercio se reparte entre los que quieren postularse al cargo de Senadores.
El último tercio, entre los que aspiran al cargo de Diputados Federales.
En caso de que un sólo candidato independiente obtenga su registro para cualquiera de los puestos antes mencionados, no podrá recibir financiamiento que exceda del 50% de los montos referidos.
Si no se utiliza la totalidad del financiamiento público que fue otorgado para gastos de campaña, se deberá reintegrar el remanente a la autoridad electoral que lo asignó.

Gastos a reportar: campaña electoral

Deben informar y explicar de manera transparente y clara los montos, uso y destino de los recursos que utilizan para sus actividades, entre ellos:
Gastos de propaganda: Comprenden los realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria, diarios, revistas y otros medios impresos, internet y otros similares.
Gastos operativos de campaña: Corresponden a los sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos, entre otros.
Gastos de producción de mensajes para radio y televisión.

¿Cómo se reportan los gastos?

A través de informes que detallen los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a la obtención del apoyo ciudadano o campaña los cuales deberán presentarse ante la Unidad Técnica de Fiscalización considerando los plazos a continuación:
Informes de obtención del apoyo ciudadano: Dentro de los 30 días posteriores a la conclusión del periodo.
Informes de campaña: Por periodos de 30 días contados a partir del inicio de la misma. Estos informes se presentarán dentro de los tres días siguientes a la conclusión de cada periodo.
La modificación de los informes y documentación comprobatoria puede cambiarse únicamente por mandato de la Unidad Técnica de Fiscalización.

Otras responsabilidades ante la unidad técnica de fiscalización

No exceder el tope de gastos campaña o apoyo ciudadano establecido por el Consejo General del INE.
Designar a un responsable de la rendición de cuentas.
Vigilar que se expidan recibos foliados por los ingresos recibidos para la obtención del apoyo ciudadano y campaña.
Verificar que los egresos realizados sean pagados con cheque de la cuenta bancaria de la asociación civil autorizada, que contengan la leyenda «para abono en cuenta del beneficiario», que sean nominativos y que se documenten con facturas que cumplen con los requisitos fiscales.
Ser responsable solidario respecto de los gastos realizados en su beneficio por ellos mismos o por sus equipos, de la veracidad de las facturas, así como de los valores consignados en las mismas.
Entregar la documentación comprobatoria de ingresos y gastos que sea requerida.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *