23:55, «el buenas»

De los acuerdos de Candidatura Común que se presentaron ante el organismo electoral, el IEPC tiene hasta cinco días para pronunciarse sobre el que suma a los tres partidos que conformaron el Frente por Chiapas y a los dos institutos políticos locales. El PVEM, o vuelve con el PRI o tendrá que ir solo

Julieth Rodríguez / Portavoz

[dropcap]M[/dropcap]ientras que el representante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) ante el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), Mauricio Mendoza Castañeda, aseveró que están integrados en el acuerdo de candidatura común con los partidos Acción Nacional(PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC), Chiapas Unido (Pchu)y Podemos Mover a Chiapas (Pmch); el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) informó haber recibido en la Oficialía de Partes de este instituto electoral, el escrito signado por éstos últimos, a las 23:55 horas del día lunes.
La confusión imperó ayer. Una noche antes, se filtró vía redes sociales el acuerdo de candidatura común signado por PAN, PRD, MC, Pchu y Pmch, que se entregó ante el organismo público local electoral. En la fotografía se aprecia —además de los logotipos de estos institutos políticos— el sello de recibido junto con el horario de recepción: las 23:55 horas, cinco minutos antes del cierre del plazo establecido en el Calendario de Actividades del Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.
Por esos mismos medios, trascendió el audio donde presuntamente se escucha al representante pevemista ante el IEPC, retirar una primera papelería que se había entregado y en la que se consignó que el PVEM también se integraba en esta figura; según lo audible, se aduce que otorgó un segundo documento donde ese instituto político ya no aparecía.
Se escucha decir a alguien: «Vamos a cambiar el documento, por favor… Ese ya no, por favor». Le cuestionan: «Pero el convenio sigue siendo el mismo»; a lo que contesta: «No, lleva un partido». Al segundo 0:43 del audio, quien había preguntado expresa: «¿El Verde ya no? ¿Se salió el Verde?»; y no hay contestación.
Ante la ola de especulaciones, Mendoza Castañeda (MC) fue entrevistado por la periodista Denise Maerker (DM) en su noticiario radiofónico «Atando Cabos», para Radio Fórmula. La comunicadora hace referencia a ese incidente y cuestiona por qué se retira el PVEM del acuerdo de candidatura común.
«Fue la entrega de un documento, que contenía el convenio de candidatura común con los seis partidos políticos que hemos tenido puntos de coincidencia. Vamos en una gran candidatura común, como lo has dicho, una alianza política en donde el Movimiento por la Dignidad ha encontrado sus cauces y ha encontrado aceptación favorable por parte de las dirigencias nacionales del Frente amplio, y las dirigencias del partido Chiapas Unidos y Mover Chiapas», comentó Mendoza.
«El acuse venía con el formato sin el logotipo del Partido Verde. Está situación, el día hoy, la hemos aclarado apenas hace unos minutos todos los partidos políticos que conformamos este gran frente, presentando en vía de alcance; se ratifica que el documento válido es el que tiene precisamente los seis logotipos», añadió.
Aseguró que la falta del logo se debió a un error de impresión del Área Secretarial, a lo que Maerker preguntó si aún entregaron dentro del tiempo la enmienda (20 de febrero, 11:00 de la mañana). Mendoza explicó que en el ánimo de proteger el derecho de asociación de los partidos políticos, tienen el derecho de rectificar vía de alcance los documentos que hagan falta.
Acerca de algún riesgo de impugnación, el pevemista admitió que todos los actos y documentos son factibles de serlo. «Con el documento que tú tienes, de las 11:20 horas, ratificamos esa voluntad de los seis partidos políticos para evitar cualquier situación de descalificación, o que pretenda señalar que el Partido Verde no va con el Frente Amplio ni con los partidos locales», agregó.
A la pregunta expresa de si hay candidato definido, Mendoza refirió: «A diferencia de la anterior y extinta coalición que conformamos con el Revolucionario Institucional «Todos por Chiapas», esta candidatura común va a tener un método de elección incluyente que no le va a cerrar la puerta a ningún cuadro político de los institutos que estamos conformando».
Aseveró que los partidos que van en esta modalidad cuentan con varios perfiles susceptibles de ser considerados como el senador Luis Armando Melgar, el alcalde capitalino de Tuxtla Gutiérrez Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor, el propio Eduardo Ramírez Aguilar, líder del Movimiento por la Dignidad; el dirigente estala del partido Podemos Mover a Chiapas, Enoc Hernández; y la senadora María Elena Orantes, de Movimiento Ciudadano.
Del método de elección interna, comentó: «Todos los aspirantes tendrán que tener la aprobación de las asambleas de militantes, de todos y cada uno de los partidos políticos; va a ser por una elección de todas las asambleas y ésta se llevará a cabo aproximadamente en unos 10 días, Denise; todavía estamos a tiempo, recordemos que el 21 de marzo serán los registros constitucionales».
Con ello también confirmó que el Partido Verde va con el Frente, lo cual fortalece también al candidato nacional Ricardo Anaya.

Concluyó plazo, dijo IEPC
Después que el representante del PVEM ante el IEPC vertiera estas declaraciones, el máximo órgano electoral en Chiapas envió un boletín de prensa a los medios de comunicación, en donde hacía referencia únicamente al primer documento que se recibió en la Oficialía de Partes.
Informó que de conformidad con los plazos establecidos en el Calendario de Actividades del Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, el lunes terminó el plazo otorgado a los partidos políticos con acreditación y registro local, «a efecto de solicitar el registro de acuerdo de candidatura común para la elección de Gobernador del Estado».
«A las 23:55 horas del día antes señalado, se recibió en la Oficialía de Partes de este instituto electoral, escrito signado por las representaciones de los institutos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, donde presentaron el acuerdo de candidatura común respectivo, a efecto de que el Consejo General de este organismo público local electoral, se pronuncie al respecto», se lee en el escrito.
Sin que hiciera mención del documento rectificador al que Mendoza Castañeda hizo referencia en la entrevista con Maerker, la misiva prosigue que en congruencia con la legislación en la materia, el IEPC, «en un plazo no mayor a cinco días naturales realizará los procedimientos necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad electoral para determinar su procedencia».
«En dicho procedimiento se prevé que en caso de que existan inconsistencias respecto a la documentación presentada, y en atención a la garantía de audiencia que tienen los institutos políticos, se requerirá lo necesario a efecto de dotar de mayor certeza a la autoridad en la respectiva resolución», aclara.

La impugnación
En tanto la instancia electoral ha confirmado que recibió el acuerdo de candidatura en común, el dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Julián Nazar Morales, confirmó el lunes que esta figura ha sido impugnada por esta fracción política ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
«Se presentó en tiempo y forma, nuestra acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, para que revise y no dé paso a una reforma que quieren hacer pasar como fe de erratas para la candidatura común a la gubernatura. Se puede hacer para la presidencia municipal, las diputaciones locales pero no para gubernatura porque no fue legislado ante el órgano del Congreso (…)», declaró.
Incluso el candidato a la gubernatura por el PRD, José Antonio Aguilar Bodegas, habría declarado para medios locales que la candidatura común a la gubernatura de Chiapas que presentaron PAN, PRD, MC, Pchu y Pmch «es absolutamente ilegal».
«El PRI la tirará y si no, los cuadros del PRD que están en contra de ella… Como la corriente de IDN y Galileos», habría dicho.
En coincidencia con ello, también para medios locales, el representante del grupo «Galileo» del PRD, Sarain Osorio Espinoza dijo que a nivel nacional el sol azteca ya definió y acordó que Aguilar Bodegas es su abanderado para los comicios de 2018 en Chiapas, e incluso mencionó la posibilidad de que el PAN nacional lo apoye.
Respecto a la postulación de Eduardo Ramírez Aguilar, respondió que no está debidamente aprobada por los órganos electorales; y que esperarán el plazo que dio el IEPC para determinar si la candidatura común es aceptada.

¿Competencia del estado?
Nazar Morales opinó —el lunes, en conferencia de prensa— que la fe de erratas se trata de un intento de reforma constitucional, y ninguna modificación de este tipo a la más alta legislación que rige en México, que «tenga que ver con la Federación puede ser alterada en ningún estado».
Sin embargo, si se consulta la jurisprudencia que ha abordado la controversia de la candidatura común, resulta que hay conclusiones que apuntan a que la figura sí es competencia de los congresos locales.
Por ejemplo, el 28 de julio de 2017, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se pronunció respecto a la acción de inconstitucionalidad 78/2017 promovida por el Partido Encuentro Social (PES) contra la Sexagésima Legislatura del Congreso y el gobernador, ambos del estado de Chiapas.
El PES consideró que el Decreto 181 por el que se expidió el Código de Elecciones de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 14 de junio de 2017. De manera específica impugna por motivo de inconstitucionalidad los artículos 47 y 60, párrafo 20 de la legislación local referida.
El promovente consideraba que el Congreso chiapaneco excedió sus atribuciones al regular coaliciones y candidaturas comunes, puesto que ello es competencia del Congreso de la Unión, «vulnerando el principio de supremacía constitucional». A eso le agregaba que «se hacen variaciones a lo previsto en la Ley General de Partidos Políticos, al añadir la regulación respecto de las candidaturas comunes».
Si bien la Sala Superior estimó inconstitucionales los preceptos legales que el PES impugnó porque, en efecto, el Congreso del estado de Chiapas carece de competencia para regular el tema relativo a las coaliciones, en el caso de la regulación de candidatura común explicó:
«En este tenor, la participación en candidatura en común, de los partidos políticos durante las campañas electorales, puede ser regulada por las legislaturas de las entidades federativas de conformidad a lo previsto en el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos pues se trata de una forma de participación distinta a las previstas en la legislación federal.
«En este sentido, la inclusión de esta forma de participación política no contraviene, por sí mismo, las bases y principios establecidos en la Constitución Federal. Con base en dicha interpretación, es que esta Sala Superior arriba a la conclusión de que la norma impugnada es constitucional». Es decir, el Congreso local puede regular el tema.

Impugnación de PRD, improcedente
No sólo el PRI ha impugnado la figura de candidatura en común. El 15 de enero de 2018, Juan Antonio Farrera Velázquez, militante del Partido de la Revolución Democrática, promovió un juicio para la protección de los derechos político-electorales en contra del Acuerdo IEPC/CPAP/A-003/2018 de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas.
Ese acuerdo proponía al Consejo General la modificación de los lineamientos a los que deberán sujetarse los partidos políticos que pretendan postular candidatos bajo la modalidad de candidatura en común. Permite el uso de esta figura por parte de los institutos políticos, en las elecciones de diputados locales y miembros de ayuntamientos en el proceso electoral ordinario 2017-2018; y la modificación propuesta consiste en adicionar el cargo del gobernador del estado.
No obstante, la Sala Superior consideró el juicio improcedente al no colmarse todas las instancias previas establecidas para interponer la impugnación; por tanto, reencauzó el medio de impugnación a un «juicio ciudadano local, a fin que el Tribunal Electoral del estado de Chiapas resuelva en plenitud de jurisdicción lo que el derecho corresponda».

¿Qué dice la jurisprudencia?
Al final, será la instancia estatal a la que le corresponde dar la última palabra acerca de si se impugna la candidatura en común para la gubernatura del estado, porque no está prevista en la legislación local. No obstante, hay antecedentes en la materia que indican que podría no prosperar y que sí se validaría.
En abril 2015, la candidatura de Silvano Aureoles Conejo por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT); Encuentro Social y Nueva Alianza, en Michoacán, fue impugnada por el PRI en ese estado. Uno de los argumentos que justificaban la invalidación era que la candidatura en común era una modalidad que no se contemplaba en la legislación local, sino que debían ceñirse a frentes, coaliciones o fusiones.
Sin embargo, no prosperó ante la Sala Superior michoacana y el 14 de junio, Aureoles recibió su constancia de gobernador electo.
Incluso en la sentencia SUP-JRC-548/201531 se lee: «Candidaturas comunes. Su expulsión del marco jurídico estatal no infringe el derecho de asociación política».
Esto es porque postular candidatos bajo esta modalidad está amparado por el artículo 9o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que confiere a los individuos el derecho de libre asociación. Lo que la autoridad electoral sí pidió era que el PES se retirara del acuerdo puesto que era un partido recién creado y esa condición no le permitía postularse de esa manera.
De todo ello se desprende que la autoridad competente podría resolver dos posibilidades, que a su juicio la candidatura común no prospere, lo que obligaría al PVEM revalorar si va con el PRI o va solo; o bien, determinar que en aras de garantizar el derecho de asociación política, dé por bueno el documento donde se rectifica el acuerdo con el Verde añadido.

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