Asociaciones pseudohumanitarias no podran hacer proselitismo politico

El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del estado de Chiapas difundió un reglamento que coaptaría la actuación de aquellas asociaciones y fundaciones con respecto a su injerencia en el posicionamiento de posibles candidatos a puestos de elección popular, de cara a un proceso electoral

Julieth Rodríguez/Portavoz

[dropcap]L[/dropcap]as fundaciones que se dicen humanitarias pero que abanderan políticos en el estado carecen de los elementos suficientes que estipula la legislación en la materia, para que sean consideradas como organizaciones civiles, reveló la investigación de un ciudadano que dio a conocer sus conclusiones por medio de las redes sociales.
La Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil explica en su portal de internet que en concordancia con la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC), las organizaciones que soliciten su inscripción en el Registro Federal y que cumplan con los requisitos que establece la legislación referida, podrán obtener su Constancia de Inscripción y su Clave Única de Inscripción (Cluni). Eso les permitirá tener el derecho a participar por los apoyos y estímulos que otorga la administración pública federal.
No obstante, de acuerdo con la consulta que hizo el periodista Raúl Vera —que después difundió por medio de Facebook—, las fundaciones Jaguar Negro, Quiero tener un millón de amigos, Tierra Verde, Guirao, Fernando Castellanos Coutiño y Red Melgar, no tienen el Cluni.
Tampoco cuentan con la figura del donatario, asevera, que es mediante la cual deben registrarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. «Con ello las organizaciones sociales, son sujetas a donaciones y pueden deducir impuestos», explica.
«Sin estos elementos, las organizaciones civiles no son susceptibles de recibir donaciones del erario y por lo mismo no pueden funcionar (…) Ninguna de las que acá se mencionan aparecen con esa figura legal. Ni las inscritas en el 2016, ni el 2017», se lee en un post publicado en su muro de Facebook.
Exhibe como evidencias capturas de pantalla de las consultas que efectuó en los portales http://www.corresponsabilidad.gob.mx/; y https://www.cemefi.org/images/pdf/2017_donatariasautorizadas_090117.pdf. En ellas verificó la existencia del Cluni y de la figura del donatario, respectivamente. Cualquier ciudadano puede replicar el ejercicio. Al efectuarlo, Portavoz constató que ninguna de las asociaciones mencionadas cuenta con Cluni registrado.
«Después de tener está información me pregunto, ¿de dónde sacan financiamiento? ¿Quién paga la logística, publicidad, masivos, renta de sillas, locales, camisas que reparten, bastones y salarios de los que en ellas trabajan? ¿Qué va hacer el INE, ante estas campañas disfrazadas de beneficencia?», cuestiona Vera al final de su publicación.
«Jaguar Negro», es una asociación dirigida por el líder de la mesa directiva del Congreso del Estado, Eduardo Ramírez Aguilar; «Quiero tener un millón de amigos», está vinculada a Enoc Hernández Cruz, quien retomó la dirigencia de Mover a Chiapas; «Tierra Verde», pertenece al exedil de Chilón, Leonardo Guirao; la Fundación «Fernando Castellanos Coutiño», está vinculada a la familia del alcalde de Tuxtla Gutiérrez, Fernando Castellanos Cal y Mayor; y «Red Melgar», pertenece a la familia del senador Luis Armando Melgar Bravo.
A excepción de Hernández, todos son parte de la escena política debido a su afiliación al Partido Verde Ecologista de México; no obstante, el instituto morado ha sido señalado de ser un «satélite» del actual en el poder.
De último momento, se informó que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del estado de Chiapas difundió un reglamento que coaptaría la actuación de aquellas asociaciones y fundaciones con respecto a su injerencia en el posicionamiento de posibles candidatos a puestos de elección popular, de cara a un proceso electoral.
Esto sería para resarcir de alguna manera las lagunas en la ley que permiten la actuación de estas organizaciones, que han sido acusadas de incentivar el proselitismo político. Aunque desde la legislación —la LFFAROSC y la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil para el estado— se aclara que estos organismos no deberán realizar actividades de proselitismo partidista o electoral, la acepción que hace de esta práctica es limitada.
Según la jurisprudencia desprendida de diversas leyes en la materia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), es propaganda electoral toda aquella publicidad que es contratada de manera directa por los propios institutos políticos, candidatos o militantes; lo que excluye aquella que pagan fundaciones u organizaciones civiles.

Asociación civil o política

El consultor político Efraín Martínez Figueroa, en su artículo «Las fundaciones y asociaciones civiles con fines políticos electorales», ya había advertido que las organizaciones con fines políticos no cuentan con todos los registros antes mencionados.
Refirió que sólo las filantrópicas, de beneficencia o de labor social formales están constituidas de manera legal ante notario público, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en su caso, a una Junta de Asistencia Privada; además que cuentan con su Cluni. Si estas mencionadas con anterioridad no cuentan con esos elementos, se aduce que no son asociaciones civiles; sino de otra índole.
El Instituto Nacional Electoral (INE) estipula en su página que las agrupaciones políticas nacionales son asociaciones ciudadanas que contribuyen al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada.
Entre sus características resalta que no pueden utilizar la denominación de «partido» o «partido político»; sólo pueden participar en procesos electorales federales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición.
Para obtener el registro como agrupación política nacional, necesitan contar con un mínimo de 5 mil asociados en el país; un órgano directivo de carácter nacional; delegaciones en cuando menos siete entidades federativas; documentos básicos, así como un nombre diferente a otras agrupaciones o partidos políticos.
Por su parte, el IEPC en su página de internet especifica que los chiapanecos podrán constituir asociaciones políticas pero tendrán como objetivos contribuir a los debates políticos e ideológicos y a la participación política en los asuntos públicos.
Tampoco podrán utilizar bajo ninguna circunstancia las denominaciones «partido» o «partido político», tal como lo dice la instancia nacional. Los requisitos para constituirse como asociación política estatal, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de Asociaciones Políticas Estatales, son:
• Contar con un mínimo de mil asociados en el estado.
• Establecer un órgano directivo de carácter estatal y con delegaciones cuando menos, en 15 municipios.
• Haber efectuado como un grupo u organización, actividades políticas continuas, cuando menos, durante los últimos 12 meses.
• Sustentar y difundir una ideología política democráticamente admisible.
• Tener una denominación propia distinta a cualquier otra asociación o partido, exenta de alusiones religiosas, raciales y que se distinga de cualquier partido político o de otra asociación.
• Haber aprobado los lineamientos ideológicos que la caracterizan y las normas que rijan su vida interna.
No obstante, al consultar el «Listado de partidos políticos y demás asociaciones y agrupaciones políticas o ciudadanos registrados ante la autoridad electoral», que se halla en la web del IEPC, resulta que no contempla ninguno de los organismos o fundaciones citados en este trabajo. El documento data de noviembre de 2016 y no ha sido actualizado; de hecho, según el registro no hay asociaciones políticas estatales. Al revisar el Directorio de agrupaciones políticas nacionales que proporciona el INE mediante su página, de las 89 con registro ninguna pertenece a Chiapas. Esto genera incertidumbre respecto a la naturaleza de las fundaciones que proliferan en el estado; no son agrupaciones políticas, ¿tampoco asociaciones civiles altruistas?

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