Chiapas, a merced de las mineras

La maestra Ana Ávila presentó una investigación en la que aborda las violaciones a derechos humanos, ecocidio y opacidad propiciados por las concesiones mineras en la Reserva de la Biosfera El Triunfo, en Chiapas. El estudio, publicado por el portal Impunidad Cero, tiene como propósito abordar las condiciones que posibilitan la apertura a un contexto oportuno para la impunidad y opacidad, lo cual se traduce en impactos socioambientales negativos

Portavoz Staff

[dropcap]D[/dropcap]arse un chapuzón en las aguas de los ríos Cintalapa y Cacaluta, era una de las cosas más naturales del mundo para los pobladores de Acacoyagua, en Chiapas, hasta que un día después de sumergirse, de su piel comenzaron a brotarles erupciones que con el tiempo se convirtieron en llagas; los peces se morían; y las mujeres embarazadas daban a luz bebés con heridas en la dermis.
El pueblo de Acacoyagua se encuentra en la parte baja de un Área Natural Protegida (ANP), en una extensión de tierra 119 mil hectáreas llamada El Triunfo, una Reserva de la Biósfera donde albergan 500 especies de vertebrados y 3 mil especies de plantas vasculares; está ubicada en una cadena montañosa de la Sierra Madre de Chiapas.
Este remanente de bosque de niebla es, quizás, el más grande en su tipo; realiza una función muy importante, pues gracias a la gran cantidad de humedad que posee produce agua, lo que además de ser una riqueza natural, también trae consigo beneficios tanto económicos como sociales para sus habitantes.
Este problema socioambiental es sólo una pequeña muestra de lo que viven en la actualidad muchas regiones tanto de la entidad como del país, que habitan dentro de una zona minera en donde se realizan megaproyectos; por ejemplo, los consecuencias de no proteger El Triunfo golpean a 400 mil personas, principalmente porque el agua ya es de mala calidad.
Al respecto, la maestra Ana Ávila presentó una investigación en la que aborda las violaciones a derechos humanos, ecocidio y opacidad propiciados por las concesiones mineras en dicha reserva.
El estudio, publicado por el portal Impunidad Cero, tiene como propósito abordar las condiciones que posibilitan la apertura a un contexto oportuno para la impunidad y opacidad, lo cual se traduce en impactos negativos socioambientales.
Fue en 2015 cuando se desató el conflicto en contra de las minas Casas Viejas, El Bambú y Mina Cristina, ubicadas a unos kilómetros de la ANP El Triunfo.
Debido a los persistentes problemas de salud de los ejidatarios de los municipios de Acacoyagua y Escuintla, se provocó una alerta social que dio origen al Frente Popular en Defensa del Soconusco 20 de junio (FPDS) en el 2015.
Entre los objetivos de la organización destacan el cierre definitivo de las minas; que se atiendan los problemas de salud que ahora padecen, sin olvidar los estudios médicos sobre los repuntes en los padecimientos de cáncer y de la piel, así como enfermedades crónicas de los ojos; y llevar a cabo estudios toxicológicos en los cauces de los ríos para analizar la contaminación del agua.
No obstante, ante la falta de respuesta de las autoridades, desde septiembre del 2016 las y los integrantes del FPDS bloquean con piedras y palos la carretera para obstaculizar el paso de los trabajadores de las minas señaladas.
Para conocer el grado del daño a la salud por la contaminación de las minas, el investigador de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (Rama), Miguel Ángel Mijangos, arribó a la comunidad, donde halló que el perjuicio es evidente.
Expuso que no hay estudios toxicológicos ni reconocimientos de las afectaciones por la extracción de titanio, por lo tanto, no hay tratamientos adecuados para las enfermedades.
A finales del 2016, el médico de Acacoyagua, Juan Velázquez, calculó que del 2005 al 2015 la tasa de muertes por cáncer subió de 7 a 22 por ciento. «Los cánceres de todo tipo, pero principalmente de hígado, se volvieron las primeras causas de muerte en la localidad», declaró a medios de comunicación.
Indagar de manera profunda sobre lo que sucede en la región del Soconusco no es tarea sencilla; la doctora Sandra Moreno Andrade, quien trabaja en la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, explica que aparte de no haber investigaciones científicas que den cuenta de ello, la postulación de financiamiento con Conacyt le fue rechazada; con el monto destinado iba a comenzar a documentar y medir las afectaciones de contaminantes en el agua.

Las primeras irregularidades

Cuando una empresa o persona tiene el interés de explotar o explorar una zona minera debe cumplir con el requisito de realizar una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), en la cual se incluyen los terrenos a usar, las afectaciones a la flora y fauna del lugar, el manejo de residuos, el proceso de la mina, cómo se hará el saneamiento de la zona, entre otros; esto lo marca la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente.
Respecto a la MIA para la exploración de Mina Cristina, el estudio señala que aparece en el sitio web de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); pero el de las minas Casas Viejas y el Bambú no están en línea.
En el caso de estas últimas, el único dato que se encontró es la notificación de la existencia de una MIA para exploración de titanio en el municipio de Casas Viejas por la empresa Grupo Minero El Puntal S.A. de C.V, a través de la Gaceta Ecológica del 14 de agosto de 2014. Asimismo, la correspondiente al proyecto El Bambú sólo para exploración por parte de la empresa GTM Mineral MX S. DE R. L., publicada el 18 de diciembre del 2014.
Con base en la información de la MIA presentada a la Semarnat para la autorización de Mina Cristina, el 11 de marzo del 2003, los ejidatarios, avecindados y pobladores del Ejido la Libertad firmaron el consentimiento para la realización de las actividades necesarias con el fin de preparar el terreno para extraer titanio.
Contrario a lo anterior, Libertad Díaz, acompañante de los ejidatarios en el movimiento social en contra de la mina, detalla que en el 2015 el presidente municipal, Patricio Eli Matías Salas, les aseguró que no existe ningún permiso local para que la mina realice trabajos.

Falta de información

Estas contradicciones sólo reflejan el nulo nivel de transparencia sobre los criterios técnicos y financieros en los procesos de otorgamiento de las concesiones; con la poca información proporcionada se propicia y extiende la opacidad. Además, se cae en la impunidad por la falta de asignación de responsabilidades y consecuencias cuando ocurren violaciones a los derechos humanos.
Por ejemplo, aunque la MIA puede descargarse desde la página de la Secretaría de Economía, se desconoce cómo fue el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) porque no se exhiben los criterios, tiempos ni historial de la empresa en proyectos semejantes.
Información importante, ya que el PEIA son los pasos que lleva a cabo la Semarnat para evaluar un proyecto; se realiza desde la integración del expediente, los plazos para solicitar información adicional, la recepción del trámite, hasta la valoración de la MIA y los resultados finales.
La investigadora menciona que, en cuanto a la MIA disponible en línea, ésta sólo indica que es para exploración; Semarnat no informa sobre alguna para explotación. De igual forma, no hay nada público sobre el procedimiento para otorgar la concesión, ya que no hay reglamento ni norma que especifique cómo deben ser los criterios y tampoco la Secretaría de Economía tiene la obligación para publicitarlos.
Además, la MIA de la Mina Cristina menciona que el único responsable es Ricardo Carraro Peñalosa; y se oculta quiénes realizaron el estudio de impacto ambiental, el nombre del responsable técnico y la razón social de la empresa; sólo aparece una leyenda que justifica: «Protegido por IFAI Artículo 3. Fracción VI LFTAIPG»
Lo extraño y dudoso de lo anterior, es que existen otras MIA disponibles en las que se pueden consultar y no hay ninguna leyenda que impida leer los nombres.
Ana Ávila, expone que otra de las violaciones al acceso de información es para los propios habitantes de las comunidades, pues si éstos desean conocer cómo impactará un megaproyecto en una zona determinada del país, tienen que leer la Gaceta Ecológica.
Dicho medio, es el espacio informativo empleado por la Semarnat para dar a conocer los permisos, las concesiones y las MIA. Lo que «ignoran» es que no todas las personas tienen la posibilidad de acceder a internet o si hablan castellano.

Contradicciones en la información

Comenzó en 1990, cuando El Triunfo fue declarado Reserva de la Biósfera. La pesadilla de las concesiones mineras vendría después.
Todo comenzó con rumores, cuenta Juan Carlos Castro; se trataba de unas cinco o seis concesiones dentro de la reserva donde hay 29 ejidos, un bien comunal y cientos de propiedades privadas, pero al obtener más información, el número de éstas incrementó de forma sorprendente y ha crecido hasta el punto de llegar a zonas altas donde habitan los quetzales y a zonas núcleo.
En las indagaciones de Ana Ávila, se hallaron contradicciones sobre el número de permisos que hay en la entidad. En un primer dato, de acuerdo con el Panorama minero del estado de Chiapas, un documento elaborado por el Servicio Geológico Mexicano, indica que hay un total de 111 concesiones al cierre de enero de 2016, lo que equivale al 16 por ciento del territorio.
Respecto a Acacoyagua, el reporte señala que hay dos empresas «semiactivas» que explotan titanio: Industrias Unidas de Cobalto y Obras y Proyectos Mazapa S. A de C. V.
En cuanto a la reserva El Triunfo, en los municipios La Libertad, Mapastepec y Arriaga hay titanio, oro, plata, zinc, plata, plomo y hierro. Sin embargo, no es posible saber cuáles empresas tramitaron aprobación, de qué tipo son, ni quién está a cargo.
En tanto, la respuesta a la solicitud de información que se realizó al Sistema Integral de Administración Minera (Siam) muestra otros datos; dio a conocer a través de la Dirección General de Regulación Minera y de la Dirección de Cartografía y Concesiones Mineras que había 90 permisos al 31 de diciembre de 2015.
Hay 21 concesiones de diferencia entre ambas fuentes de información; para corroborar si hubo más de ellas en enero se revisó la página del Siam, pero no se encontró ninguna.
También contrasta que en el Panorama minero vienen concesiones que no aparecen en las respuestas a solicitudes de información. Por ejemplo, en el primero hay una autorización para la empresa Obras y Proyectos Mazapa S. A. de C. V. en Bambú, municipio de Acacoyagua. El documento dice que se explota titanio y los materiales se envían al extranjero.
Asimismo, la investigadora preguntó a la Dirección General de Regulación Minera sobre cuántas autorizaciones mineras se han otorgado del 2011 a diciembre del 2015 en Chiapas; se encontró que en la reserva El Triunfo hay 25 permisos, los cuales suman 240 mil 578 hectáreas, dicha cantidad rebasa el tamaño de la propia reserva, cuya extensión es de 119 mil 177 hectáreas.
De los municipios que conforman esta Área Natural Protegida, el de Escuintla es el que cuenta con más concesiones, con seis en total, mismas que fueron otorgadas entre el 2011 y el 2013. Le sigue el municipio de Ángel Albino de Corzo con cinco; Siltepec y Mapastepec con cuatro; y Pijijiapan, La Concordia y Acacoyagua con dos.
En contraste con estos datos, Libertad Díaz, quien trabaja para la organización Otros Mundos, relata que en reuniones con el delegado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Armando Ríos, se le ha pedido información sobre las concesiones mineras en la Reserva de la Biósfera, y éste responde que no hay ni una.

Intimidación

Amenazas, temores, agresiones, entre otras, son las intimidaciones que han sufrido los ejidatarios que desde un principio han protestado por la violación a sus derechos humanos, así lo expuso Sandra Moreno Andrade, miembro de la Alianza Sierra Madre.
Tal como sucedió en 2006; Moreno recuerda publicaciones en medios locales acerca de órdenes de aprehensión a integrantes del Frente Popular en Defensa del Soconusco (FPDS) acusados de asociación delictuosa. No obstante, Libertad Díaz señala que esto es una farsa; es decir, sólo se simula la existencia de averiguaciones previas, pero en realidad no es así.
Para ilustrar dicha afirmación, con base en su experiencia, Libertad Díaz describió diversas situaciones en las que se ha desacreditado la reputación de quienes protestan contra las minas, entre las que destaca la repartición de panfletos por las casas del ejido, en los cuales se exhibe la vida privada de los miembros del FPDS –aunque la información puede ser falsa, lo que importa es provocar una desacreditación constante–.
De igual forma, Díaz señala que se las ingenian para dividir a la comunidad; por ejemplo, a grupos de mujeres les pagan despensas bajo la condición de elogiar a las minas, tienen que decir que son buenas para la comunidad y que la información sobre los efectos negativos es mentira.
Por su parte, James Anaya, relator de la Organización de Naciones Unidas, al rendir su informe en 2010, hizo énfasis en un punto importante; sostuvo que las comunidades no se oponen a los megaproyectos, ya que éstos podrían ser factor de desarrollo para los pueblos indígenas. Sin embargo, están en contra del tipo de «desarrollo que se lleve a cabo sin respetar sus derechos básicos, que deje tras de sí sólo impactos adversos y que no redunde en un beneficio visible para sus comunidades».

Derecho a la consulta y acceso a la información

A pesar de que México posee un marco jurídico sólido para la transparencia requerida, y con ello hacer valer el derecho de los ciudadanos a la consulta y acceso de la información, es necesario contar con la disponibilidad y voluntad política para que las personas que habitan las regiones, donde se quieren hacer megaproyectos, puedan ejercer el goce de estos derechos.
Es imprescindible, menciona la Ávila, que las poblaciones que se verán afectadas tengan siempre a la mano el derecho a la consulta a la hora de aprobarse una concesión minera; lo lamentable del problema radica en que la Semarnat no está obligada por ley a consultarlas, ni siquiera cuando solicitan audiencia.
La investigadora expone que un análisis hecho por organizaciones de la sociedad civil sobre la transparencia en el PEIA explica que, ésta –además de dejar a discreción de la Semarnat si hay consulta pública o no– no plantea la evaluación de aspectos de carácter social en la comunidad afectada, ni de los perjuicios indirectos a otros poblados y ecosistemas cercanos.
No se toma el tiempo en definir las condiciones de implementación del megaproyecto o los beneficios que éste generará para la comunidad.
Si bien la Semarnat no está «obligada» a dar ninguna aclaración de información, el país tiene otros instrumentos legales contemplados en la Constitución, así como tratados internacionales de carácter vinculante y referentes jurisprudenciales relacionados con el derecho a la consulta.
Desde la reforma constitucional de 2011, las autoridades están obligadas a hacer valer los derechos de consulta y acceso a la información, así como respetar el artículo 21 de la Convención Americana y al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las poblaciones indígenas y tribales.
El artículo 7 del Convenido señalado menciona que los pueblos pueden decidir sobre sus propias prioridades en cuanto al proceso de desarrollo, y cómo éste afecta sus vidas, creencias, instituciones, bienestar espiritual, así como a las tierras que ocupan y utilizan.
Asimismo, los pueblos deberán participar en todo el proceso –formulación, aplicación y evaluación– de los planes y programas de desarrollo tanto nacional como regional susceptibles de afectarles directamente.
El artículo 15 agrega que también pueden participar en la utilización, administración y conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras. Y en caso de que los minerales o recursos del subsuelo pertenezcan al Estado, los gobiernos deberán establecer conversaciones de consulta con los pueblos inmersos en esas zonas, con el fin de determinar cuáles serían los intereses perjudicados y en cuál medida. Todo, antes de emprender o autorizar cualquier programa de exploración o explotación.
Ante este marco jurídico al cual podría recurrirse, Ana Ávila recomienda que «las evaluaciones de impacto ambiental y las leyes secundarias estuvieran armonizadas con los estándares internacionales a los que México está comprometido con el fin de no perpetuar un ambiente propicio para la impunidad y la opacidad».

Minería: prioridad y progreso

El gobierno mexicano ha vendido la idea de la minería como sinónimo de progreso del país, pero, para las comunidades que viven en zonas mineras, es totalmente diferente; es más bien, como lo llama un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de México: «enriquecimiento por despojo».
Por ejemplo, se establecieron impuestos fijados para la minería destinados a beneficiar a las comunidades.
Tal es el caso de 2013, con la reforma a la Ley Federal de Derechos, con el fin de establecer el derecho especial, el extraordinario y el adicional, cuyos recursos serían destinados al Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de los Estados y Municipios Mineros, con tal de beneficiar a los pobladores de los territorios mineros. Sin embargo, la Auditoría Superior de la Federación, en su informe del 2015, observó que estos pagos no se cumplen.
Además, no existe progreso cuando no hay claridad ni transparencia en los criterios y lineamientos para otorgar una concesión; se huye de la supervisión; se excluye a las comunidades y a las poblaciones que se verán afectadas; y se buscan acuerdos tramposos con ejidatarios.
Es en este panorama, expone Ana Ávila, donde la desigualdad no se limita a las diferencias económicas entre los empresarios de las minas y los pobladores, sino también en el acceso a la información, en la interlocución con las autoridades y el lugar que ocupan en la escala de prioridades de los planes económicos del país.
La investigadora opina que el Estado podría cumplir con los tratados internacionales a los que está obligado, siempre y cuando siga las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; así también, atender la necesidad de una legislación y reglamentación en materia de consulta de los pueblos indígenas y comunidades.
«Las consecuencias negativas de no supervisar una MIA, sin hacer seguimiento de las condiciones en que opera una mina, sin consultar debidamente a las comunidades, sin darles toda la información necesaria, no sólo lleva a la pérdida económica de los negocios, pues las minas quedan clausuradas o abandonadas, sino a la muerte de personas y desastres ambientales que trascienden generaciones».

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