Criterios de la Suprema Corte sobre aborto obligan a congreso locales a reformar su legislacin

La resolución también impacta a todo el país porque al ser aprobada por más de ocho votos, debe ser acatada por todas las y los juzgadores

Anayeli García Martínez / Cimac Noticias 

Ciudad de México.- Los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alrededor  del derecho a decidir sobre la maternidad son un parteaguas para los derechos de las mujeres porque sacan al aborto del área penal y obligan a los congreso locales y al federal a replantear la actual legislación que criminaliza este derecho.

En menos de un mes, el pleno de la SCJN emitió tres sentencias históricas: en la primera declaró inconstitucional criminalizar el aborto voluntario en el Código Penal de Coahuila y en todo el país; en la segunda declaró inválida la inclusión de la protección de la vida «desde la concepción» en la Constitución de Sinaloa; y en la tercera exhortó al Congreso de la Unión a poner límites a la objeción de conciencia, establecida en la Ley General de Salud.

Estas sentencias, emitidas antes del 28 de septiembre, Día de Acción Global por el acceso al Aborto Legal y Seguro, marcan un hito en el país y en la región, coincidieron la subdirectora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Isabel Fulda Graue; la consultora Raffaela Schiavon Ermani; y la académica Lourdes Enriquez Rosas.

En una mesa de análisis organizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el organismo que impugnó dos de las tres normas que criminalizaban y limitaban el acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, las expertas señalaron que estas resoluciones son un piso sin retorno porque todas las políticas públicas se deben alinear a estos criterios.

Al respecto, la subdirectora de GIRE, Isabel Fulda Graue, recordó que no es la primera vez que la Suprema Corte debate el tema del aborto, pero sí es la primera ocasión que protege el derecho a decidir una manera firme y contundente. En la sesión del 7 de septiembre por unanimidad de 10 votos, el pleno del máximo tribunal declaró inconstitucional el tipo penal de aborto en Coahuila.

Las decisión impacta al Código Penal de aquel estado porque se declara inconstitucional la pena de prisión a las mujeres que se someten a un aborto de forma voluntaria, por lo que ahora el congreso local debe hacer una reforma para dejar clara la legislación en materia de aborto. Sin embargo, Fulda agregó que la resolución también impacta a todo el país porque al ser aprobada por más de ocho votos, debe ser acatada por todas las y los juzgadores.

La defensora explicó que aunque esta resolución no se traduce en la despenalización del aborto a nivel nacional, sí debe desparecer la amenaza de prisión para quienes recurren a este procedimiento. Las y los ministros, agregó Fulda, expusieron argumentos legales, de salud, de situación económica y justicia social para evitar la criminalización de las mujeres.

«Lo que seguiría en este sentido es que los congresos locales atendieran esta sentencia y legislaran en consecuencia, despenalizando el aborto en sus respectivos Códigos Penales, viendo si hay regulación sanitaria, que es importante establecer para garantizar el acceso a servicios», detalló la subdirectora de GIRE, quien agregó que ahora el movimiento feminista tiene más herramientas para exigir una legislación.

La consultora e integrante del Colegio de Biótica, Rafaella Schiavon Ermani, expuso que en términos generales y simbólicos las sentencias de la Suprema Corte sacan al aborto del ámbito del penal y lo dejan como un asunto de derechos y de salud pública. Para la experta, esto es relevante porque la anticoncepción era penalizada en Estados Unidos hasta 1965 para las personas casadas y hasta  1972 para las personas solteras. En el caso de Italia, de donde es Schiavon Ermani, hasta 1961 difundir la anticoncepción estaba en la ley penal.

Los estados se han empeñado en poner la salud sexual y las conductas reproductivas en los Códigos Penales para defender la moral, la raza o la familia, por esa razón, para la experta ,estas decisiones de la Suprema Corte son un paso gigante porque ponen en el centro a las mujeres. Por ejemplo, los argumentos de las y los ministros, retoman el concepto de «autonomía reproductiva», sustentado por el movimiento feminista.

A su vez, la académica de la UNAM, Lourdes Enríquez Rosas, destacó que los criterios de la Suprema Corte tendrán un efecto para lograr la despenalización legal y social del aborto, por ello además destacó el papel de la CNDH, quien escuchó a las movilizaciones feministas que pugnaron por estrategias de «resistencia jurídica» y como organismo automotor impugnó el tipo penal de aborto en el Código Penal de Coahuila y la objeción de conciencia establecida en al Ley General de Salud.

Enriquez Rosas detalló que gracias a los argumentos expuestos por la CNDH y la Procuraduría General de la república, la Suprema Corte robusteció las sentencias a favor de las mujeres. Agregó que hay que esperar la versión final de las sentencias para difundirlas y traducir a la vida diaria y a la cotidianidad los derechos sexuales y reproductivos.

Las expertas esperan que otras instituciones tomen en cuenta las sentencias, porque éstas reflejan los cambios acumulados en los últimos años y las luchas de los movimientos feministas. Actualmente en México se permite el aborto voluntario en la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo; en el resto del país sigue siendo un delito que se castiga con cárcel.

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