Aunque el gobierno dice que es voluntaria, la CURP biométrica será obligatoria desde 2026. La ley ya lo establece y la CURP clásica quedará inservible
AquíNoticias Staff
“Es voluntaria”, dice la presidenta Claudia Sheinbaum. Pero basta leer el decreto publicado el pasado 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación para saber que la CURP biométrica será obligatoria en todo México, con o sin convencimiento político.
Lo que comenzó como una iniciativa para atender temas de desaparición forzada y garantizar el derecho a la identidad, terminó por convertirse —legalmente— en el nuevo documento de identificación nacional, con fuerza de ley, exigible en cualquier trámite público o privado. Y aunque se ha buscado matizar su obligatoriedad en el discurso oficial, los artículos aprobados no dejan espacio a la duda.
El decreto que lo cambia todo
El decreto reforma la Ley General de Población e introduce seis nuevos artículos: 91 Bis, 91 Ter, 91 Quater, 91 Quinquies, 91 Sexies y 114 Bis. El más claro, el Artículo 91 Bis, establece que:
“La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional…”
Eso, en términos simples, significa que la CURP tradicional será desplazada por esta nueva versión biométrica, con rostro, huellas y firma digital incluidas.
¿Cuándo entra en vigor?
- El decreto entró en vigor el 17 de julio de 2025.
- En 90 días (es decir, a mediados de octubre) todas las dependencias deberán tener lista la Plataforma Única de Identidad para expedirla y validarla.
- A partir de febrero de 2026, la CURP biométrica será el único documento válido para realizar trámites oficiales en el país.
Aunque no se ha hablado de una “caducidad” explícita para la CURP clásica, de facto dejará de ser útil, lo que equivale a volverla obsoleta.
¿Entonces es o no es voluntaria?
Aquí está el punto político. Mientras Sheinbaum asegura que no se obligará a nadie y que el trámite será voluntario, la letra del decreto no habla de opción: habla de obligatoriedad legal y universalidad del documento.
El doble discurso es evidente: una narrativa pública que busca suavizar la transición, pero con una estructura legal que obliga. Porque si para ir al banco, a la escuela, al médico o votar, tu CURP clásica ya no sirve, entonces no es una opción. Es una imposición encubierta.
¿Y dónde se tramita?
En módulos del Registro Nacional de Población (RENAPO), Registro Civil, oficinas del INE, o Institutos de Salud para el Bienestar. Los primeros documentos se emitirán a partir de octubre de 2025, según información oficial.
Conclusión
La CURP biométrica sí es obligatoria, aunque políticamente no se le quiera llamar así. Y como sucede con muchas políticas públicas, la verdadera imposición está en la falta de alternativas. Porque sin la nueva CURP, simplemente no podrás hacer trámites. Y sin trámites, no hay derechos.