La «sextorsión» se ejerce al amenazar, chantajear o extorsionar a una mujer con exponer o difundir contenido íntimo sexual
Redacción Noticias
Ciudad de México.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó ampliar en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia el concepto de violencia digital incluyendo el término de “sextorsión”, violencia que se ejerce al amenazar, chantajear o extorsionar a una mujer con exponer o difundir contenido íntimo sexual.
Con 480 votos a favor, la adición al artículo 20 Quáter de la Ley General fue aprobado por el pleno con el objetivo de visibilizar este tipo de violencia y atenderla a través de la generación de políticas públicas y acciones de gobierno. El dictamen fue enviado al Senado para su análisis.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Julieta Vences Valencia, destacó que debe considerarse como violencia digital, “toda acción dolosa de amenazar, chantajear, coaccionar, extorsionar a una mujer con exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios, videos reales o simulados de contenido íntimo sexual, mejor conocido como pack, sin el consentimiento, aprobación o autorización de las mismas, en cualquier ámbito de su vida privada o pública de su imagen propia”.
Vences Valencia destacó que con dichas modificaciones se fortalece la Ley Olimpia, una serie de reformas propuestas por Olimpia Coral Melo, una mujer originaria de Puebla que fue víctima de violencia digital cuando tenía 18 años luego de que su expareja difundiera un video íntimo de ambos.
La diputada aseguró que en los últimos años mujeres, niñas y adolescentes han sido víctimas de estas acciones. Y es que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) 36.4 por ciento de las mujeres de entre 20 y 29 años de edad que utilizaron internet en 2019 fueron víctimas de ciberacoso en los últimos doce meses, frente al 27.2 por ciento de los hombres.
Además, se estima que 70 por ciento de las víctimas son adolescentes y mujeres, por lo que las “afecta de forma desproporcionada por su propio género”.
Cabe recordar que en abril de 2021, la Ley Olimpia avanzó y se incluyó en el Código Penal Federal al aprobarse sanciones a nivel nacional por hasta seis años de prisión con una multa de entre 45 mil a más de 89 mil pesos a quien incurra en el delito de violencia digital.
Sin embargo, Cimacnoticias ha documentado que mujeres que han impulsado esta ley acusan que la falta de sensibilización hacia las personas impartidoras de justicia es una limitante para alcanzar una plena justicia.
“Leyes no es igual a justicia. Necesitamos una transformación profunda del sistema de justicia para que las personas juzgadoras e investigadoras puedan tener una perspectiva de género, una visión y una implementación más innovadora (de este conjunto de normas) que garantice a las mujeres soluciones expeditas”, declaró la defensora de DH e integrante de la colectiva feminista “Luchadoras”, Lulú V. Barrera.
Por lo que en diversas ocasiones han instado al gobierno mexicano y a la sociedad a impulsar y pensar en soluciones posibles para que las mujeres no deban llegar a verse agredidas por este tipo de violencia y se busque prevenir la violencia digital o mediática.