La Fepade pidi rdenes de aprehensin; juez no concedi

Entre filtraciones imprecisas a la prensa y el hermetismo de las partes involucradas, el caso más grande de fraude electoral en Chiapas podría concluir con la exoneración de los exconsejeros electorales indicados como «probables responsables de acción por omisión en la integración de la lista de electores chiapanecos en el extranjero»; Juzgado Segundo declina competencia y turnará el caso al Fuero Común, donde ya es «cosa juzgada»

Rodrigo Ramón Aquino / Portavoz

[dropcap]E[/dropcap]l pasado 7 de febrero de 2017, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) de la Procuraduría General de la República consignó al Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en Chiapas, con sede en Cintalapa de Figueroa, la averiguación previa que venía desarrollando desde diciembre de 2015 en torno al fraude de la elección del diputado migrante y la integración del listado de electores chiapanecos en el extranjero.
Con el estatus de «Probables responsables del delito de acción por omisión en la integración del listado de electores chiapanecos en el extranjero», la Fepade solicitó ese mismo día girar una Orden de Presentación para Jesús Moscoso Loranca, exsecretario técnico del Consejo General del IEPC, y Orden de Aprehensión, no en contra de todos los exconsejeros —como se planteó ayer en este medio a partir de una filtración—, sino de los exconsejeros integrantes del Comité Técnico Especial del Voto de Chiapanecos en el Extranjero.
Para ser precisos y a riesgo de parecer reiterativos, la orden de aprehensión solicitada fue exclusivamente para los exconsejeros Ivonne Miroslava Abarca Velázquez, María del Carmen Girón López, Margarita Esther López Morales y Carlos Enrique Domínguez Cordero. No en contra de la exconsejera presidenta María de Lourdes Morales Urbina ni de la exconsejera Lilly de María Chang, como se manejó ayer.
Y no obstante la solicitud de la autoridad federal, el Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en Chiapas exoneró a Jesús Moscoso Loranca al considerar que en materia penal no existían elementos probatorios de su responsabilidad y vinculación, y en el caso de los exconsejeros indicados como probables responsables de la acción por omisión, declinó su competencia, por lo que se espera que en las próximas horas turne el caso al Fuero Común.
Cabe recordar que en diciembre de 2015, el juez tercero del Ramo Penal del Distrito Judicial de Tuxtla dictó auto de formal prisión en contra de Carlos Alberto Díaz Hernández, representante legal de la empresa DSI Elecciones S.A. de C.V., por delito electoral, fraude y asociación delictuosa. Esto quiere decir, que el presunto delito en mención ya es cosa juzgada en el Fuero Común, de modo que si el caso vuelve a esta instancia, como se prevé ocurra a más tardar el lunes próximo, los exconsejeros indicados serán exonerados porque, como se sabe, un mismo delito no puede ser juzgado dos veces.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *