Luis Fernando Pereyra, un usurpador de funciones

El artículo 47 de la Ley de Transporte en Chiapas estipula que mediante sesión pública el Ejecutivo —siempre por medio de la ST— reconocerá las concesiones de servicio público y sus tarifas cuando así se requiera o lo exija el interés general; los presidentes municipales no tienen facultades, como el de Villaflores pretendió, además que se debe investigar si se incurre en promoción personalizada y partidista

Julieth Rodríguez / Portavoz

[dropcap]E[/dropcap]l presidente municipal de Villaflores, Luis Fernando Pereyra López, pudo haber incurrido en la comisión del delito federal de usurpación de funciones al expedir supuestas placas a transportistas de esa demarcación, tal como lo dio a conocer en días pasados.
Por lo pronto, la Secretaría de Transportes (ST) estatal informó que lo llamará para una reunión en el que explique el suceso; además, se efectuarán las indagatorias para saber con certeza qué es lo que ocurrió en realidad.

La legislación

De acuerdo con el concepto de Usurpación de Funciones Públicas o de Profesión hallado en el Diccionario Jurídico Mexicano —de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Alicia Elena Pérez Duarte—, se trata de la atribución falsa o sin título de una característica que es ajena al sujeto; estipula que es sancionada con pena de prisión de un mes a cinco años, y multa de hasta 10 mil pesos, en tres casos: las funciones públicas, el ejercicio profesional y el uso de condecoraciones o uniformes.
Según la Ley de Transportes del estado de Chiapas (última reforma publicada en el Periódico Oficial: 8 de junio de 2016), en su artículo 6, estipula que es atribución (fracción III y IV) de la ST establecer los medios de transporte en aquellas zonas que carecen de ellos o que se encuentran mal comunicadas; así como satisfacer la demanda de los usuarios de transporte en las zonas urbanas, suburbanas y rurales del estado, con base en los correspondientes estudios socioeconómicos y de factibilidad.
Además, le corresponde fijar las modalidades para la adecuada prestación del servicio, así como modificar concesiones y permisos para la prestación del servicio público de transporte (fracciones v y VI).
En el caso de las expediciones, ese mismo artículo pero en sus fracciones XVII y XVIII establece que se otorgará la regularización por orden judicial, por cesión de derechos hereditarios e invalidez y en los casos que acuerde el titular del Ejecutivo con la Secretaría; o bien, ésta podrá expedirlas de manera discrecional en los casos que acuerde el gobernador del estado.
En el capítulo IV es claro al definir como concesión de servicio público de transporte de carga o pasaje a «la autorización de ruta o zona que emite el Ejecutivo, a través de la Secretaría de Transportes, y que éste a su vez otorga en términos del artículo 47 de la presente ley, a las personas físicas o morales debidamente constituidas en los términos de la legislación respectiva, considerándose a los ejidos y comunidades debidamente inscritos en el registro agrario nacional, en los términos de la presente ley y su reglamento».
Por último, el artículo 47 al que se hace referencia, estipula que mediante sesión pública el Ejecutivo del estado —siempre por medio de la ST— reconocerá las concesiones de servicio público del transporte y sus tarifas cuando así se requiera o lo exija el interés general.

La supuesta expedición

No obstante lo anterior, el 6 de enero pasado, a través de medios locales el Ayuntamiento que encabeza Pereyra López dio a conocer el otorgamiento de laminillas —color morado— a por menos 25 denominaciones en la modalidad de mototaxis.
«Es de suma importancia que ustedes como prestadores de transporte público cuenten con sus placas para poder identificarse, así también esto contribuirá para que los ciudadanos que hacen uso de su servicio puedan contar con mayor seguridad, por ello hoy hago entrega de 1392 placas de 25 grupos de mototaxistas», habría expresado en edil perteneciente al partido Mover a Chiapas.
Asimismo, el comunicado especifica que el alcalde hizo los trámites pertinentes ante la Secretaría de Transportes para que los aglutinados en las asociaciones prestaran el servicio en orden. Incluso, al evento habría asistido el delegado regional de Transporte en la región Frailesca, Juan Carlos Trujillo Gutiérrez.
Se menciona entre los beneficiados a Transporte organizado de Villaflores, San Miguel, CTM, OTUS asociación civil; Nambiyugua Fosich; Ocudfray asociación civil; 24 de Junio; Organización de Sectores en el Estado de Chiapas; Ocompe, Independiente, Nueva Era, Movimiento Nacional por la Esperanza; Socama Verde; Sociedad Cooperativa de Ecotaxis Guadalupanos R.L.; Benito Juárez, Catem, Coapi asociación civil, Sociedad Cooperativa Transporte «Renacimiento 24 de Junio», Sociedad Cooperativa «Emiliano Zapata» Frescch; Jaguar, Dorados de Villa, Transportes Unidos de la Frailesca; Las Gardenias, Proyección Ciudadana y Halcón.

Que siempre no

Por su parte, la Secretaría de Transporte —que preside Mario Carlos Culebro Velasco— aclaró que no hay convenio para el otorgamiento de matrículas para ninguna modalidad de transporte público en el estado, así que no reconoce la entrega de las supuestas laminillas, engomados o distintivo alguno que se efectuó en Villaflores.
«El Comité Consultivo en materia de transportes en coordinación con los órganos gubernamentales no han llegado a ningún acuerdo para realizar acciones de entrega de placas u otros distintivos en ninguna modalidad del transporte público en el estado», advirtió en comunicado.
Asimismo, explicó que en respeto a la autonomía municipal, se invitará a una reunión de trabajo al edil Pereyra López para analizar los alcances de su acto. «De la misma forma se citará al delegado de la región Frailesca para realizar una investigación y esclarecer los hechos», afín de determinar las acciones procedentes para el caso.

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