Matar en defensa propia en Chiapas, un derecho desde 1931

Privar de la vida a alguien en legítima defensa ha estado justificado en el Derecho Penal desde los años 30; el Artículo 25 del Código Penal del Estado señala que todo ciudadano que actúa en defensa de sus bienes jurídicos tiene la facultad de repeler la agresión; sin embargo, no justifica la venganza, pues podría ser llevado ante la ley por intento de asesinato o de consumarse el acto, pagar una pena por ese delito

Elizabeth Marina / Portavoz

[dropcap]L[/dropcap]os linchamientos han dejado de ser una práctica exclusiva de las comunidades indígenas, hoy son vistos como una alternativa de defensa ante la falta de aplicación de la justicia y el ineficaz combate al crimen en el estado.
Hay quienes afirman que la justicia por propia mano no es sino una barbarie y una acción injustificable; no obstante, especialistas consideran que es una conducta derivada de la ausencia del Estado de Derecho, la impunidad y el incumplimiento de la autoridad.
En la capital de Chiapas van en aumento las mantas y lonas colocadas en los barrios y colonias de la ciudad con advertencias de este tipo: «¡si te agarramos te linchamos!», y que surgen ante la falta de respuesta a las exigencias de mayor seguridad por parte de la ciudadanía.
Lo que la mayor parte de la población ignora es que el Código Penal del Estado, en su Artículo 25 apartado B de las Causas de Justificación en su Fracción II, dice que actúa en legítima defensa aquel que agrede a una persona en defensa propia, siempre y cuando sea por una agresión real; lo que significa que el sujeto haya golpeado, robado o atacado.
El Código indica que para atacar en defensa propia la agresión debe ser actual o inminente, pues en caso de ser un hecho pasado se convierte en venganza y, por lo tanto, es penado por la ley.
El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Chiapas (Unach), Nimrod Champo Sánchez, explicó que el privar de la vida a alguien en defensa propia ha sido justificado en el derecho penal desde 1931; y agregó que ante la creciente delincuencia en la entidad no hace falta modificar la ley sino aplicarla.
El especialista detalló que aunque el Código Penal permite atacar a quien esté ocasionando un daño inminente, la ley es clara y específica respecto a los casos en que puede llegar a usarse un arma blanca o de fuego.
Lo que el código intenta decir es que el ciudadano puede defender sus bienes jurídicos (patrimonio, honor o vida) de cualquier manera, siempre y cuando la agresión no la haya provocado él, para defenderse es necesario que el ciudadano use la racionalidad en la defesa, es decir, que se utilicen los medios menos dañinos.
«Si tienes para escoger entre un arma de fuego o un arma blanca, es preferible que uses el arma blanca; aunque la ley no especifica que sea necesaria la igualdad de circunstancias, si el agredido opta por usar un arma de fuego y disparar, es completamente válido.»
Por el contrario, el exceso es penado por la ley; si el agresor ya ha caído al suelo, herido por algún tipo de arma, el agredido debe llamar a las autoridades correspondientes y no intentar herir aún más al agresor, de hacerlo, este sería llevado a juicio por intento de asesinato o de consumarse el acto, pagar una pena por ese delito.
«No hay nada nuevo bajo el sol, esto siempre ha existido pero muchos ciudadanos e incluso muchos diputados ignoran este apartado del Código Penal.»
Es importante aclarar que el Código Penal del Estado de Chiapas no justifica la venganza sino que permite el daño en defensa propia.
«Si alguien me robó ayer no puedo llegar hoy a golpearlo ni mucho menos matarlo, porque ya no estaría actuando en legítima defensa sino en venganza y la Constitución nos dice que nadie puede hacer justicia por su propia mano».

Caso Nuevo León

Hace unos días, el Estado de Nuevo León modificó su código penal, concretamente el artículo que regula la legítima defensa y detalla que cualquiera que dañe, lesione, o incluso mate a un asaltante será igualmente inocente.
La noticia se extendió en los medios de comunicación y sorprendió a muchos ciudadanos, lo que el especialista Nimrod Champo calificó como un mal manejo periodístico que puede generar confusión y desatar una preocupante ola de venganzas a nivel nacional.
No hay que olvidar que Chiapas es un referente nacional de linchamientos consumados o casos de justicia por propia mano, por lo que el especialista calificó la nueva reforma de Nuevo León como una amenaza para el resto de las entidades.
Dijo que la modificación tuvo que ser hecha por una persona que ignora por completo el Código Penal, «la iniciativa fue impulsada por una persona que no entiende, que no ha estudiado o que no conoce el derecho penal; es decir, un completo ignorante».
Anteriormente el Código se refería «al que cause cualquier daño a un extraño a quien encontrara dentro de su hogar», sin embargo, el Congreso de dicho estado aprobó añadir dos nuevos supuestos, «lesionar» y «privar de la vida».
«No entendieron la palabra daño, en derecho esta palabra se refiere a una agresión o poner en peligro a cualquier bien jurídico, por lo tanto, el diputado que llevó a cabo la iniciativa no tenía la más mínima idea de lo que el Código especificaba, por lo que agregó dos conceptos innecesarios.»

Consecuencia de la ausencia de un sistema de justicia eficaz

«La ley es correcta, lo único que sucede es que no la estamos aplicando bien o que el encargado de hacerlo no está capacitado», expresó el investigador.
Destacó tres graves problemas que están ocasionando ingobernabilidad en el estado: en primer lugar posicionó a la corrupción, ya que, dijo, la mayor parte de los órganos encargados de procurar y administrar justicia están corrompidos por grupos delictivos; en segundo lugar está la falta de capacitación o capacitación errónea, lo que deriva en falta de apoyo a las víctimas; finalmente la dinámica social a la que nos enfrentamos, dado que la creciente población genera menor tolerancia y repetidas fricciones en la sociedad.
La vía alterna para frenar el hartazgo social y mermar el incremento de vecinos organizados con intenciones de linchar a quienes hurten en las calles es una política de prevención, generada a través de salariaros justos y la educación; «es necesario que tengamos una ciudadanía informada, deportista y culta para evitar que más ciudadanos recurran a la delincuencia como alternativa fácil para salir de la pobreza».
Asimismo señala como necesaria la creación de una política criminal de información que evite que la sociedad piense que puede vengarse y asesinar a quienes hagan daño a otros sino que comprendan que la defensa propia siempre ha estado permitida pero con ciertas limitaciones.

Reacciones en el congreso de Chiapas

En entrevista, algunos diputados locales dieron a conocer su punto de vista en torno a la nueva reforma en Nuevo León.
La diputada Cecilia López Sánchez recalcó los casos que se han presentado en el estado pero recordó que en el centro de las comunidades indígenas existe un propio sistema de aplicación de justicia, por lo que consideró prudente revisar cómo el estado podría fortalecer esa parte.
Aunque no negó que aprobar una ley de este tipo podría ser benéfica al estado, dijo que sí podría generar consecuencias, por lo que sería necesario analizar bien los puntos antes de aprobar algo así.
«Cada estado va desarrollando sus leyes ante la situación que se vaya presentando, creo que para aprobar una ley así habría que analizar distintos puntos, los usos y costumbres priorizan el dialogo y la negociación pero sabemos que cuando las condiciones se complican han ocurrido casos fatales».
Por su parte, Carlos Penagos Vargas, se dijo totalmente en contra de aprobar una ley que permita ejercer libremente la justicia por propia mano ya que supondría un desorden social, «yo no creo que sea una alternativa ante la inseguridad, por el contrario, considero que esto desataría la violencia en toda la entidad y sin duda, la ingobernabilidad».

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