No querian pagar, pero ya ni modos

Acerca de la reducción de prerrogativas a partidos en Chiapas: «el Pleno de la Sala determinó revocar lisa y llanamente la sentencia del Teech, así como dejar sin efectos todos los actos que se hayan emitido en acatamiento o en sustento en dicha resolución»

Julieth Rodríguez / Portavoz

[dropcap]S[/dropcap]e le tendrá que reintegrar aproximadamente 85 millones de pesos a los partidos políticos en Chiapas, luego que la reforma al artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana (Ceypc) redujera por lo menos al 50 por ciento sus prerrogativas en el presupuesto 2017. Esto, luego que Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocara la resolución de su homólogo estatal.
El día 28 de febrero pasado, el TEPJF derogó, por mayoría de votos, la determinación del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (Teech) que invalidó el acuerdo IEPC/CG-A/009/2017 emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC).
En ese acuerdo, la autoridad electoral local ratificó la cantidad de 157 millones 36 mil 491 pesos con 52 centavos como el monto establecido de financiamiento público a distribuirse entre los institutos políticos con registro en Chiapas en el ejercicio 2017, en concordancia con la fórmula constitucional. Advertía también que no podía una autoridad local contravenir lo mandatado por la Federación.
No obstante, los diputados de Chiapas aprobaron la iniciativa de decreto que modificaba el artículo 91 de Ceypc, que disminuía este presupuesto.
Si bien se presentaron recursos legales ante el Teech, esta autoridad favoreció la reducción del monto, por lo que en enero pasado, el Consejo General del IEPC cumplió la resolución TEECH/JI/009/2017 (emitida el 29 de diciembre), donde se le ordenaba redireccionar el financiamiento público 2017 para los partidos políticos, para quedar en un monto de 72 millones 465 mil 659 pesos con 84 centavos; menos de la mitad de los 157 millones 36 mil 491 pesos con 52 centavos que originalmente se calcularon.
Ahora, mediante boletín de prensa, el TEPJF explicó que el Teech debió suspender «el juicio local debido a que la aplicación del artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, relativo al financiamiento ordinario de los partidos políticos, modificado a través del Decreto No.128 de 1º de febrero de 2017, quedó abrogado por la publicación del nuevo Decreto No.181 de 14 de junio del mismo año, por el que se expidió un nuevo código electoral».
«De ahí que, en observancia a la reforma electoral chiapaneca, se determinó que el Teech debió considerar que el citado Decreto No. 128 a¿del 29 de diciembre de 2017, fecha en que se emitió la sentencia impugnada, no se encontraba vigente y por lo tanto, no podía exigir al IEPC que ajustara el acuerdo impugnado con base a una norma abrogada.
«Por ello, el Pleno de la Sala determinó revocar lisa y llanamente la sentencia del Teech, así como dejar sin efectos todos los actos que se hayan emitido en acatamiento o en sustento en dicha resolución», añadió.
En el acuerdo IEPC/CG-A/002/2017, que data de enero del año pasado, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, determinó que de los más de 157 millones de pesos a otorgarse en el ejercicio 2017 para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos, se distribuiría así:
PAN: $13, 694,907. 90
PRI: $30,959, 264.22
PRD: $13,759, 214.34
PVEM: $47,455, 350.91
CHIAPAS UNIDO: $16,755, 674.75
MORENA: $17,554, 723.53
MOVER A CHIAPAS: $16, 857, 355.87

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