Las personas migrantes deberán figurar en los primeros 10 lugares de cada listado, respetando el principio de paridad
Aquínoticias Staff
El Instituto Nacional Electoral (INE), en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó los Criterios Aplicables para el Registro de Candidaturas a Diputaciones por ambos principios que presenten los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, para incluir una fórmula de candidaturas migrantes en los primeros 10 lugares.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, mencionó que cambiar las reglas del juego una vez que éste ha iniciado va en contra del principio de certeza al que están obligadas todas las autoridades electorales, por más que se quiera maximizar derechos.
«El problema no son los qués, yo coincido con la maximización del derecho, el problema son los cómos y creo que no están maximizándose los derechos de la mejor manera, sobre todo por las contradicciones y los absurdos conceptuales que esta decisión está trayendo consigo».
La representación democrática -agregó Córdova- está sustentada en el voto y hoy estamos dándole representación a representantes de una comunidad que no los puede votar.
«El absurdo es todavía mayor, va a haber representantes de migrantes y qué bueno que los haya, nada más que no los van a votar los migrantes, ningún migrante va a poder votar por sus representantes, los vamos a votar los que no somos migrantes».
Esto se puede resolver de manera muy sencilla, indicó el Consejero Presidente, dándole el derecho a los migrantes para votar por representantes también en la elección de diputados, pero la Constitución no lo prevé. «Hicimos las cosas al revés, y la maximización de derechos, para que efectivamente sea tal, tiene que ser congruente, no es maximizar derechos por maximizar derechos, porque podemos provocarle al sistema democrático un daño que puede acabar provocando que esa maximización de derechos termine posponiéndose indefinidamente».
Se debe reconocer la importancia de las y los mexicanos en el exterior
Por su parte, la Consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del INE, señaló que, si bien la sentencia y la medida sin duda llega tarde en este proceso electoral, también se debe reconocer la importancia de las y los mexicanos residentes en el exterior y la necesidad de integrarlos en la vida pública del país, además de que es un mandato derivado de diversos instrumentos internacionales.
«Es momento de caminar más lejos en los derechos políticos y electorales de las y los migrantes. Sin duda, además, se requieren reformas al marco electoral que faculte esta participación. Es momento de transitar ya a una representación en el Congreso de la Unión para las y los migrantes, es decir, establecer diputaciones migrantes».
La determinación se da porque los partidos han sido omisos desde hace 10 años
La Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, explicó que es importante dar cauce a los derechos de las personas para hacer viable su ejercicio.
Indicó que los partidos tienen razón en cuanto a la tardanza de la medida; sin embargo, ellos han sido omisos durante 10 años para legislar al respecto.
«Los partidos políticos, sus militantes son los que integran la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, ellos son el conducto por el que llegan nuestros representantes populares y la pregunta es, a 10 años de una reforma pro derechos humanos, el artículo 1° constitucional, ¿qué han hecho nuestros representantes?», cuestionó.
Contradicción que las y los residentes en el exterior puedan ser votados, pero no tengan derecho a votar
Los mexicanos residentes en el exterior tienen derecho al voto en las elecciones federales para la Presidencia y el Senado, no para la Cámara de Diputados. Por lo mismo es que no hay Lista Nominal en el exterior para las elecciones a la Cámara, así el Tribunal mandata que haya representantes sin votantes, expresó el Consejero Ciro Murayama.
«De esta forma, habrá ciudadanos con derecho a ser votados, pero sin derecho al voto; búsquese ejemplos, casos en el mundo entero y dudo que se encuentre tal excepcionalidad, no hay derecho al voto, pero sí a la representación».
Bienvenida la expansión de derechos de los migrantes, agregó Murayama, pero es una decisión de la soberanía reflejada en el Congreso. «Hágase bien, no de forma tardía, ni invadiendo facultades de otros poderes».
Sentencia del TEPJF contradice sus propias determinaciones previas
La Consejera Dania Ravel argumentó que la adopción de esta medida ordenada por la Sala Superior contradice otras que el mismo órgano ha tomado previamente en materia de inclusión de acciones afirmativas.
Anteriormente, la Sala Superior estableció que en caso de que se pretendieran adoptar medidas afirmativas adicionales a las establecidas en la legislación, el momento idóneo para implementar este tipo de acciones, en el caso de las autoridades administrativas electorales, es previo al inicio del proceso electoral o del desarrollo de los procedimientos de selección de candidaturas, disposición que el propio TEPJF no ha considerado.
La Consejera Ravel añadió que el Tribunal ha impuesto al INE la carga de justificar la medida de manera suficiente. «La carga de motivar exhaustivamente una medida afirmativa no debería ser sólo aplicable a las autoridades administrativas electorales, las autoridades jurisdiccionales deberían aplicar en ellas mismas los parámetros de exigencia que imponen a otros».
Importante analizar los resultados y alcances de las acciones afirmativas
El Consejero Martín Faz recordó que la implementación de acciones afirmativas debe acompañarse de elementos objetivos que permitan analizar la efectividad de la medida que, para el caso, deberá traducirse en la representación de los intereses de las mexicanas y los mexicanos radicados en el extranjero, en la Cámara de Diputados.
Por ello, dijo, es importante que el INE, una vez terminado el proceso electoral en curso, realice los informes, estudios, foros y consultas que sean necesarios para conocer los resultados y alcances de las acciones afirmativas acordadas, con el propósito de contar con evidencia sobre su eficacia y brinde una guía para la implementación de nuevas medidas en el futuro.
«Sólo con una reflexión de este tipo podremos asegurarnos que estas acciones afirmativas están cumpliendo con su finalidad y están llegando a sus verdaderos destinatarios», sentenció.
Con el acatamiento de esta sentencia avanzamos en la participación de las y los connacionales
La Consejera Norma De la Cruz señaló que, con este acatamiento, se da un paso más en el camino para reconocer de forma plena los derechos político-electorales de las personas mexicanas residentes en el extranjero y personas mexicanas migrantes, ya que esta medida se suma a las que desde hace varios años el IFE y ahora el INE ha implementado en favor de este grupo de población como la credencialización, su inclusión en la Lista Nominal y la promoción de su voto.
«Todas estas medidas son importantes pero insuficientes, por lo que a través de la acción afirmativa que adoptamos hoy para la postulación de diputaciones federales por el principio de representación proporcional, en los primeros 10 lugares de cada una de las cinco circunscripciones, como una medida temporal, razonable, proporcional, objetiva y orientada a la igualdad material, se busca compensar la situación de desventaja y revertir la condición de desigualdad histórica que han padecido las personas mexicanas migrantes y residentes en el extranjero, con miras a que nuestros espacios de representación política sean un reflejo de la diversidad que conforma la sociedad mexicana».
La medida afecta severamente la autodeterminación de los partidos
El Consejero Jaime Rivera manifestó que ésta, es una medida tardía por parte del Tribunal, que tiene muchas consecuencias que afectan las decisiones que han tomado ya los partidos políticos.
«Se trata de un momento, cuando ya concluyeron las precampañas, cuando han realizado aparte de los acuerdos políticos internos, en algunos casos con otros partidos con los que media coalición para ir conformando sus candidaturas, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional».
«Hacerlo ahora, como lo ordena el Tribunal, afecta severamente la autodeterminación de los partidos, para decidir sobre la composición potencial de su representación parlamentaria», destacó Rivera.
Despojar a 100 mujeres y hombres es un abuso de autoridad y un despropósito
Despojar a 100 mujeres y hombres de sus posiciones en las listas de representación proporcional de todos los partidos políticos, es un abuso de autoridad y un despropósito para el desarrollo de la democracia, aseveró el Consejero Uuc-kib Espadas.
«Imponer criterios sobre las personas que deberán ser incluidas en cada lista de representación proporcional a los partidos, sin duda revela un profundo desprecio para la militancia partidista, la función de los partidos, el mérito personal de las ciudadanas y ciudadanos que, a lo largo de años, en algunos casos de décadas, a través de equipos y no en lo individual, habían ya logrado posicionarse en las listas de sus respectivos partidos políticos».
La sentencia que se ejecuta, añadió el Consejero Espadas, se tomó sin existir ningún tipo de análisis fáctico de lo que se pretende.
Acciones afirmativas son necesarias
Al argumentar su acuerdo con las acciones afirmativas, la Consejera Adriana Favela resaltó la necesidad de tener personas en la Cámara Baja que puedan llevar acciones a favor de las personas migrantes.
«Al ser México un país con tantas personas en diferentes circunstancias, pues tenemos que tener una representación, obviamente, en la Cámara de Diputados. Y de ahí surgió la necesidad de tener las acciones afirmativas, porque, precisamente, hay grupos que están discriminados, que no han sido adecuadamente representados y aunque tenemos representantes populares, no se hacen cargo de los temas que implican a cada uno de estos sectores de la población».