Persiste ignorancia para reconocer tipo penal de feminicidio: Karla Micheel Salas

A diario se asesina a más hombres que a mujeres, la diferencia radica en que ellos son asesinados en su mayoría en enfrentamientos cuerpo a cuerpo por otros hombres, mientras que las mujeres son asesinadas en condiciones de sometimiento

Angélica Jocelyn Soto Espinosa / Cimac Noticias 

Ciudad de México. La persistencia de una profunda ignorancia sobre las implicaciones y las condiciones en las que son asesinadas mujeres y niñas en América Latina es el origen de las resistencias entre el funcionariado para reconocer la importancia del tipo penal de feminicidio.

Así lo expresó la abogada feminista Karla Micheel Salas durante la mesa de análisis «Reflexiones en torno a la tipificación del feminicidio en México», convocada por el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), cuyo titular Gerardo Laveaga Rendón, dijo en abril pasado que el tipo penal de feminicidio «sólo obstaculiza el trabajo de los fiscales» y es «complicadísimo» de comprobar.

Micheel Salas –quien ha litigado, entre otros casos, el Campo Algodonero– explicó que el feminicidio como tipo penal responde a una demanda histórica del movimiento de las mujeres y feministas, cuyo mensaje es: «la vida de las mujeres importa y le tiene que importar al Estado».

Explicó que es consecuencia de una serie de instrumentos internacionales que –guste o no– deben ser cumplidos por México, como la Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las mujeres (Belém Do Pará).

La experta en derechos de las mujeres agregó que no se puede negar que en América Latina, en México, las mujeres son asesinadas por el simple hecho de ser mujeres y que no se trata de una cuestión ideológica, es una realidad reconocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hizo un análisis jurídico del contexto para establecer criterios para diferenciar los asesinatos de mujeres por razón de género del resto de asesinatos; para ello, las autoridades deben revisar el contexto, el tipo de violencia que sufrió y la vulnerabilidad de las propias víctimas.

Micheel Salas también argumentó que aunque diariamente se asesina a más hombres que a mujeres, la diferencia radica en que ellos son asesinados en su mayoría en enfrentamientos cuerpo a cuerpo por otros hombres, mientras que las mujeres son asesinadas en condiciones de sometimiento. Una de cada cinco mujeres muere a manos de su agresor, quien utiliza armas punzocortantes, asfixia o quemaduras.

Diez por ciento de asesinatos de mujeres son cometidos contra niñas. Además, las mujeres jóvenes entre 15 y 30 años, y las mayores de 60, también están en mayor vulnerabilidad. Los asesinatos van acompañados de otras violencias: la sexual o la exposición del cuerpo en el espacio público.

¿Quiénes son los victimarios?, preguntó la especialista. En 80 por ciento de los asesinatos de mujeres, son hombres con quienes la víctima tenía cierto tipo de relación,  son sus parejas.

Ley de las Mujeres es «abusiva» con los hombres: diputada Elsa Méndez 

Tres de cinco panelistas coincidieron en que el tipo penal de feminicidio debía desaparecer, entre ellos el historiador Pedro Cobo, especialista en historia de las ideas; la investigadora de la Universidad Autónoma de Sonora, María Delgadina Venezuela; y la diputada en Querétaro, Elsa Adané Méndez Álvarez.

Ésta última — que declaró en julio pasado que «dios le dio la misión de defender la vida» y enfrentó un juicio para ser expulsada del Congreso por promover discursos de odio– aseguró que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia está «mal llamada» y que representa uno de los mayores «atentados legislativos contra la democracia y el Estado de derecho que se haya perpetrado en México».

La Ley de las Mujeres –nacida en 2007 tras reconocer el contexto feminicida en Ciudad Juárez, Chihuahua, y que describe las distintas modalidades y ámbitos en los que ocurre la violencia contra las mujeres–  es «una solución seudojurídica que vulnera principios jurídicos esenciales como la presunción de inocencia y la no discriminación por razón de sexo. Bajo su amparo, no se aplica la misma norma en caso de que sea el hombre el denunciante y la mujer el denunciado, y está igualmente penada la agresión de un hombre a una mujer que la de mujer a un hombre. Como toda legislación que privilegia a una parte de la población respecto de otra, estimula el abuso» aseguró la diputada.

El resto de los panelistas coincidieron con la diputada al decir que en la práctica el tipo penal del feminicidio no ha logrado disminuir el asesinato de mujeres, que se trata de una ley anticonstitucional que discrimina a los hombres, que es una respuesta a la presión política e ideológica de un grupo de mujeres, y que esta ley ha privilegiado a las mujeres para ostentar la patria potestad de las y los hijos en casos de divorcio.

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