Piden transparencia para pueblos indigenas

La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas debe dar a conocer la información sobre los procesos de consulta a pueblos indígenas efectuados entre 2003 y 2015, por instrucción del INAI

Portavoz / Agencias

[dropcap]L[/dropcap]a Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) debe dar a conocer la información sobre los procesos de consulta a comunidades y pueblos indígenas efectuados entre 2003 y 2015.
Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), cuya decisión fue tomada por el pleno a propuesta de la comisionada Areli Cano Guadiana.
Ante sus pares, Cano Guadiana explicó que un particular solicitó la relación de consultas hechas por la CDI entre abril de 2003 y abril de 2016, con precisiones de lugar, nombres de los consultados, así como solicitud, autorización, metodologías, actividades y acuerdos alcanzados, detalló el INAI en un comunicado.
La dependencia dio respuesta respecto a los procesos realizados de 2011 a 2015 y adelantó que actualmente prepara otras dos consultas y, sobre los documentos comprobatorios, señaló que era difícil entregarla porque algunos de sus archivos administrativos están inactivos.
El solicitante se inconformó e indicó que la CDI no respondió respecto a los tiempos de su petición, a lo cual, en alegatos, la instancia explicó que sólo está obligada a resguardar información de cinco años atrás.
Asimismo, proporcionó la relación de consultas efectuadas en dicho periodo, con el desglose de lugar, tema y comunidades involucradas. Respecto a los documentos generados, agregó que no contaba con recursos para hacer una búsqueda detallada.
Pero al explicar el caso ante el pleno, la comisionada recordó que los pueblos y comunidades indígenas tienen el derecho a ser consultados, según sus costumbres y tradiciones, sobre toda medida administrativa o legislativa que les afecte.
Además, se advirtió que el organismo no realizó una búsqueda exhaustiva, al no turnar la solicitud a todas las áreas competentes y se determinó que tampoco acreditó la baja documental de los archivos de abril de 2003 a 2010.
Aunado a lo anterior, se verificó que en su página de Internet existen referencias a procesos de consulta que no fueron señalados, por lo que no se tiene certeza de que el requerimiento informativo haya sido satisfecho en su totalidad.
Por ello, el pleno del INAI modificó la respuesta de la comisión y le instruyó hacer una búsqueda completa de los registros de las consultas efectuadas de 2003 a 2015, y aclararle que únicamente participó como Órgano Técnico Asesor en aquellas emprendidas en 2016.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *