Recorte a partidos ya fue aprobado por el Congreso

Sin notificación oficial al IEPC y sin pronunciamiento alguno por parte de los dirigentes de los partidos con registro en el estado, la iniciativa de decreto que modifica el artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana fue aprobada fast track por la LXVI Legislatura en periodo extraordinario; la reducción podría llegar a un 60 por ciento, de acuerdo con el presidente de la Mesa Directiva del Congreso local

Julieth Rodríguez / Portavoz

[dropcap]N[/dropcap]ingún representante de los partidos políticos con registro en la entidad (ni siquiera los de oposición) se ha pronunciado respecto a la reducción de las prerrogativas que reciben. No obstante que el gobernador Manuel Velasco Coello aseverara, en su Cuarto Informe, que enviaría al Congreso del Estado una iniciativa para disminuir los montos a los partidos en años no electorales, la propuesta ya fue aprobada.
En el Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, los diputados de Chiapas aprobaron la iniciativa de decreto que reforma el artículo 91 de Código de Elecciones y Participación Ciudadana (CEyPC), acerca de la disminución los presupuestos y recursos financieros para los institutos políticos en Chiapas.
Entrevistado por el canal oficial acerca de la disminución, el presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Ramírez Aguilar, expresó: «Sería hasta un 60 por ciento, podría ser, eso ya depende del criterio que se maneje en el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana pero creo que es una decisión correcta».
Ramírez vertió estas declaraciones una tarde antes que el mandatario estatal presentara su Cuarto Informe de Gobierno ante la LXVI Legislatura. El 29 de enero, aunque Velasco anunció su pretensión de ingresar la iniciativa, a la luz de esta nueva evidencia se constata que de hecho ya la había enviado y un día antes tuvo la resolución a favor del Legislativo estatal.
Es decir, ante la inminente presentación del Cuarto Informe de Gobierno, el Congreso del estado discutió y aprobó la iniciativa de decreto para reducir el financiamiento de partidos. Así lo consigna el boletín de prensa emitido el 28 de enero por la oficina de Ramírez Aguilar, donde se lee que en efecto, se autorizó la disposición en la materia (artículo 91, CEPC) como parte del orden del día. No consignó una línea más al tema en todo el contenido de la información emitida. Además de la nimia información oficial, ningún otro medio de comunicación dio cobertura al hecho; a excepción del canal oficial del gobierno del estado.

Discrecionalidad

Las acciones en torno a esta aprobación se han manejado con discrecionalidad e incluso en el portal del Congreso del Estado no hay material que constate el estudio, consenso y condiciones en el que se dio entrada a la disposición.
Solamente un boletín del Congreso del estado (con fecha del 25 de enero anterior) advierte que se discutiría la modificación. Menciona que debido a que Velasco presentaría su informe, la Comisión Permanente —presidida por la diputada Patricia del Carmen Conde Ruiz— convocaba a este Primer Periodo Extraordinario de Sesiones que inició ese sábado 28 a las 13:00 horas. Entre otros temas, se desahogaría la «Iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas», se lee en el escrito.
Con tanto hermetismo han manejado el caso, que en su comparecencia ante la Comisión de Hacienda del Congreso local, el secretario de Hacienda estatal Humberto Pedrero Moreno sólo hizo mención —a manera de reconocimiento— de que el gobernador envió al Congreso la iniciativa para reducir el gasto a partidos en años no electorales (Proceso, 1 febrero). Para esa fecha, se cumplían tres días de su autorización.
Al consultar el portal web de la Cámara local (apartado Trabajo Legislativo), entre las iniciativas aún no figura el proyecto. Además de esas nimias menciones de otros actores en la escena política, nada se sabe al respecto. El 28 de enero no se emitió boletín, a pesar del reinicio de la actividad de la actual Legislatura; en el apartado de Acciones Legislativas 2017, aún no hay registro; el último punto de acuerdo al que remite el espacio virtual es a uno fechado el 10 de noviembre de 2016.
Entre los dictámenes, no se menciona este decreto recién autorizado; el último del que se hace mención data del 30 de diciembre anterior; no hay acta de sesiones desde noviembre; el último orden del día «colgado» en la página es la sesión ordinaria del 30 de diciembre. En la videoteca legislativa, hay material audiovisual de la Comisión Permanente hasta la sesión del 11 de enero pasado. Nada del 28 o el 29 de enero. Por ello, hasta el cierre de la información de ayer, no se supo que la propuesta ya estaba aprobada.

¿Qué dice la ley?

Sin acceso al contenido en forma de la iniciativa que presentó el Ejecutivo estatal, se desconoce el extracto del artículo sujeto a modificaciones y en esencia, lo que dispone esta reciente directriz sobre cómo debe actuar el organismo público local electoral en este nuevo marco normativo, en cuanto a la repartición de las prerrogativas para los partidos con registro a nivel estatal.
El artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana (publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de junio de 2016), dice a la letra:

Durante el mes de enero de cada año, el Consejo General fijará el monto del financiamiento público anual para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, que recibirán los partidos políticos.
(SE REFORMA MEDIANTE P.O. NUM. 117 DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2014.)
Dicho monto se determinará multiplicando el número de ciudadanos inscritos en el padrón local a la fecha de corte de julio de cada año, por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente en el Estado.
El financiamiento público anual que resulte de la aplicación de la fórmula prevista en el párrafo anterior, deberá repartirse conforme a las siguientes reglas:
I. El treinta por ciento de la cantidad total que resulte se entregará en forma igualitaria a los partidos políticos con representación en el Congreso del Estado.
(ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. NUM 267 DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 2010)
(SE REFORMA MEDIANTE P.O. NUM. 117 DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2014.)
II. El setenta por ciento restante, se distribuirá según el porcentaje de la votación que hubiese obtenido cada partido político con representación en el Congreso del Estado, en la elección de Diputados inmediata anterior.
Las cantidades que en su caso se determinen para cada partido, serán entregadas en ministraciones mensuales conforme al calendario presupuestal que se apruebe anualmente.
(SE REFORMA MEDIANTE P.O. NUM. 117 DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2014.)
Cada partido político deberá destinar anualmente por lo menos el dos por ciento del financiamiento público que reciba para el desarrollo de las actividades específicas a que se refiere el artículo 93 de este Código.
(SE REFORMA MEDIANTE P.O. NUM. 117 DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2014.)
Para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, cada partido político deberá destinar anualmente, por lo menos, el tres por cierto del financiamiento público ordinario.

Sin embargo, tal como explicó la especialista en Finanzas y columnista de Crónica, Rosa Gómez Tovar, a raíz de la reforma electoral de 2014 se comenzó un proceso de homologación de las legislaciones electorales locales con la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) federal, donde se estipula la fórmula para repartir los montos a esos institutos, que retomó de la Constitución mexicana: Multiplicar el 65 por ciento de la unidad de medida y actualización o UMA (antes, el salario mínimo) por el número de empadronados. Esto originó que las bolsas económicas de los partidos, en muchos casos, se disparara.
Antes de esta homologación, cada Congreso local decidía de qué forma y qué suma entregaba a los institutos políticos. Ahora, por ley constitucional deben replicar la fórmula a su contexto —tal como se ha explicado en anteriores entregas—, por lo que los partidos reciben recursos a nivel federal a través del Instituto Nacional Electoral (INE) y en cada entidad federativa, por medio de los organismos públicos locales. En el caso de Chiapas, por parte del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Chiapas.
El hecho de aprobar una reforma al CEPC no armonizada con la fórmula federal contraviene la Carta Magna, así que se trataría de una medida anticonstitucional que puede ser sujeta a impugnación ante el Tribunal Electoral y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Lo que el Ejecutivo estatal sí puede hacer es mandar una iniciativa donde proponga una reforma constitucional para modificar la fórmula, que a su vez tendría que ser autorizada por el Poder Legislativo estatal para que éste lo turne al Congreso de la Unión, donde las dos Cámaras —senadores y diputados— debatirían su viabilidad y de no haber objeciones, pasaría al presidente de la República a fin de hacer lo sucesivo.

No han sido notificados

Inmediatamente a la autorización de la iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 91 del CEPC de Chiapas debió notificarse, de manera obligatoria, a las autoridades electorales correspondientes. Aunque se buscó tanto a representantes del INE en el estado como del IEPC, nadie quiso emitir posicionamientos o declaraciones respecto a la aprobación de la iniciativa.
En el caso del INE, uno de los voceros dijo que el tema «es cancha» del IEPC porque se trata del presupuesto de los partidos con registro estatal. De manera extraoficial se supo que incluso en el órgano local desconocían que la iniciativa ya había sido avalada por el Congreso Estatal; asimismo, que hasta el momento no hay notificación alguna en sus oficinas respecto a la disposición.
Mientras que el INE anunció 4 mil 059 millones 213 mil 905 pesos a los partidos con registro nacional, el IEPC informó el 17 de enero pasado que se etiquetaron 157 millones 036 mil 491 pesos como recursos para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los siete institutos políticos acreditados ante ese organismo. No especificó los montos exactos para cada uno pero tienen registro ante el IEPC: el PAN, PRI, PRD, PVEM, Morena, Chiapas Unido y Mover a Chiapas.
Es decir, en Chiapas, el INE y el IEPC otorgarán de manera conjunta 3 mil 182 millones 721 mil 762 pesos a las fuerzas políticas. De esa cifra, 3 mil 025 millones 685 mil 271 serán otorgados por la instancia federal.
Ahora bien, cabría la posibilidad de plantearse —sin conocer el contenido de la reforma— si la iniciativa presentada por el Ejecutivo estatal y aprobada por la LXVI Legislatura modificará el monto de lo aprobado por el Consejo General del IEPC, en enero pasado; esta cifra es sólo para gasto ordinario, ya que en periodo de elecciones los montos se incrementan a razón del proceso, como el venidero de 2018. Aunque 2017 no es año de comicios, el periodo electoral inicia en septiembre, por tanto, se desconoce si esta iniciativa de decreto aprobada entrará en vigor este año o será efectiva hasta 2019.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *