Revoca el Teech oficios y resoluciones del IEPC

El Tribunal Electoral de Chiapas ordena al IEPC rehacer resoluciones sobre partidos políticos y sanciones por violencia política y promoción personalizada, por fallas legales y procedimentales

AquíNoticias Staff

En sesión pública celebrada este 8 de julio, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) emitió diversas sentencias en las que revocó, modificó o confirmó resoluciones del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), por considerar que algunas de ellas no respetaron el marco legal o carecían de fundamentación suficiente.

En el juicio TEECH/JDC/026/2025, promovido por Christian Acosta Rivera contra un oficio emitido por la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas del IEPC sobre el proceso de liquidación del partido Chiapas Unido, el Pleno determinó que dicha Dirección no tenía competencia para emitir esa respuesta. Por ello, el juicio fue reencauzado como recurso de apelación y se revocó el oficio impugnado, al considerarse que se violaron los principios de certeza y legalidad.

Asimismo, en el recurso TEECH/RAP/022/2025, el Tribunal resolvió revocar un acuerdo del Consejo General del IEPC del 22 de mayo relacionado con sanciones económicas al partido Redes Sociales Progresistas Chiapas. El motivo: la autoridad electoral no explicó claramente la forma, tiempo y monto del descuento de las sanciones impuestas por el INE.

En otro caso, el ciudadano Ignacio Silvano Gómez impugnó el nombramiento de Ricardo Eliezer Solórzano como síndico municipal de Ocosingo, argumentando que él tenía mejor derecho por estar en segundo lugar en la lista de regidores suplentes. No obstante, en el juicio TEECH/JDC/027/2025, el Pleno confirmó el decreto del Congreso local al considerar que fue emitido con fundamento en los artículos 115 constitucional y normas locales aplicables.

En el recurso TEECH/RAP/020/2025, el presidente municipal de Comitán, Mario Antonio Guillén, fue ratificado como responsable de incurrir en promoción personalizada y vulnerar principios de imparcialidad durante el proceso electoral. El TEECH confirmó la resolución del IEPC al considerar debidamente acreditadas las pruebas.

Por otro lado, en el recurso TEECH/RAP/023/2025, ciudadanos impugnaron su inclusión en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por violencia política en razón de género. El Tribunal reencauzó el caso a Juicio de la Ciudadanía y ordenó revocar la resolución del IEPC para que realice un nuevo análisis probatorio y, en su caso, determine si se acredita la VPRG.

Finalmente, la exalcaldesa de Reforma, Yesenia Judith Martínez, también buscó revertir una resolución del IEPC por presunta violencia simbólica. Sin embargo, en el recurso TEECH/RAP/024/2025, el Tribunal confirmó la sanción al considerar acreditadas las conductas denunciadas tras un análisis contextual de los hechos.

Con estas resoluciones, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas reafirma su papel como garante del debido proceso y del ejercicio pleno de los derechos político-electorales en la entidad.

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