De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la Ley del IMSS y el Artículo 123 constitucional, las empresas que no aseguren a sus trabajadores podrían ser acreedoras a sanciones severas, subrayó el abogado laboralista Carlos Daniel Conde
Ana Liz Leyte / Aquínoticias
Hasta cinco mil días de salario mínimo podría ser la sanción hacia empresas que incurren en la falta de seguridad social para sus empleados, afirmó el abogado especializado en Derecho Laboral, Carlos Daniel Conde.
Lo anterior representa la cantidad de hasta 616 mil 100 pesos de multa para aquellas empresas que no cumplan con esta obligación.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la Ley del IMSS y el Artículo 123 constitucional, las empresas que no aseguren a sus trabajadores podrían ser acreedoras a sanciones severas, subrayó el abogado laboralista.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo un llamado a los trabajadores y trabajadoras a acudir a su unidad de salud en caso de presentar síntomas de infección respiratoria y, si el médico lo indica, permanecer en casa para su recuperación.
Las medidas preventivas en el trabajo ante el coronavirus deben ser: asegurarse de que los trabajadores tengan vigencia en su sistema de seguridad social, así como acceso directo a los servicios de salud pública o privada para el otorgamiento de su licencia o incapacidad, según sea el caso.