Sin DDHH ni libertad, la niñez de hijos de reclusas

La entidad se encuentra entre las entidades con mayor cantidad de niños de seis años viviendo con sus madres en prisión

Portavoz / Staff

Asociaciones civiles ya habían expresado su preocupación por que infantes de Chiapas contaran con espacios seguros y libres de violencia. Ahora, un informe ha revelado que a los hijos de reclusas no se les permite el goce pleno de sus derechos humanos.
Una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto «Belisario Domínguez» (IBD), del Senado de la República, determinó que el estado se contempla en la lista de aquellos con mayor número de menores de seis años que viven con sus madres en prisión.
Sin especificar la densidad de esta población referida, el estudio encontró que la mayoría se concentra en la Ciudad de México, Veracruz, Guerrero, Tamaulipas, Estado de México y en esta entidad.

Cuántos y dónde

En 2014, el registro que generó el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales determinó que la cifra de infantes en esta condición ascendía a 549.
Un año después, un informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre mujeres internas asentó que no se permite la estancia de menores de edad con sus madres internas en 10 centros ubicados Baja California, Chiapas, Distrito Federal, Jalisco, Nayarit, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.
En el caso específico de la entidad chiapaneca, se trata del Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciados (CERSS) número 5 —en San Cristóbal de Las Casas—, el mismo que obtuvo la calificación reprobatoria de 5.02 en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2015, emitido por la CNDH.
En el reporte «Condiciones de Hijas e Hijos de las Mujeres Privadas de la Libertad en los Centros de Reclusión», ese organismo se dijo alertado de manera particular por las condiciones que dificultan la vida digna y segura de madres y menores que viven en estos centros.
Respecto a Chiapas, aseguró que los espacios son notoriamente insuficientes; que en la mayor parte de las correccionales existen violaciones a los derechos humanos de los menores y que la ineficiencia de infraestructura obstaculiza su acceso a una vida digna y segura.
Consideró que el CERSS «El Amate» es el único en la entidad que cuenta con las condiciones mínimas adecuadas para mujeres y sus infantes, a pesar que se detectó que la insalubre elaboración y distribución de la comida.

Discrepancia en legislación

Para la elaboración del documento «Menores que viven con sus madres en centros penitenciarios: legislación en México», del IBD, se tomaron en cuenta datos oficiales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
La autora, Carla Angélica Gómez Macfarland, doctora en Políticas Públicas, hace un análisis del marco jurídico internacional, nacional y local que existe en la materia y describe las iniciativas presentadas en torno al tema en la 63 Legislatura.
«La legislación local en la materia la constituyen leyes de ejecución de penas de las entidades federativas (algunas aún vigentes) y reglamentos de centros penitenciarios», indica el documento.
De esta comparación, resulta que hay discrepancias en la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) y los reglamentos de centros penitenciarios, respecto a la máxima de edad permitida para estar con madres en prisión.
De acuerdo con la LNEP, vigente desde junio de 2016, la edad máxima permitida para que las niñas y niños estén con sus madres en prisión es de tres años; asimismo, estipula que los reclusorios deben garantizar que los menores cuenten con zonas para esparcimiento, buena alimentación, así como servicios de salud y de educación acorde a su edad.
Sin embargo, según los resultados de esta investigación, los menores que viven en prisión con sus madres no disfrutan plenamente de sus derechos humanos. Además de estar privados de su libertad (al igual que sus madres), son vulnerados en sus derechos más básicos como una sana alimentación, educación formal, esparcimiento y atención a su salud.
El estudio aclara que «existen antecedentes jurisdiccionales que velan por el interés superior del menor y por la separación gradual y paulatina del menor y su madre». Esto, porque si bien se reconoce que el apego con la madre es primordial en los primeros años de vida de un infante, también se concluye que a determinada edad el menor no podrá desarrollarse con plenitud porque no hay condiciones para ello dentro de los centros penitenciarios.
Ante este panorama, diputados de los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Encuentro Social y Movimiento Ciudadano de la 63 Legislatura han presentado siete iniciativas relacionadas con el tema, a fin de reformar determinados artículos de la LNEP con la intención de proteger a los menores que viven con sus madres en prisión y de garantizar el interés superior de la niñez.

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