SNA en Chiapas: Cualquiera que maneje recursos públicos estara bajo «la lupa»

El Congreso del Estado dio a conocer que no sólo se aplicarán los criterios a los servidores públicos sino también contratistas, proveedores y prestadores de servicios que manejen dinero público y que, de incurrir en una falta penal o administrativa, purgarán condenas con años de cárcel y deberán resarcir los daños al erario

Julieth Rodríguez / Portavoz

[dropcap]E[/dropcap]l diputado pevemista Carlos Penagos Vargas anunció la homologación del ámbito estatal con el nacional con respecto al Sistema Nacional de Anticorrupción (SNA), así como las acciones que se emprenden desde la LXVI Legislatura del Congreso del estado para armonizar el contexto político actual en concordancia con los requerimientos que se plantean desde la Federación.
Destacó que mediante un sistema colegiado se trabajará de manera organizada con instituciones como el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del estado; la Secretaría de Contraloría General (antes, de la Función Pública); así como con un consejo de participación ciudadana y un tribunal de justicia administrativa que habrán de conformarse.
Respecto a estos dos últimos entes, el legislador hizo aclaraciones. El consejo estaría conformado por cinco consejeros que serán propuestos (no especificó por quién o quiénes) para luego ser electos por el Congreso local. El tribunal de justicia administrativa será integrado por tres magistrados que determinarán si un servidor público incurrió en falta penal o administrativa, y las acciones para resarcir los daños; aclaró que para la creación de este organismo jurídico no se ampliará la nómina burocrática, sino que se dividirá el tribunal constitucional.
Presentó como «lo nuevo» de la implementación de esta estructura, que ya no sólo los servidores públicos estarán bajo «la lupa», sino también contratistas, proveedores y prestadores de servicios que manejen recursos públicos; quienes, de ser responsables de algún delito, purgarán condenas con años de cárcel y estarán obligados a resarcir los daños al erario. Ahora bien, ¿de qué se trata el Sistema Nacional Anticorrupción que se impulsa desde la Federación?

Ámbito federal

De acuerdo con la página de la Secretaría de la Función Pública, el SNA coordina a actores sociales (ciudadanos, académicos y sector privado) y a autoridades de los distintos órdenes de gobierno, a fin de prevenir, investigar y sancionar la corrupción.
El 27 de mayo de 2015 se publicó la reforma constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción y en el Periodo Extraordinario de la LXII Legislatura, se aprobaron los siete paquetes que conforman la legislación secundaria para prevenir y combatir este delito. El periódico de circulación nacional, Excélsior, los resumió así:
1.- LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN.
Establece las bases de coordinación del SNA, a nivel federal y local, así como las características del Sistema Nacional de Fiscalización y de la Plataforma Digital Nacional.
2. -LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.
Detalla las responsabilidades administrativas y la obligación de los servidores públicos, de presentar declaraciones patrimonial, de conflicto de intereses y fiscal.
Expansión añade que este rubro contempla un catálogo de 12 delitos: tráfico de influencias, enriquecimiento oculto, abuso de funciones, soborno, colusión, uso de información falsa o confidencial, nepotismo, cohecho, peculado, desvío de recursos y obstrucción de la justicia.
3.- LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN.
Su objetivo es fortalecer a la Auditoría Superior de la Federación para el combate de la corrupción.
4.- REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.
Crea al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
5.- REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Crea la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, como órgano autónomo para investigar y perseguir actos de corrupción.
6.- REFORMAS AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
Establece las sanciones que serán acreditables a quienes cometan actos de corrupción: servidores públicos y particulares.
7.- REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Fortalece a la Secretaría de la Función Pública (SFP) para la prevención y combate de la corrupción.

Los comités

La SFP explicó que esta coordinación entre autoridades de diferentes niveles de gobierno en el SNA es para prevenir, investigar y sancionar las faltas administrativas y los hechos de corrupción.
El comité coordinador con el que contará será la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del SNA; además, establecerá una plataforma digital nacional que conectará diversos sistemas electrónicos a efecto de establecer políticas integrales y metodologías de medición; incluso las autoridades competentes tendrán acceso a estos sistemas.
También resalta que el SNA estará encabezado por un ciudadano y cinco más conformarán el Comité de Participación Ciudadana y será a través de este conducto, que la ciudadanía será escuchada, de acuerdo con la SFP.
Por su parte, la revista Expansión en su versión digital añadió que este Comité de Participación Ciudadana —cuyos integrantes ya fueron elegidos por el Senado de entre las propuestas que recibió de universidades y sociedad civil— vigilará, prevendrá y detectará los actos de corrupción y faltas administrativas; incluso «encauzará los esfuerzos de la sociedad civil en el combate a la corrupción».
Respecto al Comité Coordinador, aclara que sus miembros serán los titulares de la ASF, de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, de la SFP, los presidentes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); además habrá un representante del Consejo de la Judicatura Federal, y uno del Comité de Participación Ciudadana, quien ocupará la presidencia, misma que será rotativa cada año.
Habrá también una Secretaría Ejecutiva que apoyará al Comité Coordinador con la administración de la plataforma digital nacional. A este espacio se «subirán» las declaraciones patrimonial y de intereses de las autoridades integrantes del Sistema Nacional, así como de todos aquellos servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas. Se tendrá acceso también a los sistemas Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados; de Información; Nacional de Fiscalización; y de Denuncias Públicas de Faltas Administrativas y Hechos de Corrupción.
La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, establece en su artículo primero, que debido a que se trata de una legislación de orden público, su observancia es general —es decir, deben acatarla cada uno de los actores implicados y sociedad en general— en todo el territorio nacional. Su objetivo es establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México; de ahí que la homologación en los estados sea necesaria.

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