El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió no emitir una opinión sobre la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, argumentando que los puntos planteados no están relacionados con temas electorales
Aquínoticias Staff
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido no emitir una opinión sobre la acción de inconstitucionalidad presentada contra la reforma al Poder Judicial. La solicitud, realizada por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, planteaba 12 puntos de posible inconstitucionalidad que afectan la estructura y el funcionamiento del Poder Judicial.
En un documento de 27 páginas, el TEPJF detalló sus motivos para no opinar sobre los puntos presentados. Según la Sala Superior, los aspectos planteados incluyen posibles violaciones al artículo 105 de la Constitución, irregularidades en el procedimiento legislativo, transgresiones al pacto federal y la independencia judicial. Sin embargo, el tribunal consideró que ninguno de estos asuntos entra en su jurisdicción, ya que no están relacionados directamente con la materia electoral.
El TEPJF señaló que su competencia se limita a emitir opiniones sobre reformas y normas que tengan implicaciones en el ámbito electoral. En este caso, los 12 puntos en cuestión, que incluyen temas como la elección de jueces con identidad protegida (jueces sin rostro), la eliminación de suspensiones en juicios de amparo y violaciones a derechos laborales del personal del Poder Judicial, son ajenos a la competencia especializada del tribunal en asuntos electorales.
La decisión del TEPJF de no opinar sobre la inconstitucionalidad de la reforma judicial fue tomada por mayoría de votos, aunque algunos magistrados expresaron opiniones diferentes. La magistrada Janine Otálora señaló que el tribunal sí debía opinar sobre uno de los puntos planteados, el cual refiere la emisión de leyes en los 90 días previos al inicio del proceso electoral, ya que, según ella, este aspecto sí tiene relevancia electoral. Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón también expresó su desacuerdo, argumentando que algunos de los temas planteados sí podrían tener implicaciones electorales y, por lo tanto, merecían una opinión especializada del TEPJF.
La acción de inconstitucionalidad presentada por los partidos de oposición — PRI, PAN y Movimiento Ciudadano — ante la SCJN, señala que la reforma judicial vulnera diversos principios constitucionales. Algunos de los puntos incluidos en la solicitud de opinión del ministro González Alcántara fueron: violación al artículo 105 de la Constitución, irregularidades en el procedimiento legislativo, transgresiones a la división de poderes y al pacto federal, violación a la independencia judicial, incorporación de jueces sin rostro en materia penal, eliminación de la suspensión como medida cautelar en amparo, y violaciones a derechos laborales y en el manejo del gasto público.
Con información de Político Mx