- 217 candidaturas fueron rechazadas por no comprobar su vinculación comunitaria a una adscripción indígena
Sandra de los Santos / Aquínoticias
El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó en la primera hora de este miércoles 14 de abril la lista de candidatos y candidatas a un puesto de representación popular en este proceso electoral.
De acuerdo a lo señalado por los consejeros electorales durante la sesión, los partidos políticos y coaliciones cumplieron con el requisito relacionado con la separación del empleo, salvo el caso de 10 registros en donde no se entregó evidencia de este cumplimiento, de este total uno corresponde a reelección a diputación local. Debido a esto, esas candidaturas se declararon improcedentes o condicionadas. El partido podrá hacer la sustitución, correspondiente.
En cuanto al cumplimiento del requisito del 3 de 3 contra la violencia de género, que señala que no se podrá postular a candidatos que deban pensión alimenticia, hayan sido sancionados por violencia de género o violencia política por razón de género, no se encontraron a candidatos que tuvieran sentencias definitorias sobre estos delitos. La revisión se hizo mediante el Poder Judicial del Estado.
La consejera María Magdalena Vila Domínguez lamentó que se hayan registrado casos de candidatos que debían pensión alimenticia y solo por este requisito acudieron a pagar lo que debían, algunos, desde hace años. También se dieron casos de quienes tienen denuncia por alguno de estos delitos que marca el 3 de 3, pero como no hay sentencia definitiva no se les pudo negar el registro.
Por primera vez, se consideró la acción afirmativa de autoadscripción de género y se registraron dos candidaturas de mujeres transexuales y una persona que se autoascribió como género no binario.
En cuanto al requisito de las cuotas por juventudes para lo que se refiere a diputaciones de mayoría relativa y de representación proporcional, tanto los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes cumplieron con esta cuota. En el caso de la elección de integrantes de Ayuntamiento solo dos partidos políticos y la coalición Va por Chiapas no cumplió en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, San Cristóbal de las Casas y Yajalón. En estos casos, los institutos políticos podrán subsanar el cumplimiento de los requisitos o cambiar candidatos.
NUMERALIA
- De las 11, 986 candidaturas, 6211 corresponden a mujeres (2 de ellas trans), 5772 hombres y una personas no binarias.
- 3, 174 se autoadscriben indígenas; 1577 son mujeres (49.68%) y 1597 son hombres (50.32); ninguna persona indígena se autoadscribió trans o no binaria.
- De las 1235 personas candidatas a la Presidencia municipal, van 633 mujeres y 602 hombres.
- En número similar son 1220 personas a una sindicatura 612 son mujeres y 608 son hombres.
- En el caso de las diputaciones, al cargo de diputación propietaria son 192 personas, 104 mujeres y 88 hombres.
- 1943 personas dedicadas al hogar: 1924 amas de casa, 19 hombres
- 132 van a la Presidencia Municipal y 1584 Regidoras propietarias y suplentes
- 45 personas con discapacidad, 17 son mujeres, 28 hombres
En lo que refiere a la obligatoriedad de la paridad de género, en el caso de las diputaciones se cumplió con el requisito. En lo que respecta a los Ayuntamientos hubo incumplimiento por parte de la coalición Va por Chiapas, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Fuerza por México.
Donde hubo mayor incumplimiento por parte de los partidos y coaliciones es en lo referente a las cuotas de personas indígenas. El IEPC señaló que 217 candidaturas no mostraron su vinculación comunitaria por lo que no fueron aceptadas y 200 están en proceso de verificación debido a que hubo sustituciones.
Los representantes de los partidos políticos intentaron defender las candidaturas indígenas que presentaron, pero el IEPC –a diferencia del INE- realizó trabajo de campo para constatar si era viable la vinculación comunitaria y/o la autoadscripción indígena comprobatoria.
Los casos que se discutieron en particular fueron los de la candidata de Morena, Fabiola Ricci y la aspirante priísta, María Sandoval Martínez.
Fabiola Ricci se presentó como candidata indígena, pero el IEPC señaló diferentes inconsistencias, por ejemplo, que en la elección pasada se postuló como candidata indígena tseltal y ahora intentaba hacerlo como tsotsil. Su candidatura como indígena no fue aceptada, pero sí procedió su aspiración porque el partido la retiró dentro de su cuota indígena.
El caso de la candidata a diputada local por la formula uno María Sandoval Martínez también presentaba evidentes contradicciones y la candidatura fue retirada por completo.
Los partidos políticos y coaliciones tienen 72 horas, a partir de ser notificados, para cambiar candidaturas o subsanar requisitos en los casos de cuotas indígenas y 48 horas en lo que refiere a paridad de género.