Falta capacitacin para hacer valer Ley en Chiapas sobre orden de apellidos

Desde el 2018, ya es posible en la entidad que el primer apellido de los hijos e hijas sea el de la madre; pero las y los oficiales del Registro Civil siguen ignorando la Ley

Sandra de los Santos / Aquínoticias

Desde el 2018, en Chiapas las y los menores pueden ser registrados con el apellido de inicio de  la madre, lo cual, antes no era posible porque el que se utilizaba primero era el paterno, ahora, es indistinto.

La reforma al artículo 50 establece que será tanto la madre como el padre quienes decidan el orden de los apellidos de sus hijos e hijas. «Tradicionalmente el orden y uso de los apellidos ha denotado una posición de poder y estatus. Así, puede sostenerse que el privilegiar el apellido paterno persigue mantener concepciones y prácticas discriminatorias en contra de la mujer» señala la reforma.

Aunque el cambio a la Ley tiene tres años, las y los oficiales del registro civil en Chiapas siguen ignorando la Ley y piden un documento firmado tanto por el padre como la madre en el que solicitan que sea el apellido materno el que sea asentado en primera instancia en el nombre del menor.

«En mi caso todo se llevó por medio de un juicio porque yo ya había registrado a mi hijo con mis apellidos, pero después del juicio de paternidad se acordó que llevaría el apellido de ambos, pero que el primero sería el mío» comentó Mariana Edelmann Olguín.

La papelería de las actas de nacimiento no contempla la reforma porque en las actas de nacimiento sigue apareciendo en primera posición el apellido paterno y segundo el materno. Esto ha significado también un problema para quienes son hijos e hijas de personas del mismo sexo.

«Lo que deberían de decir las actas es primer apellido y segundo apellido y no como están actualmente» comentó Mariana Edelmann Olguín, quien considera que el cambio es algo simbólico, pero significativo por el trabajo que realizan las mujeres en la crianza.

En el caso de Mariana todo se realizó mediante la orden de una juez debido al juicio de paternidad, pero para quienes registran a sus menores hijos de manera conjunta pueden solicitar que el orden de los apellidos no sea el tradicional sin necesidad de que medie ningún otro tipo de requisito.

 

 

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