Fepade apelara amparos de exconsejeros del IEPC

El fiscal Santiago Nieto considera que la alteración del Registro Federal de Electores no es un delito del fuero común, como sostiene el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas; mientras haya suspensión del acto no se podrá ejercer acción penal en contra de ningún exfuncionario electoral

Portavoz / Agencias

[dropcap]T[/dropcap]ras negarse la orden de aprehensión en contra de los exconsejeros electorales del IEPC indiciados por los delitos de fraude cibernético cometido en las elecciones de 2015 correspondiente al voto de los chiapanecos en el extranjero, el titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade), Santiago Nieto, sostuvo que van a apelar esta decisión del órgano jurisdiccional.
«El argumento es que la alteración del Registro Federal de Electores es un delito del fuero común. No compartimos ese criterio», señaló en entrevista después de participar en el Foro Asimetrías y Estereotipos de Género en los medios de comunicación.
También explicó que algunos de los siete exconsejeros locales del IEPC promovieron juicios de amparo y por tanto están en espera de que se pueda resolver por parte de los órganos jurisdiccionales competentes.
«Soy respetuoso de la decisión del Poder Judicial de la Federación y mientras tengan una suspensión provisional o definitiva no podremos ejercer la acción penal en su contra», refirió.
Desde hace varios días la Fepade consignó (solicitó a un juez girar órdenes de aprehensión) a los consejeros electorales de Chiapas y empresarios de la empresa DSI «por usurpación de identidad y fraude electoral cibernético» durante los comicios del 19 de julio de 2015.
Esto, porque el Ministerio Público Federal confirmó que un número no especificado de ciudadanos fue excluido ilegalmente del listado nominal porque supuestamente solicitaron votar en el extranjero, sin que hubieran realizado tal petición.
Ayer dimos a conocer en este medio que el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa, había resuelto no liberar las órdenes de aprehensión solicitadas por la Fepade, y, por el contrario, el juez se había declarado incompetente y en vísperas de turnar el caso al fuero común, donde ya fue juzgado.

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