Ley Olimpia, una batalla ganada en la guerra contra la violencia hacia las mujeres

Este 02 de junio entra en vigor en el país la reforma que castiga con hasta seis años de cárcel la llamada violencia digital. Te explicamos de qué va, basado en lo publicado en el Diario Oficial de la Federación

Lucero Natarén / Aquínoticias

La Ley Olimpia entrará en vigor este 2 de junio para todo el país, tras su reciente publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Este nuevo estatuto castiga a quienes ejerzan violencia digital, con hasta seis años de cárcel y una multa en Unidades de Medida y Actualización (UMA). A continuación, te explicamos en qué consiste.

La Ley Olimpia ha sido un parteaguas para que quienes han sido víctimas de actos de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada, así como la difusión de contenido sexual (fotos, videos, audios), sin el consentimiento, paguen por haber ejercido violencia digital.

Se debe entender como violencia digital, tal como lo define el DOF, como las acciones dolosas realizadas mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación con las que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización, y que le cause a la persona daño psicológico, emocional, en su vida privada o imagen.

De tratarse de este tipo de violencia, un juez podrá ordenar las medidas de protección para la víctima y «se podrá pedir la eliminación de cualquier tipo de imagen, audio o video relacionado con la investigación».

Quien sea considerado o considerada culpable por este delito podría ser castigado con una pena de entre tres y seis años de prisión, además de tener que pagar una multa de entre 500 y mil UMA.

Es importante saber que la Ley Olimpia no es en sí una ley, sino una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal para que se les diera el tratamiento de delito a los ataques a la intimidad sexual vía medios digitales y al ciberacoso.

Fue impulsada por Olimpia Coral Melo, quien a los 18 años se enteró que se difundía en redes sociales un video íntimo filtrado por su expareja. Cuando intentó denunciar en un Ministerio Público de Huauchinango, Puebla, la respuesta que recibió es que no se trataba de un delito.

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