Con 33 votos a favor se abrogó el estatuto que rigió a la institución por casi 31 años. La universidad se encargará de establecer una normativa interna, además de buscar el progreso en el que se afronten los conflictos financieros y se elija al rector con un nivel educativo preferente de maestría o doctorado
Lucero Natarén / Aquínoticias
La Universidad Autónoma de Chiapas (Unach) ha roto con la Ley Orgánica de la institución que por casi 31 años la ha regido y que se encontraba obsoleta obstruyendo su progreso. Con un total de 33 votos a favor y uno en contra, este miércoles, el Congreso del Estado de Chiapas abrogó la Ley Orgánica de dicha universidad, la cual fue publicada mediante Decreto número 08°, de fecha 16 de agosto de 1989.
La intención general de esta nueva Ley remitida por el Gobernador Rutilio Escandón Cadenas al Congreso del Estado, son para «establecer los principios esenciales de organización de la universidad, para que subsecuentemente y en respeto a su autonomía, elabore su normativa interna», en donde se pretende establecer la creación de un «servicio civil de carrera para los empleados de la universidad».
Además, de acuerdo con el también rector de la universidad, Carlos F. Natarén Nandayapa, con este proyecto se incorpora la posibilidad de crear empresas para captar recursos que le permitan afrontar conflictos financieros, tomando en cuenta que universidades del país, -como la de Nuevo León-, están implementando estas acciones en pro de sus instituciones.
Según el Capítulo III, Artículo 5, atribución XII, la universidad «tendrá la facultad de crear personas jurídicas colectivas, entre otras de carácter civil, mercantil o de otra naturaleza para incrementar sus recursos, así como ampliar y diversificar sus fuentes de financiamiento». Incluso, podrá ampliar su patrimonio mediante donaciones o enajenaciones, en las que se mantendrán bajo la legislación aplicable.
Adicionado a ello, en la Ley Orgánica, se fortalecerán los derechos humanos mediante la anexión de una Defensoría de los Derechos Universitarios, la cual estará a cargo de la promoción y defensa de estos, al mismo tiempo se incorporará la figura de un «Tribunal Universitario, ante quien se diriman los conflictos de la comunidad universitaria en una instancia colegiada».
Según el rector, «esto traerá consigo un giro positivo», ya que las plazas de académicos e investigadores se establecerán presentado exámenes de oposición, erradicando las practicas discrecionales que han traído consigo una serie de agravios de manera permanente para la comunidad universitaria, en el oficio turnado indica que se pondrá en primer instancia el respeto a la paridad de género en los espacios académicos y administrativos.
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Dentro de los cambios más destacados se encuentra que el rector será elegido por mérito y el requisito será tener por lo menos cinco años de antigüedad laborando en la universidad. Preferentemente debe poseer grado de maestría o doctorado otorgado por instituciones de nivel superior que tenga reconocimiento ante el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
De acuerdo con el Artículo 20, la persona titular de la Rectoría logrará, con aprobación del Comité Permanente de Finanzas, «modificar, crear o extinguir las Secretarías de la Administración Central de la Universidad cuando sea necesario para la ejecución del Plan de Desarrollo Institucional».
Con estas nuevas adhesiones a la Ley, la universidad en su autonomía logrará: «determinar los planes y programas de estudio y los requisitos para la admisión de los estudiantes (…), y decidirá la permanencia de su personal académico; y, administrar su patrimonio».