Liberan a Roxana, mujer indigena acusada de matar a su agresor

Roxana, acusada de homicidio simple por actuar en legítima defensa,  podrá continuar su proceso judicial en libertad

Citlalli López Velásquez / Cimac Noticias 

Ciudad de México.- Al grito de «Roxana eres valiente, no una delincuente» y luego de 9 meses en prisión preventiva, Roxana, acusada de homicidio simple por actuar en legítima defensa, fue liberada del Penal de Neza-Bordo y ahora podrá continuar su proceso judicial en libertad.

La madrugada de este 16 de febrero, Roxana, indígena acusada de matar a su agresor, fue liberada del Penal de Neza-Bordo, donde se encontraba recluida desde el 8 de mayo de 2021 luego de que asesinara a un hombre que la agredió sexualmente.

La decisión de liberarla sucedió el martes 15 de febrero, luego de que se llevara a cabo una audiencia para discutir la medida cautelar de prisión preventiva que se impuso a Roxana de manera oficiosa. La abogada Abigail Escalante e integrante de la integrante de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C., explicó en entrevista con Cimacnoticias que se usaron los criterios más recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto de la duración de la prisión preventiva oficiosa, derivados del amparo en revisión 315/2021.

Este amparo establece, entre otras cosas, que al estudiar la prisión preventiva en el sistema penal acusatorio, las autoridades deberán tomar en cuenta los estándares internacionales, los cuales señalan que la libertad de la persona acusada es la regla y que la prisión preventiva es la excepción. También deberán considerar que esta medida cautelar restringe profundamente el derecho a la libertad personal de las personas, por lo tanto, ésta tiene que ser dictada con base en los principios de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad.

La salida de Roxana del penal, sin embargo, no significa la absolución de los delitos de homicidio simple, con atenuante de exceso de legítima defensa, y contra el respeto a los muertos y violación a las leyes de inhumaciones y exhumación establecidos en el Código Penal del Estado de México, por la supuesta manipulación del cuerpo.

Cronología de los hechos

  • 1.- La Fiscalía General de Justicia del Estado de México detuvo a Roxana el 8 de mayo del 2021 su domicilio en el municipio de Nezahualcóyotl.
  • 2. Ella informó inmediatamente y, sin hablar antes con ningún defensor, que había sido víctima de una agresión sexual por parte de la presunta víctima. Esta declaración no formó parte de la hipótesis del caso en la defensa de la joven.
  • 3. La Fiscalía asignó a Roxana una defensoría de oficio que dejó vencer los plazos para la presentación de pruebas a favor de la joven y no consideró la declaración que ella hizo al momento de ser detenida.
  • 4. El 13 de mayo Roxana del 2021 fue vinculada a proceso por dos delitos: homicidio simple y delitos contra el respeto a los muertos y violación a las leyes de inhumaciones y exhumación establecidos en el Código Penal del Estado de México.
  • 5. Los juzgados de Neza Bordo iniciaron un proceso penal en su contra para después sentenciarla, pero no contaron con peritos traductores ni juzgaron con perspectiva de género.
  • 6.  En agosto de 2021, los juzgados ordenaron reiniciar el proceso de investigación contra Roxana R.S, brindarle un traductor de lengua indígena y realizarle un peritaje psicológico y psicosocial con perspectiva de género.
  • 7. El 30 de noviembre de 2021 la Fiscalía del Edomex no desistió de su teoría del caso y acusó formalmente a Roxana por el delito de homicidio simple, con el atenuante de exceso de legítima defensa.
  • 8. Al llegar a la etapa de admisión y exclusión de medidas de prueba, el 31 de enero de 2022, el juzgado omitió notificar a un perito traductor, por lo que el 2 de febrero de 2022 declaró nulo el debate de las pruebas que ya había conseguido avances.
  • 9. Actualmente el proceso legal por homicidio simple sigue en la etapa de deshago de pruebas. En el caso de los delitos contra el respeto a los muertos y violación a las leyes de inhumaciones y exhumación establecidos en el Código Penal del Estado de México, el proceso judicial también continúa. Desde el 31 de diciembre del 2021, la defensa legal de Roxana solicitó la suspensión condicional del proceso por este segundo delito, lo que permitía que la sanción contra la joven consistiera en medidas distintas a la prisión, como un tratamiento, firmar y presentarse periódicamente ante las autoridades, entre otras; al final de esta suspensión, si Roxana cumplía con las medidas, se determinaba una sentencia absolutoria.
  • 10. En una audiencia celebrada este 15 de febrero, la defensa legal de Roxana consiguió que los juzgados de Neza-Bordo le permitieran llevar ambos procesos en libertad.

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