Poder Judicial debe garantizar interes superior de la infancia en temas de guarda y custodia

En juicios familiares por la patria potestad de las y los hijos, el Poder Judicial debe garantizar el interés superior de la niñez y considerar si existen antecedentes de violencia familiar, coinciden especialistas

Angélica Jocelyn Soto Espinosa / Cimac Noticias 

Ciudad de México.- En juicios familiares por la patria potestad de las y los hijos, el Poder Judicial debe garantizar el interés superior de la niñez y considerar si existen antecedentes de violencia familiar, coinciden especialistas en derechos de infancia y de las mujeres.

Cimacnoticias dio a conocer este 13 de septiembre que, por omisiones del sistema de justicia del Estado de México y la Ciudad de México, la patria potestad de dos hermanos, una niña y un niño, sería otorgada a un hombre acusado de violencia familiar y de la sustracción ilegal de ambos menores de edad.

Lee la historia completa aquí: Por omisiones del sistema de justicia del Edomex y CDMX, patria potestad de 2 menores de edad es otorgada a agresor

La madre de la y el niño, a quien llamamos «Mariana» por motivos de seguridad, actualmente busca revertir la sentencia que emitió el Juzgado Octavo de Proceso Oral Familiar, a cargo de la jueza interina Laura Mejía Sosa, el pasado 2 de julio, quien sin considerar la denuncia de violencia familiar de 2014 y la de sustracción ilegal de menores en 2017 que pesa sobre Marco Antonio O. A (padre de los niños), le otorgó la patria potestad sobre los menores de edad.

La jueza basó su decisión en una supuesta omisión de cuidados por parte de Mariana, contra quien no existe ni denuncia ni pruebas de que cometiera ese delito; y en una denuncia por la presunta violación sexual que vivió la niña a manos del hermano de Mariana.

Esta denuncia por violación se investiga desde hace 3 años sin que haya derivado aún en ninguna sentencia porque la Fiscalía del Edomex ha «perdido» pruebas, los testimonios de la niña son inconsistentes y existe sospecha de que Marco Antonio cometió violencia psicológica contra sus hijos para que mintieran sobre los hechos.

Las y los niños deben ser escuchados

Consultado al respecto del caso de «Mariana», el coordinador de Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, Juan Martín Pérez García, explicó en entrevista que este caso es paradigmático de cómo impera la perspectiva patriarcal y adultocentrista en casos de patria y potestad de niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con el experto en infancias, es común que en los conflictos parentales las y los niños dejen de ser percibidos como sujetos de derechos y sean vistos como objetos de la disputa, por lo que en medio de los procesos judiciales suele ocurrir violencia psicológica contra las y los niños por parte de alguno de los padres, o violencia vicaria, que se refiere a aquella violencia que, de manera más generalizada, ejerce un hombre sobre los hijos para dañar a sus parejas mujeres.

En estos casos, dijo, es responsabilidad de las autoridades desarrollar todos los mecanismos para que estos procesos no representen una afectación a la dignidad de la infancia y en su vida futura; no obstante, el sistema de justicia en México sólo se enfoca en determinar quién gana los derechos sobre los hijos.

Estos casos se deciden de acuerdo a la decisión de la o el juzgador sobre quién ofreció mayor pruebas, mejor argumento o mayor influencia en las y los tomadores de decisiones, y mucho depende de las y los abogados que tenga la mamá o el papá, pero sin importar si hay verdad o justicia, afirmó Pérez García.

Por ejemplo, aseguró, en México existe un abuso de la utilización de denuncias de violencia sexual como recurso judicial en estos procesos legales de patria potestad. Esto no quiere decir, aclaró, que todas las denuncias de violencia sexual que se incluyen en los procesos judiciales sean falsos, sin embargo sí se ha observado un uso excesivo de este recurso con el fin de anular la patria potestad de alguno de los padres.

En el caso de Mariana, esta denuncia penal ha sido decisiva para la decisión de la jueza; sin embargo, se anuló por completo la existencia de la denuncia por sustracción de menores que se interpuso en 2017.

De acuerdo con Juan Martín Pérez García, esta denuncia contra Marco Antonio ameritaba su detención mientras se investigaban los hechos, sin embargo, en su experiencia, es común que estas denuncias no sean perseguidas por las Fiscalías ante la saturación de trabajo y, principalmente, porque las y los funcionarios suelen desdeñar estos casos como «chismes de familia».

Con respecto a las inconsistencias en las pruebas que se han presentado para acusar al hermano de «Mariana» de violencia sexual y las declaraciones de las y los niños que levantan sospecha sobre una posible manipulación por parte de Marco Antonio, el también ex director de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) aseguró que el poder judicial tiene la obligación de hacer los peritajes necesarios para determinar su fueron inducidos en sus declaraciones.

Pérez García detalló que si bien existe desde hace siete años un protocolo que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre cómo deben ser acompañados las y los niños en procesos judiciales, lamentablemente éste no es obligatorio y funciona sólo si las y los abogados lo exigen, ya que al derivar en mecanismos y procesos que representa más trabajo administrativo del Poder Judicial, las y los operadores lo evitan.

Mientras sucede este proceso, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) tiene la obligación de verificar la condición de las y los niños. No obstante, al ser un proceso judicializado, es posible que esta institución no lo priorice.

De acuerdo con el experto, durante esta pandemia hubo un incremento de 200 por ciento de divorcios y separaciones, lo que redujo la capacidad de los poderes judiciales y los procesos legales de guarda y custodia o patria potestad se están resolviendo con lentitud.

Violencia contra las mujeres impacta a la infancia 

Por otro lado, la abogada y defensora de los derechos de las mujeres, Patria Olamendi Torres, explicó que sí existen denuncias previas por violencia contra la madre por parte del padre, éstas deben tomarse como referentes en la decisión del juez o jueza.

Es importante que la defensa legal de las mujeres, en estos casos, documenten ante el juez o la jueza las denuncias previas por los hechos de violencia en su contra.

Una vez hecho esto, estos antecedentes de violencia son determinantes para la decisión de guarda y custodia o patria potestad, ya que en caso de fallar a favor del padre se estaría beneficiando a un violentador, como se hizo en el caso de Mariana.

La abogada explicó que el código civil de la Ciudad de México existe un mecanismo que se llama controversia del orden familiar, en la que, a través de suplementos de la queja, el juzgador tiene que vigilar que se protejan los derechos de las mujeres, las niñas y los niños. Este procedimiento define guardia y custodia.

Olamendi Torres precisó que los juicios de guarda y custodia o patria potestad son regularmente consecuencia de la violencia.

«La gente dice regularmente: «le pegó a ella pero no a los niños o a la niña». No, los niños viven la violencia en el hogar de igual forma que la vive la mujer porque aunque ellos no sufran físicamente un golpe, toda esa violencia psicológica, ese terror, esa amenaza la están viviendo de manera cotidiana», explicó.

Olamendi reflexionó que si una mujer fue víctima de violencia, los niños también podrían serlo y eso debe ser considerado por un juez o jueza que defina patria potestad, lo que omitió la jueza en el caso de Mariana.

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